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Document 22020D0309

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 291/2019, de 13 de diciembre de 2019, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2020/309]

DO L 68 de 5.3.2020, p. 28–28 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/309/oj

5.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 68/28


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N.o 291/2019

de 13 de diciembre de 2019

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2020/309]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) 2019/1338 de la Comisión, de 8 de agosto de 2019, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 10/2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos (1).

(2)

La presente Decisión se refiere a legislación relativa a productos alimenticios. Dicha legislación no se aplica a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas sea extensivo a dicho país, tal y como recoge la introducción del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

(3)

Procede, por tanto, modificar el anexo II del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 55 [Reglamento (UE) n.o 10/2011 de la Comisión] del capítulo XII del anexo II del Acuerdo EEE, se añade el siguiente guion:

«—

32019 R 1338: Reglamento (UE) 2019/1338 de la Comisión, de 8 de agosto de 2019 (DO L 209 de 9.8.2019, p. 5).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (UE) 2019/1338 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 14 de diciembre de 2019, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE. (*1)

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2019.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Gunnar PÁLSSON


(1)  DO L 209 de 9.8.2019, p. 5.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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