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Document 62012TJ0175
Deutsche Börse/Comisión
Deutsche Börse/Comisión
Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 9 de marzo de 2015 — Deutsche Börse/Comisión
(Asunto T‑175/12)
«Competencia — Concentraciones — Sector de los instrumentos financieros — Mercados europeos de productos derivados — Decisión por la que se declara la incompatibilidad de una operación de concentración con el mercado interior — Apreciación de los efectos de la operación sobre la competencia — Eficiencias — Compromisos»
1. |
Recurso de anulación — Objeto — Decisión basada en varios pilares de razonamiento, cada uno de los cuales es suficiente para fundamentar su parte dispositiva — Decisión en materia de control de las operaciones de concentraciones — Motivos que sólo impugnan explícitamente un pilar de razonamiento — Carácter relevante — Requisitos [Art. 263 TFUE; Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, art. 2, ap. 3] (véanse los apartados 46 a 48, 50, 52 a 57, 393, 394 y 402 a 405) |
2. |
Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 59) |
3. |
Concentraciones de empresas — Apreciación de la compatibilidad con el mercado interior — Creación o refuerzo de una posición dominante que obstaculiza de manera significativa la competencia efectiva en el mercado interior — Examen por la Comisión — Análisis prospectivo — Carga de la prueba — Obligación de la Comisión de basarse en pruebas sólidas [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, arts. 2, ap. 3, y 8, ap. 3] (véanse los apartados 61 a 63) |
4. |
Concentraciones de empresas — Examen por la Comisión — Compromisos de las empresas afectadas destinados a hacer compatible con el mercado interior la operación notificada — Obligación de la Comisión de examinar la concentración tal como ha sido modificada por los compromisos [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, arts. 2, ap. 3, y 8, aps. 2 y 3] (véanse los apartados 64 y 378) |
5. |
Concentraciones de empresas — Examen por la Comisión — Apreciaciones de naturaleza económica — Facultad discrecional de apreciación — Control jurisdiccional — Límites [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, art. 2] (véanse los apartados 65 a 67) |
6. |
Concentraciones de empresas — Examen por la Comisión — Definición del mercado de referencia — Criterios — Poder adquisitivo que constituye una presión exterior al mercado — Exclusión — Consideración como un factor que puede hacer frente a los efectos contrarios a la competencia [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, art. 2; Comunicación 2004/C 31/03 de la Comisión] (véase el apartado 126) |
7. |
Concentraciones de empresas — Apreciación de la compatibilidad con el mercado interior — Criterios — Apreciación de conjunto — Apreciación basada en indicios — Obligación de privilegiar el recurso a elementos de prueba técnicos — Inexistencia — Obligación de la Comisión de efectuar análisis cuantitativos — Inexistencia [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, art. 2] (véanse los apartados 132 a 134) |
8. |
Concentraciones de empresas — Apreciación de la compatibilidad con el mercado interior — Creación o refuerzo de una posición dominante que obstaculiza de manera significativa la competencia efectiva en el mercado interior — Consideración de las eficiencias — Criterios — Carácter acumulativo [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, considerando 29; Comunicación 2004/C 31/03 de la Comisión, aps. 76 a 88] (véanse los apartados 236 a 239, 275 y 357) |
9. |
Concentraciones de empresas — Procedimiento administrativo — Respeto del derecho de defensa — Pliego de cargos — Carácter provisional — Obligación de la Comisión de explicar en la decisión final las diferencias entre ésta y sus apreciaciones provisionales — Inexistencia [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, art. 18, ap. 3; Reglamento (CE) no 802/2004 de la Comisión, art. 13, ap. 2] (véanse los apartados 247 a 251, 258 y 344) |
10. |
Concentraciones de empresas — Procedimiento administrativo — Pliego de cargos — Contenido necesario — Respeto del derecho de defensa — Incidencia de la constatación, posteriormente al pliego de cargos, de la existencia de un problema de competencia omitido o insuficientemente enunciado en éste [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, art. 18, ap. 3; Reglamento (CE) no 802/2004 de la Comisión, art. 13, ap. 2] (véase el apartado 252) |
11. |
Concentraciones de empresas — Apreciación de la compatibilidad con el mercado interior — Creación o refuerzo de una posición dominante que obstaculiza de manera significativa la competencia efectiva en el mercado interior — Consideración de las eficiencias — Criterios — Carácter verificable — Prueba — Obligación de aportar datos que puedan ser verificados de manera independiente por un tercero — Obligación de presentar documentos anteriores a la concentración — Inexistencia [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo; Comunicación 2004/C 31/03 de la Comisión, aps. 86 y 87] (véanse los apartados 262, 275, 361 a 363 y 372) |
12. |
Concentraciones de empresas — Apreciación de la compatibilidad con el mercado interior — Creación o refuerzo de una posición dominante que obstaculiza de manera significativa la competencia efectiva en el mercado interior — Consideración de las eficiencias — Criterios — Beneficio para los consumidores — Consideración de la posibilidad de que las partes en una concentración recuperen las eficiencias — Procedencia [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, considerando 29; Comunicación 2004/C 31/03 de la Comisión, aps. 79, 80 y 84] (véanse los apartados 267 a 269, 273 y 276) |
13. |
Concentraciones de empresas — Apreciación de la compatibilidad con el mercado interior — Creación o refuerzo de una posición dominante que obstaculiza de manera significativa la competencia efectiva en el mercado interior — Consideración de las eficiencias — Criterios — Carácter inherente a la concentración — Eficiencias que pueden obtenerse mediante alternativas menos contrarias a la competencia — Exclusión [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, considerando 29; Comunicación 2004/C 31/03 de la Comisión, ap. 85] (véanse los apartados 282, 285 y 287) |
14. |
Concentraciones de empresas — Procedimiento administrativo — Pliego de cargos — Contenido necesario — Respeto del derecho de defensa — Empresas a las que se dio la oportunidad de manifestar su opinión sobre los hechos, imputaciones y circunstancias alegados por la Comisión — Indicación suficiente a la luz del derecho a ser oído — Obligación de comunicar los pormenores de las modalidades del marco de análisis que debe aplicar la Comisión — Inexistencia [Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, art. 18, ap. 3; Reglamento (CE) no 802/2004 de la Comisión, art. 13, ap. 2] (véanse los apartados 309 y 314) |
15. |
Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados — Remisión global a otros escritos adjuntos a la demanda — Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 354) |
16. |
Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados — Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso — Requisitos análogos para las alegaciones formuladas en apoyo de un motivo — Alegaciones no formuladas en la demanda — Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 399 y 409) |
17. |
Procedimiento judicial — Diligencias de ordenación del procedimiento — Solicitud de presentación de documentos — Facultad de apreciación del juez de la Unión (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 64, ap. 4) (véase el apartado 417) |
Objeto
Recurso de anulación de la Decisión C(2012) 440 de la Comisión, de 1 de febrero de 2012, por la que se declara la incompatibilidad de una concentración con el mercado común y el Acuerdo EEE (asunto COMP/M.61666 — Deutsche Börse/NYSE Euronext).
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Deutsche Börse AG cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea e Icap Securities Ltd. |