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Document 12002E094
Treaty establishing the European Community (Nice consolidated version)#Part Three: Community policies#Title VI: Common rules on competition, taxation and approximation of laws#Chapter 3: Approximation of laws#Article 94#Article 100 - EC Treaty (Maastricht consolidated version)#Article 100 - EEC Treaty
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Niza)
Tercera parte: Políticas de la Communidad
Título VI: Normas comunes sobre competencia, fiscalidad y aproximación de las legislaciones
Capítulo 3: Aproximación de las legislaciones
Artículo 94
Artículo 100 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht)
Artículo 100 - Tratado CEE
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Niza)
Tercera parte: Políticas de la Communidad
Título VI: Normas comunes sobre competencia, fiscalidad y aproximación de las legislaciones
Capítulo 3: Aproximación de las legislaciones
Artículo 94
Artículo 100 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht)
Artículo 100 - Tratado CEE
DO C 325 de 24.12.2002, p. 69–69
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
In force
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Niza) - Tercera parte: Políticas de la Communidad - Título VI: Normas comunes sobre competencia, fiscalidad y aproximación de las legislaciones - Capítulo 3: Aproximación de las legislaciones - Artículo 94 - Artículo 100 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht) - Artículo 100 - Tratado CEE
Diario Oficial n° C 325 de 24/12/2002 p. 0069 - 0069
Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0213 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 224 de 31/08/1992 p. 0032 - Versión consolidada
(Tratado CEE - publicación oficial no disponible)
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Niza) Tercera parte: Políticas de la Communidad Título VI: Normas comunes sobre competencia, fiscalidad y aproximación de las legislaciones Capítulo 3: Aproximación de las legislaciones Artículo 94 Artículo 100 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht) Artículo 100 - Tratado CEE Artículo 94 El Consejo adoptará por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social, directivas para la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que incidan directamente en el establecimiento o funcionamiento del mercado común.