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Document 62021TJ0233
Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 26 de enero de 2022.
Meta Cluster GmbH contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión Clustermedizin — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001.
Asunto T-233/21.
Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 26 de enero de 2022.
Meta Cluster GmbH contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión Clustermedizin — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001.
Asunto T-233/21.
Court reports – general
ECLI identifier: ECLI:EU:T:2022:27
Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 26 de enero de 2022 — Meta Cluster/EUIPO (Clustermedizin)
(Asunto T‑233/21)
«Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión Clustermedizin — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001»
1. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Apreciación del carácter descriptivo de un signo — Criterios [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 14, 16 a 18 y 42) |
2. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Objetivo — Imperativo de disponibilidad [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 15) |
3. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Marca que designa un método terapéutico concreto [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 36) |
4. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Marca denominativa Clustermedizin [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 37 a 40 y 45) |
5. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Apreciación del carácter registrable de un signo — Consideración exclusiva de la normativa de la Unión — Registro anterior de la marca en determinados Estados miembros o países terceros — Decisiones que no vinculan a los órganos de la Unión [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo] (véase el apartado 43) |
6. |
Marca de la Unión Europea — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina — Principio de legalidad — Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo] (véase el apartado 44) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 22 de febrero de 2021 (asunto R 2127/2020‑4), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo Clustermedizin como marca de la Unión Europea.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Meta Cluster GmbH. |