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Document 22012D0117
Decision of the EEA Joint Committee No 117/2012 of 15 June 2012 amending Annex XX (Environment) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 117/2012, de 15 de junio de 2012 , por la que se modifica el anexo XX (Medio Ambiente) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 117/2012, de 15 de junio de 2012 , por la que se modifica el anexo XX (Medio Ambiente) del Acuerdo EEE
DO L 270 de 4.10.2012, p. 40–40
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
4.10.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 270/40 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
No 117/2012
de 15 de junio de 2012
por la que se modifica el anexo XX (Medio Ambiente) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 97/2012, de 30 de abril de 2012 (1). |
(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2009/770/CE de la Comisión, de 13 de octubre de 2009, que establece los modelos normalizados para la presentación de los resultados del seguimiento de la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente, como productos o componentes de productos, para su comercialización, de conformidad con la Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo XX del Acuerdo, después del punto 25j (Decisión 2004/204/CE de la Comisión), se inserta el siguiente punto:
«25k. |
32009 D 0770: Decisión 2009/770/CE de la Comisión, de 13 de octubre de 2009, que establece los modelos normalizados para la presentación de los resultados del seguimiento de la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente, como productos o componentes de productos, para su comercialización, de conformidad con la Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 275 de 21.10.2009, p. 9).». |
Artículo 2
Los textos de la Decisión 2009/770/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 16 de junio de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 15 de junio de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
(1) DO L 248 de 13.9.2012, p. 35.
(2) DO L 275 de 21.10.2009, p. 9.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.