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Document 22009D0118
Decision of the EEA Joint Committee No 118/2009 of 22 October 2009 amending Protocol 21 (On the implementation of competition rules applicable to undertakings) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE n o 118/2009, de 22 de octubre de 2009 , por la que se modifica el Protocolo 21 (sobre la aplicación de las normas de competencia relativas a las empresas) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE n o 118/2009, de 22 de octubre de 2009 , por la que se modifica el Protocolo 21 (sobre la aplicación de las normas de competencia relativas a las empresas) del Acuerdo EEE
DO L 334 de 17.12.2009, p. 22–22
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
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17.12.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 334/22 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N o 118/2009
de 22 de octubre de 2009
por la que se modifica el Protocolo 21 (sobre la aplicación de las normas de competencia relativas a las empresas) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo» y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Protocolo 21 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 132/2007, de 26 de octubre de 2007 (1). |
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(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 622/2008 de la Comisión, de 30 de junio de 2008, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 773/2004 en lo que respecta al desarrollo de los procedimientos de transacción en casos de cártel (2). |
DECIDE:
Artículo 1
En el punto 4 [Reglamento (CE) no 773/2004 de la Comisión] del artículo 3, apartado 1, del Protocolo 21 del Acuerdo, se añade el siguiente guión:
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«— |
32008 R 0622: Reglamento (CE) no 622/2008 de la Comisión, de 30 de junio de 2008 (DO L 171 de 1.7.2008, p. 3).». |
Artículo 2
Los textos del Reglamento (CE) no 622/2008 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 23 de octubre de 2009, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE (*1) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 22 de octubre de 2009.
Por el Comité Mixto del EEE
La Presidenta
Oda Helen SLETNES
(1) DO L 100 de 10.4.2008, p. 1.
(2) DO L 171 de 1.7.2008, p. 3.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.