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Document 22014D0155

Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 155/2014, de 9 de julio de 2014 , por la que se modifica el anexo XXII (Derecho de sociedades) del Acuerdo EEE [2015/90]

DO L 15 de 22.1.2015, p. 81–82 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/90/oj

22.1.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 15/81


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 155/2014

de 9 de julio de 2014

por la que se modifica el anexo XXII (Derecho de sociedades) del Acuerdo EEE [2015/90]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2013/288/UE de la Comisión, de 13 de junio de 2013, por la que se modifica la Decisión 2011/30/UE sobre la equivalencia de los sistemas de supervisión pública, control de calidad, investigación y sanciones que aplican algunos terceros países a los auditores y sociedades de auditoría y sobre un período transitorio autorizado para las actividades de auditoría en la Unión Europea de los auditores y sociedades de auditoría de ciertos terceros países (1).

(2)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XXII del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 10fd (Decisión 2011/30/UE de la Comisión) del anexo XXII del Acuerdo EEE, se añade el siguiente punto:

«, modificado por:

32013 D 0288: Decisión de Ejecución 2013/288/UE de la Comisión, de 13 de junio de 2013 (DO L 163 de 15.6.2013, p. 26).»

Artículo 2

Los textos de la Decisión de Ejecución 2013/288/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 10 de julio de 2014, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (2).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2014.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER


(1)  DO L 163 de 15.6.2013, p. 26.

(2)  No se han indicado preceptos constitucionales.


Declaración de los Estados de la AELC a la Decisión no 155/2014 del Comité Mixto del EEE, de 9 de julio de 2014, que incorpora la Decisión de Ejecución 2013/288/UE de la Comisión al Acuerdo EEE

«La Decisión de Ejecución 2013/288/UE de la Comisión, de 13 de junio de 2013, se refiere a la equivalencia de terceros países. La incorporación de esta Decisión deberá entenderse sin perjuicio del ámbito de aplicación del Acuerdo EEE.»


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