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Document 62014TJ0248
Masafi/OHMI - Hd1 (JUICE masafi)
Masafi/OHMI - Hd1 (JUICE masafi)
Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 25 de noviembre de 2015 — Masafi/OAMI — Hd1 (JUICE masafi)
(Asunto T‑248/14)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa JUICE masafi — Marca nacional denominativa anterior masafi — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009»
1. |
Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados — Motivos jurídicos no expuestos en el escrito de interposición del recurso — Remisión global a otros escritos — Inadmisibilidad (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 76) (véase el apartado 14) |
2. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 15 a 18 y 39) |
3. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 20) |
4. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 26 y 27) |
5. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca figurativa JUICE masafi y marca denominativa masafi [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 34 a 38 y 40) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 10 de febrero de 2014 (asunto R 119/2013‑4) relativa a un procedimiento de oposición entre Hd1 Ltd y Masafi Co. LLC.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar a Masafi Co. LLC a cargar con sus propias costas y con las de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI). |