This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 22013D0666
2013/666/EU: Decision No 4/2013 of the ACP-EU Committee of Ambassadors of 7 November 2013 appointing members to the Executive Board of the Technical Centre for Agriculture and Rural Cooperation (CTA)
2013/666/UE: Decisión n ° 4/2013 del Comité de Embajadores ACP-UE, de 7 de noviembre de 2013 , por la que se nombra a los miembros del consejo de administración del Centro técnico para la cooperación agrícola y rural (CTA)
2013/666/UE: Decisión n ° 4/2013 del Comité de Embajadores ACP-UE, de 7 de noviembre de 2013 , por la que se nombra a los miembros del consejo de administración del Centro técnico para la cooperación agrícola y rural (CTA)
DO L 309 de 19.11.2013, p. 49–49
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
DO L 309 de 19.11.2013, p. 37–37
(HR)
No longer in force
19.11.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 309/49 |
DECISIÓN No 4/2013 DEL COMITÉ DE EMBAJADORES ACP-UE
de 7 de noviembre de 2013
por la que se nombra a los miembros del consejo de administración del Centro técnico para la cooperación agrícola y rural (CTA)
(2013/666/UE)
EL COMITÉ DE EMBAJADORES ACP-CE,
Visto el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 (1), modificado por primera vez en Luxemburgo el 25 de junio de 2005 (2) y por segunda vez en Uagadugú el 22 de junio de 2010 (3), y, en particular, el artículo 3, apartado 5, de su anexo III,
Vista la Decisión no 4/2006 del Comité de Embajadores ACP-CE, de 27 de septiembre de 2006, sobre los estatutos y el reglamento interno del Centro técnico para la cooperación agrícola y rural (CTA) (4), y, en particular, su artículo 4, apartado 3,
Considerando lo que sigue:
(1) |
El mandato de los miembros del consejo de administración del Centro técnico para la cooperación agrícola y rural (CTA), prorrogado por la Decisión no 2/2013 del Comité de Embajadores ACP-CE (5), expiró el 21 de agosto de 2013. |
(2) |
Por consiguiente, es necesario nombrar a nuevos miembros. |
DECIDE:
Artículo 1
Sin perjuicio de las decisiones ulteriores que el Consejo debiera tener que adoptar en el ejercicio de sus prerrogativas, se nombra miembro del Consejo de Administración del Centro técnico para la cooperación agrícola y rural (CTA) a:
— |
Sr. Eric TOLLENS, |
por un período de dos años que expirará el 6 de noviembre de 2015, y a
— |
Sr. Baba Y. ABUBAKAR |
— |
Sr. Augusto Manuel CORREIA |
— |
Sra. Helena JOHANSSON |
— |
Sr. Faustin R. KAMUZORA |
— |
Sr. Clement K. SANKAT, |
por un período de cinco años que expirará el 6 de noviembre de 2018.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 7 de noviembre de 2013.
Por el Comité de Embajadores ACP-UE
El Presidente
R. KAROBLIS
(1) DO L 317 de 15.12.2000, p. 3.
(2) Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 (DO L 209 de 11.8.2005, p. 27).
(3) Acuerdo por el que se modifica por segunda vez el Acuerdo de asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 y modificado por primera vez en Luxemburgo el 25 de junio de 2005 (DO L 287 de 4.11.2010, p. 3).
(4) DO L 350 de 12.12.2006, p. 10.
(5) DO L 163 de 15.6.2013, p. 30.