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Document 22012D0026
Decision of the EEA Joint Committee No 26/2012 of 10 February 2012 amending Annex XIII (Transport) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 26/2012, de 10 de febrero de 2012 , por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 26/2012, de 10 de febrero de 2012 , por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE
DO L 161 de 21.6.2012, p. 32–32
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
|
21.6.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 161/32 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N o 26/2012
de 10 de febrero de 2012
por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 165/2011, de 19 de diciembre de 2011 (1). |
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(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) no 334/2011 de la Comisión, de 7 de abril de 2011, que modifica el Reglamento (UE) no 185/2010, por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea (2). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 66he [Reglamento (UE) no 185/2010 de la Comisión] del anexo XIII del Acuerdo, se añade el siguiente guion:
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«— |
32011 R 0334: Reglamento (UE) no 334/2011 de la Comisión, de 7 de abril de 2011 (DO L 94 de 8.4.2011, p. 12).». |
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) no 334/2011 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de febrero de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (*1) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de febrero de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
(1) DO L 76 de 15.3.2012, p. 57.
(2) DO L 94 de 8.4.2011, p. 12.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.