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Document 22015D2150
Decision of the EEA Joint Committee No 283/2014 of 12 December 2014 amending Annex XII (Free movement of capital) to the EEA Agreement [2015/2150]
Decisión del Comité Mixto del EEE no 283/2014 de 12 de diciembre de 2014 por la que se modifica el anexo XII (Libre circulación de capitales) del Acuerdo EEE [2015/2150]
Decisión del Comité Mixto del EEE no 283/2014 de 12 de diciembre de 2014 por la que se modifica el anexo XII (Libre circulación de capitales) del Acuerdo EEE [2015/2150]
DO L 311 de 26.11.2015, p. 36–36
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
26.11.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 311/36 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
No 283/2014
de 12 de diciembre de 2014
por la que se modifica el anexo XII (Libre circulación de capitales) del Acuerdo EEE [2015/2150]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento (UE) no 248/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, que modifica el Reglamento (UE) no 260/2012 por lo que respecta a la migración a transferencias y adeudos domiciliados comunes a toda la Unión (1),. |
(2) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XII del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 3a [Reglamento (UE) no 260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XII del Acuerdo EEE, se añade el texto siguiente:
«, modificado por:
— |
32014 R 0248: Reglamento (UE) no 248/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014 (DO L 84 de 20.3.2014, p. 1).». |
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) no 248/2014 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 13 de diciembre de 2014, siempre que se hayan transmitidotodas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (2).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 2014.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Kurt JÄGER
(1) DO L 84 de 20.3.2014, p. 1.
(2) Se han indicado preceptos constitucionales.