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Document 62021CO0669

    Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 14 de noviembre de 2022.
    Gencoal S.A. contra Conceito Norte – Consultadoria de Gestão, Lda. y BT.
    Procedimiento prejudicial — Artículos 53, apartado 2, y 94 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Obligación de exponer el contexto fáctico y normativo del litigio principal y las razones que justifican la necesidad de una respuesta a la cuestión prejudicial — Falta de precisiones suficientes — Inadmisibilidad manifiesta.
    Asunto C-669/21.

    Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

    ECLI identifier: ECLI:EU:C:2022:907

     Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 14 de noviembre de 2022 — Gencoal

    (Asunto C‑669/21) ( 1 )

    «Procedimiento prejudicial — Artículos 53, apartado 2, y 94 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Obligación de exponer el contexto fáctico y normativo del litigio principal y las razones que justifican la necesidad de una respuesta a la cuestión prejudicial — Falta de precisiones suficientes — Inadmisibilidad manifiesta»

    Cuestiones prejudiciales — Admisibilidad — Cuestiones planteadas sin suficientes precisiones sobre el contexto fáctico y normativo y sobre las razones que justifican la necesidad de una respuesta a las cuestiones prejudiciales — Inadmisibilidad manifiesta

    (Art. 267 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, art. 23; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 53, ap. 2, y 94)

    (véanse los apartados 17 a 23 y el fallo)

    Fallo

    La petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial da Comarca do Porto — Juízo Central Cível da Póvoa de Varzim (Tribunal de Primera Instancia de Oporto — Juzgado Central de lo Civil de Póvoa de Varzim — Juzgado n.o 5, Portugal), mediante resolución de 21 de octubre de 2021, es manifiestamente inadmisible.


    ( 1 ) DO C 64 de 7.2.2022.

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