Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 62010CJ0459

    Sumario de la sentencia

    Palabras clave
    Objeto del litigio
    Parte dispositiva

    Palabras clave

    Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Categorías de ayudas, definidas mediante reglamento, que pueden considerarse compatibles con el mercado interior — Reglamento (CE) nº 68/2001, relativo a las ayudas a la formación — Criterios de apreciación — Examen individual de las ayudas a la formación que no están exentas de notificación — Consideración del criterio de necesidad de la ayuda — Procedencia [Art. 107 TFUE, ap. 3, letra c); Reglamento (CE) nº 68/2001 de la Comisión, art. 5] (véanse los apartados 30, 31 y 33)

    2. Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Ayudas a las que puede aplicarse la excepción establecida en el artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c) — Ayuda de funcionamiento — Exclusión — Ayudas a la formación — Criterio de necesidad de la ayuda — Efectos positivos para ramas o sectores económicos determinados — Falta de pertinencia [Art. 107 TFUE, ap. 3, letra c)] (véanse los apartados 34 a 36 y 61)

    3. Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Ayudas que pueden considerarse compatibles con el mercado interior — Apreciación a la luz del artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c) — Consideración de una práctica anterior — Exclusión — Violación del principio de igualdad de trato — Inexistencia [Art. 107 TFUE, ap. 3, letra c)] (véanse los apartados 38 y 50)

    4. Ayudas otorgadas por los Estados — Examen por la Comisión — Ayudas a la formación — Efecto incentivador de la ayuda sobre la elección del emplazamiento de una empresa — Falta de pertinencia (Art. 107 TFUE, ap. 3, letra c)] (véase el apartado 42)

    5. Ayudas otorgadas por los Estados — Examen por la Comisión — Circunstancias que deben considerarse — Consideración de elementos relacionados con la práctica o la estrategia comercial del beneficiario — Procedencia (Arts. 107 TFUE, ap. 3, y 108 TFUE, aps. 2 y 3) (véanse los apartados 48 y 49)

    6. Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Ayudas a las que puede aplicarse la excepción establecida en el artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c) — Requisitos — Ayudas a la formación — Criterio de necesidad de la ayuda — Consideración de la existencia de una legislación nacional que impone la formación del personal — Procedencia [Art. 107 TFUE, ap. 3, letra c)] (véase el apartado 56)

    Objeto del litigio

    Objeto

    Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 8 de julio de 2010, Freistaat Sachsen y Land Sachsen-Anhalt/Comisión (T‑396/08), mediante la cual dicho Tribunal desestimó el recurso que tenía por objeto la anulación parcial de la Decisión 2008/878/CE de la Comisión, de 2 de julio de 2008, relativa a la ayuda estatal que Alemania tiene previsto conceder a DHL (DO L 312, p. 31) — Ayuda a la formación — Decisión por la que se declara una parte de la ayuda incompatible con el mercado común — Examen equivocado de la necesidad de la ayuda — No consideración de las externalidades positivas de la ayuda y de sus efectos incitadores para la elección del emplazamiento.

    Parte dispositiva

    Fallo

    1) Desestimar el recurso de casación.

    2) Condenar en costas al Freistaat Sachsen y al Land Sachsen‑Anhalt.

    Top