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Document 22024D0068

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 55/2021, de 5 de febrero de 2021, por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2024/68]

DO L, 2024/68, 11.1.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/68/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/68/oj

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/68

11.1.2024

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 55/2021

de 5 de febrero de 2021

por la que se modifica el anexo IX (Servicios financieros) del Acuerdo EEE [2024/68]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento Delegado (UE) 2015/2303 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa la Directiva 2002/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo a través de normas técnicas de regulación en las que se especifican las definiciones de las concentraciones de riesgos y las operaciones intragrupo y se coordina su supervisión adicional (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

Procede, por tanto, modificar el anexo IX del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 31eaa [Reglamento Delegado (UE) n.o 342/2014 de la Comisión] del anexo IX del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:

«31eab.

32015 R 2303: Reglamento Delegado (UE) 2015/2303 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa la Directiva 2002/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo a través de normas técnicas de regulación en las que se especifican las definiciones de las concentraciones de riesgos y las operaciones intragrupo y se coordina su supervisión adicional (DO L 326 de 11.12.2015, p. 34).».

Artículo 2

El texto del Reglamento Delegado (UE) 2015/2303 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 6 de febrero de 2021, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de febrero de 2021.

Por el Comité Mixto del EEE,

La Presidenta

Clara GANSLANDT


(1)   DO L 326 de 11.12.2015, p. 34.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/68/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


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