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Document 22013D0232

Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 232/2013, de 13 de diciembre de 2013 , por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

DO L 154 de 22.5.2014, p. 34–35 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2013/232(2)/oj

22.5.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 154/34


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 232/2013

de 13 de diciembre de 2013

por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) no 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, y por el que se modifican el Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2011 y los Reglamentos (CE) no 1265/2007, (CE) no 1794/2006, (CE) no 730/2006, (CE) no 1033/2006 y (UE) no 255/2010 (1).

(2)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XIII del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo XIII del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:

1)

Después del punto 66wj [Reglamento de Ejecución (UE) no 1206/2011 de la Comisión], se inserta el siguiente punto:

«66wk.

32012 R 0923: Reglamento de Ejecución (UE) no 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, y por el que se modifican el Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2011 y los Reglamentos (CE) no 1265/2007, (CE) no 1794/2006, (CE) no 730/2006, (CE) no 1033/2006 y (UE) no 255/2010 (DO L 281 de 13.10.2012, p. 1).».

2)

En los puntos 66wa [Reglamento (CE) no 730/2006 de la Comisión], 66we [Reglamento (CE) no 1265/2007 de la Comisión], 66wi [Reglamento (UE) no 255/2010 de la Comisión] y 66xc [Reglamento de Ejecución (UE) no 1035/2011 de la Comisión], se añade el siguiente texto:

«, modificado por:

32012 R 0923: Reglamento de Ejecución (UE) no 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012 (DO L 281 de 13.10.2012, p. 1).».

3)

En los puntos 66wc [Reglamento (CE) no 1033/2006 de la Comisión] y 66wd [Reglamento (CE) no 1794/2006 de la Comisión], se añade el siguiente guion:

«—

32012 R 0923: Reglamento de Ejecución (UE) no 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012 (DO L 281 de 13.10.2012, p. 1).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento de Ejecución (UE) no 923/2012 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 14 de diciembre de 2013, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (2), o en la fecha de entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE no 228/2013, de 13 de diciembre de 2013 (3), o en la fecha de entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE no 231/2013, de 13 de diciembre de 2013 (4), o en la fecha de la entrada en vigor de la Decisión del Comité Mixto del EEE no 163/2011, de 19 de diciembre de 2011 (5), si alguna de estas fuese posterior.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2013.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Thórir IBSEN


(1)  DO L 281 de 13.10.2012, p. 1.

(2)  No se han indicado preceptos constitucionales.

(3)  Véase la página 25 del presente Diario Oficial.

(4)  Véase la página 32 del presente Diario Oficial.

(5)  DO L 76 de 15.3.2012, p. 51.


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