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Dokuments 22015D2146

Decisión del Comité Mixto del EEE no 279/2014 de 12 de diciembre de 2014 por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2015/2146]

DO L 311 de 26.11.2015., 32./32. lpp. (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Dokumenta juridiskais statuss Spēkā

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/2146/oj

26.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 311/32


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 279/2014

de 12 de diciembre de 2014

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2015/2146]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva 2009/127/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se modifica la Directiva 2006/42/CE en lo que respecta a las máquinas para la aplicación de plaguicidas (1).

(2)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 1c (Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del capítulo XXIV del anexo II del Acuerdo EEE se añade el texto siguiente:

«, modificado por:

32009 L 0127: Directiva 2009/127/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009 (DO L 310 de 25.11.2009, p. 29).».

Artículo 2

Los textos de la Directiva 2009/127/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 13 de diciembre de 2014, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (2), o en la fecha de entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE no 203/2014, de 30 de septiembre de 2014 (3), o en la fecha de entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE no 208/2014, de 30 de diciembre de 2014 (4), si esta fuera posterior.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 2014.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER


(1)  DO L 310 de 25.11.2009, p. 29.

(2)  No se han indicado preceptos constitucionales.

(3)  DO L 202 de 30.7.2015, p. 57.

(4)  DO L 202 de 30.7.2015, p. 96.


Augša