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Document 62012TJ0568
Golam/OHMI - Derby Cycle Werke (FOCUS extreme)
Golam/OHMI - Derby Cycle Werke (FOCUS extreme)
Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 4 de abril de 2014 — Golam/OAMI — Derby Cycle Werke (FOCUS extreme)
(Asunto T‑568/12)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa FOCUS extreme — Marca nacional denominativa anterior FOCUS — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009»
1. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Criterios [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 22, 23 y 46) |
2. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca figurativa FOCUS extreme y marca denominativa FOCUS [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 24, 25, 27, 42 y 51) |
3. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 30) |
4. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 31 y 32) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 16 de octubre de 2012 (asunto R 2327/2011-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Derby Cycle Werke GmbH y la Sra. Sofia Golam.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Sofia Golam. |
Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 4 de abril de 2014 — Golam/OAMI — Derby Cycle Werke (FOCUS extreme)
(Asunto T‑568/12)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa FOCUS extreme — Marca nacional denominativa anterior FOCUS — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009»
1. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Criterios [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 22, 23 y 46) |
2. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca figurativa FOCUS extreme y marca denominativa FOCUS [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 24, 25, 27, 42 y 51) |
3. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 30) |
4. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 31 y 32) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 16 de octubre de 2012 (asunto R 2327/2011-4) relativa a un procedimiento de oposición entre Derby Cycle Werke GmbH y la Sra. Sofia Golam.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Sofia Golam. |