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Document 12016P015

Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
TÍTULO II - LIBERTADES
Artículo 15 Libertad profesional y derecho a trabajar

DO C 202 de 7.6.2016, p. 396–396 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/char_2016/art_15/oj

7.6.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 202/396


Artículo 15

Libertad profesional y derecho a trabajar

1.   Toda persona tiene derecho a trabajar y a ejercer una profesión libremente elegida o aceptada.

2.   Todo ciudadano de la Unión tiene libertad para buscar un empleo, trabajar, establecerse o prestar servicios en cualquier Estado miembro.

3.   Los nacionales de terceros países que estén autorizados a trabajar en el territorio de los Estados miembros tienen derecho a unas condiciones laborales equivalentes a aquellas de que disfrutan los ciudadanos de la Unión.


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