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Document 22010D0015

Decisión del Comité Mixto del EEE n o  15/2010, de 29 de enero de 2010 , por la que se modifica el anexo XXII (Derecho de sociedades) del Acuerdo EEE

DO L 101 de 22.4.2010, p. 25–25 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2010/15(2)/oj

22.4.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 101/25


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 15/2010

de 29 de enero de 2010

por la que se modifica el anexo XXII (Derecho de sociedades) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo XXII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 158/2009 de 4 de diciembre de 2009 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 824/2009 de la Comisión, de 9 de septiembre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) no 1126/2008, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) no 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) no 39 y a la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) no 7 (2).

(3)

Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 839/2009 de la Comisión, de 15 de septiembre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) no 1126/2008 por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) no 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 39 (3).

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 10ba [Reglamento (CE) no 1126/2008 de la Comisión] del anexo XXII del Acuerdo se añaden los siguientes guiones:

«—

32009 R 0824: Reglamento (CE) no 824/2009 de la Comisión de 9 de septiembre de 2009 (DO L 239 de 10.9.2009, p. 48),

32009 R 0839: Reglamento (CE) no 839/2009 de la Comisión, de 15 de septiembre de 2009 (DO L 244 de 16.9.2009, p. 6).».

Artículo 2

Los textos de los Reglamentos (CE) no 824/2009 y (CE) no 839/2009 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 30 de enero de 2010, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (4) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 29 de enero de 2010.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Alan SEATTER


(1)  DO L 62 de 11.3.2010, p. 64.

(2)  DO L 239 de 10.9.2009, p. 48.

(3)  DO L 244 de 16.9.2009, p. 6.

(4)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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