Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22011D0079

    Decisión del Comité Mixto del EEE n o  79/2011, de 1 de julio de 2011 , por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE

    DO L 262 de 6.10.2011, p. 50–50 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2011/79/oj

    6.10.2011   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 262/50


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    No 79/2011

    de 1 de julio de 2011

    por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo XI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 107/2009, de 22 de octubre de 2009 (1).

    (2)

    Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2010/87/UE de la Comisión, de 5 de febrero de 2010, relativa a las cláusulas contractuales tipo para la transferencia de datos personales a los encargados del tratamiento establecidos en terceros países, de conformidad con la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

    (3)

    La Decisión 2010/87/UE deroga la Decisión 2002/16/CE de la Comisión (3), incorporada al Acuerdo, y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    El texto del punto 5ef (Decisión 2002/16/CE de la Comisión) del anexo XI del Acuerdo se sustituye por el texto siguiente:

    «32010 D 0087: Decisión 2010/87/UE de la Comisión, de 5 de febrero de 2010, relativa a las cláusulas contractuales tipo para la transferencia de datos personales a los encargados del tratamiento establecidos en terceros países, de conformidad con la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 39 de 12.2.2010, p. 5).».

    Artículo 2

    Los textos de la Decisión 2010/87/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 2 de julio de 2011, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (4) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 2011.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente

    Kurt JÄGER


    (1)  DO L 334 de 17.12.2009, p. 4.

    (2)  DO L 39 de 12.2.2010, p. 5.

    (3)  DO L 6 de 10.1.2002, p. 52.

    (4)  No se han indicado preceptos constitucionales.


    Top