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Contaminantes presentes en los productos alimenticios: minimizar los efectos negativos

Contaminantes presentes en los productos alimenticios: minimizar los efectos negativos

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CEE) n.o 315/93 sobre procedimientos de la UE en relación con los contaminantes presentes en los productos alimenticios

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Pretende proteger la salud pública prohibiendo la puesta en el mercado de productos alimenticios que contienen proporciones inaceptables de sustancias residuales llamadas contaminantes.

PUNTOS CLAVE

  • Los contaminantes están presentes en alimentos como consecuencia del tratamiento después de la producción o de la contaminación medioambiental.
  • La Unión Europea (UE) regula los niveles de contaminantes aceptables desde el punto de vista toxicológico y los mantiene en los niveles más bajos posibles.
  • Este Reglamento no abarca los contaminantes que son objeto de una normativa más específica o que se refieren a partículas extrañas, como los restos de insectos, los pelos de animales y otras.
  • Un Estado miembro de la UE puede tomar medidas restrictivas con arreglo a este Reglamento si sospecha que la presencia de un contaminante constituye un riesgo para la salud pública. En tal caso, debe informar de ello inmediatamente a los demás Estados miembros y a la Comisión Europea exponiendo los motivos de su decisión. La Comisión debe examinar los motivos alegados por el Estado miembro a la mayor brevedad posible y adoptar las medidas oportunas después de haber consultado con el Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos (antiguo Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal). Este Comité asiste a la Comisión en todos los asuntos relacionados con los contaminantes, incluido el establecimiento de las tolerancias máximas permitidas.
  • El Reglamento impone el contenido máximo de determinados contaminantes con el fin de proteger la salud pública.
  • Los Estados miembros no deben prohibir la puesta en el mercado de los alimentos que sean conformes a este Reglamento.

El Reglamento (UE) 2023/915 (véase la síntesis) de la Comisión, fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios, como los nitratos, el plomo, el cadmio, el mercurio, el arsénico, la melamina y otros.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de marzo de 1993.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CEE) n.o 315/93 del Consejo, de 8 de febrero de 1993, por el que se establecen procedimientos comunitarios en relación con los contaminantes presentes en los productos alimenticios (DO L 37 de 13.2.1993, pp. 1-3).

Las modificaciones y correcciones sucesivas del Reglamento (CEE) n.o 315/93 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2023/915 de la Comisión, de 25 de abril de 2023, relativo a los límites máximos de determinados contaminantes en los alimentos y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1881/2006 (DO L 119 de 5.5.2023, pp. 103-157).

Véase la versión consolidada.

última actualización 03.11.2023

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