EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22011D0116

Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 116/2011, de 21 de octubre de 2011 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

DO L 341 de 22.12.2011, p. 80–80 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/116(2)/oj

22.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 341/80


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 116/2011

de 21 de octubre de 2011

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 96/2011, de 30 de septiembre de 2011 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) no 143/2011 de la Comisión, de 17 de febrero de 2011, por el que se modifica el anexo XIV del Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) (2), rectificado en el DO L 49 de 24.2.2011, p. 52.

(3)

Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) no 207/2011 de la Comisión, de 2 de marzo de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) en lo que respecta a su anexo XVII (derivado pentabromado del éter de difenilo y PFOS) (3).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo II, en el capítulo XV, en el punto 12zc del Acuerdo [Reglamento (CE) no 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añaden los siguientes guiones:

«—

32011 R 0143: Reglamento (UE) no 143/2011 de la Comisión, de 17 de febrero de 2011 (DO L 44 de 18.2.2011, p. 2), rectificado en el DO L 49 de 24.2.2011, p. 52.

32011 R 0207: Reglamento (UE) no 207/2011 de la Comisión de 2 de marzo de 2011 (DO L 58 de 3.3.2011, p. 27).».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (UE) no 143/2011, rectificado en el DO L 49 de 24.2.2011,p. 52 y (UE) no 207/2011 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2011, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (4).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 21 de octubre de 2011.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER


(1)  DO L 318 de 1.12.2011, p. 34.

(2)  DO L 44 de 18.2.2011, p. 2.

(3)  DO L 58 de 3.3.2011, p. 27.

(4)  No se han indicado preceptos constitucionales.


Top