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Document 61998CJ0384
Sumario de la sentencia
Sumario de la sentencia
Disposiciones fiscales - Armonización de las legislaciones - Impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido - Exenciones previstas en la Sexta Directiva - Exención de la asistencia a personas físicas en el ejercicio de profesiones médicas y sanitarias - Prestaciones médicas que consisten en determinar, mediante análisis biológicos, la afinidad genética entre individuos - Carácter imponible
[Directiva 77/388/CEE del Consejo, art. 13, parte A, ap. 1. letra c)]
$$El artículo 13, parte A, apartado 1, letra c), de la Sexta Directiva 77/388, relativo a la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido por la asistencia realizada en el ejercicio de profesiones médicas y sanitarias, debe interpretarse en el sentido de que no están comprendidas en el ámbito de aplicación de dicha disposición las prestaciones médicas que no consisten en asistir a personas físicas, mediante el diagnóstico y tratamiento de una enfermedad o de cualquier otra anomalía de la salud, sino en determinar, mediante análisis biológicos, la afinidad genética entre individuos.
(véanse el apartado 22 y el fallo)