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Document 12012E049
Consolidated version of the Treaty on the Functioning of the European Union#PART THREE - UNION POLICIES AND INTERNAL ACTIONS#TITLE IV - FREE MOVEMENT OF PERSONS, SERVICES AND CAPITAL#Chapter 2 - Right of establishment#Article 49#(ex Article 43 TEC)
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
TERCERA PARTE - POLÍTICAS Y ACCIONES INTERNAS DE LA UNIÓN
TÍTULO IV - LIBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS, SERVICIOS Y CAPITALES
Capítulo 2 - Derecho de establecimiento
Artículo 49
(antiguo artículo 43 TCE)
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
TERCERA PARTE - POLÍTICAS Y ACCIONES INTERNAS DE LA UNIÓN
TÍTULO IV - LIBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS, SERVICIOS Y CAPITALES
Capítulo 2 - Derecho de establecimiento
Artículo 49
(antiguo artículo 43 TCE)
DO C 326 de 26.10.2012, p. 67–67
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
26.10.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 326/1 |
VERSIÓN CONSOLIDADA DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA
TERCERA PARTE
POLÍTICAS Y ACCIONES INTERNAS DE LA UNIÓN
TÍTULO IV
LIBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS, SERVICIOS Y CAPITALES
CAPÍTULO 2
DERECHO DE ESTABLECIMIENTO
Artículo 49
(antiguo artículo 43 TCE)
En el marco de las disposiciones siguientes, quedarán prohibidas las restricciones a la libertad de establecimiento de los nacionales de un Estado miembro en el territorio de otro Estado miembro. Dicha prohibición se extenderá igualmente a las restricciones relativas a la apertura de agencias, sucursales o filiales por los nacionales de un Estado miembro establecidos en el territorio de otro Estado miembro.
La libertad de establecimiento comprenderá el acceso a las actividades no asalariadas y su ejercicio, así como la constitución y gestión de empresas y, especialmente, de sociedades, tal como se definen en el párrafo segundo del artículo 54, en las condiciones fijadas por la legislación del país de establecimiento para sus propios nacionales, sin perjuicio de las disposiciones del capítulo relativo a los capitales.