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Document 12008E028
Consolidated version of the Treaty on the Functioning of the European Union - PART THREE: UNION POLICIES AND INTERNAL ACTIONS - TITLE II: FREE MOVEMENT OF GOODS - Article 28 (ex Article 23 TEC)
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - TERCERA PARTE : POLÍTICAS Y ACCIONES INTERNAS DE LA UNIÓN - TÍTULO II : LIBRE CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS - Artículo 28 (antiguo artículo 23 TCE)
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - TERCERA PARTE : POLÍTICAS Y ACCIONES INTERNAS DE LA UNIÓN - TÍTULO II : LIBRE CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS - Artículo 28 (antiguo artículo 23 TCE)
DO C 115 de 9.5.2008, p. 59–60
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea - TERCERA PARTE : POLÍTICAS Y ACCIONES INTERNAS DE LA UNIÓN - TÍTULO II : LIBRE CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS - Artículo 28 (antiguo artículo 23 TCE)
Diario Oficial n° 115 de 09/05/2008 p. 0059 - 0060
Artículo 28 (antiguo artículo 23 TCE) 1. La Unión comprenderá una unión aduanera, que abarcará la totalidad de los intercambios de mercancías y que implicará la prohibición, entre los Estados miembros, de los derechos de aduana de importación y exportación y de cualesquiera exacciones de efecto equivalente, así como la adopción de un arancel aduanero común en sus relaciones con terceros países. 2. Las disposiciones del artículo 30 y las del capítulo 3 del presente título se aplicarán a los productos originarios de los Estados miembros y a los productos procedentes de terceros países que se encuentren en libre práctica en los Estados miembros. --------------------------------------------------