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Document 21999D0172

    Decisión del Comité Mixto del EEE n° 172/1999, de 26 de noviembre de 1999, por la que modifica el Protocolo n° 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

    DO L 61 de 1.3.2001, p. 31–32 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/1999/172(2)/oj

    21999D0172

    Decisión del Comité Mixto del EEE n° 172/1999, de 26 de noviembre de 1999, por la que modifica el Protocolo n° 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

    Diario Oficial n° L 061 de 01/03/2001 p. 0031 - 0032


    Decisión del Comité Mixto del EEE

    no 172/1999

    de 26 de noviembre de 1999

    por la que modifica el Protocolo n° 31 del Acuerdo EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, sus artículos 86 y 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1) El Protocolo no 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 22/1999, de 26 de febrero de 1999(1).

    (2) Es preciso que la cooperación entre las Partes del Acuerdo se amplíe a la segunda fase del programa de acción comunitario en materia de formación profesional Leonardo da Vinci (Decisión 1999/382/CE del Consejo)(2).

    (3) Por lo tanto, el Protocolo no 31 del Acuerdo debe modificarse para permitir que dicha cooperación ampliada tenga lugar a partir del 1 de enero de 2000.

    DECIDE:

    Artículo 1

    El artículo 4 del Protocolo n° 31 del Acuerdo se modificará como sigue:

    1) después del apartado 2b se insertará el apartado siguiente:

    "2c. Los Estados de la AELC participarán, a partir de 1 del enero de 2000, en el programa comunitario siguiente:

    - 399 D 0382: Decisión 1999/382/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, por la que se establece la segunda fase del programa de acción comunitario en materia de formación profesional Leonardo da Vinci (DO L 146 de 11.6.1999, p. 33).";

    2) el apartado 3 se sustituirá por el texto siguiente:"Los Estados de la AELC contribuirán financieramente de conformidad con la letra a) del apartado 1 del artículo 82 a los programas y acciones mencionados en los apartados 1, 2, 2a, 2b y 2c.".

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el 29 de febrero de 2000, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

    Será aplicable a partir de 1 de enero de 2000.

    Artículo 3

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

    Hecho en Bruselas, el 26 de noviembre de 1999.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente

    N. v. Liechtenstein

    (1) DO L 148 de 22.6.2000, p. 47.

    (2) DO L 146 de 11.6.1999, p. 33.

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