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Evaluación de las repercusiones de los proyectos sobre el medio ambiente (evaluación de impacto ambiental)

Evaluación de las repercusiones de los proyectos sobre el medio ambiente (evaluación de impacto ambiental)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2011/92/UE relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

El objetivo de esta Directiva, conocida como la Directiva de evaluación de impacto ambiental (EIA) o Directiva EIA consiste en garantizar:

  • un nivel elevado de protección del medio ambiente;
  • la integración de consideraciones ambientales en la preparación y autorización de los proyectos.

Para lograr este objetivo debe garantizarse la realización de una evaluación ambiental de determinados proyectos públicos y privados enumerados en los anexos I y II de la Directiva (aeropuertos, instalaciones nucleares, vías ferroviarias, carreteras, instalaciones de eliminación de residuos, plantas de tratamiento de aguas residuales, etc.).

La Directiva EIA es aplicable a una gran variedad de proyectos públicos y privados.

PUNTOS CLAVE

La Directiva 2011/92/UE define el proceso de evaluación de impacto ambiental que garantiza que los proyectos que puedan tener repercusiones significativas sobre el medio ambiente se sometan a una evaluación, previamente a su autorización.

La legislación de modificación (Directiva 2014/52/UE) se adoptó en 2014. En consonancia con el fomento de una normativa más inteligente, esta legislación:

  • ayuda a reducir la carga administrativa;
  • mejora el nivel de protección del medio ambiente con el fin de propiciar unas decisiones empresariales más fundamentadas, más predecibles y sostenibles con respecto a las inversiones públicas y privadas;
  • tiene en cuenta las amenazas y los desafíos que han surgido tras la entrada en vigor de las normas originales hace 30 años. Esto conlleva prestar más atención a aspectos tales como la eficiencia de los recursos, el cambio climático y la prevención de catástrofes, que ahora quedan mejor reflejados en el proceso de evaluación.

Las principales modificaciones son:

  • Los países de la Unión Europea (UE) pueden simplificar sus distintos procedimientos de evaluación ambiental.
  • Se introducen plazos para las distintas fases de las evaluaciones ambientales.
  • Se simplifica el procedimiento de comprobación previa, determinando si se requiere una EIA.
  • Las decisiones deben estar debidamente motivadas en función de los criterios de comprobación previa actualizados.
  • Los informes de EIA deben ser más comprensibles para el público, en especial en lo referente a las evaluaciones del estado actual del medio ambiente y de las alternativas para el proyecto en cuestión.
  • Se mejoran la calidad y el contenido de los informes. Las autoridades competentes deben demostrar su objetividad para evitar conflictos de intereses.
  • Los fundamentos de las decisiones de autorización* deben ser claros y más transparentes para el público.
  • Cuando los proyectos acarreen repercusiones adversas significativas sobre el medio ambiente, los promotores tienen la obligación de evitar, impedir o reducir dichas repercusiones. Estos proyectos deben ser objeto de seguimiento.

El proceso de EIA

El funcionamiento del proceso de EIA es el siguiente:

  • el promotor del proyecto puede solicitar a la autoridad competente que especifique qué debe incluir la información de la EIA que debe presentar (fase de delimitación de campo);
  • el promotor debe presentar información sobre el impacto ambiental (en forma de informe de EIA elaborado con arreglo a lo establecido en el anexo IV de la Directiva);
  • debe informarse y consultarse a las autoridades de medio ambiente y al público, así como a las autoridades locales y regionales (así como a todos los países de la UE afectados);
  • la autoridad competente toma una decisión teniendo en cuenta los resultados de las consultas; esta decisión incluye también una conclusión razonada sobre las repercusiones significativas del proyecto;
  • la autoridad informa al público de su decisión;
  • el público puede impugnar la decisión ante los tribunales.

Consultas públicas

La consulta con el público es una característica fundamental del proceso de EIA. Para garantizar una participación pública eficaz, el informe de EIA y el resto de la información deben ofrecerse lo antes posible. Esto puede hacerse por vía electrónica, mediante anuncios públicos, carteles o periódicos locales.

Responsabilidad de las autoridades nacionales

Las autoridades tienen que decidir en un plazo razonable si se aprueba un proyecto o no. Debe comunicarse al público, así como a los organismos de medio ambiente locales y regionales, el contenido de una decisión positiva, incluidos los principales motivos para su aprobación y cualquier condición ambiental o de otra índole que establezcan. Si no se concede la autorización, deben explicar los motivos.

Los países de la UE pueden establecer condiciones más estrictas y fijar sanciones en caso de incumplimiento.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva 2011/92/UE está en vigor desde el 17 de febrero de 2012. Codifica 4 Directivas anteriores (85/337/CEE, 97/11/CE, 2003/35/CE y 2009/31/CE) la primera de las cuales adquirió rango de ley en los países de la UE el 3 de julio de 1988.

La Directiva de modificación 2014/52/UE está en vigor desde el 25 de abril de 2014 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 16 de mayo de 2017.

ANTECEDENTES

Para más información véase:

TÉRMINOS CLAVE

Decisión de autorización: una decisión adoptada por las autoridades competentes para aprobar un proyecto.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011 relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (texto codificado) (DO L 26 de 28.1.2012, pp. 1-21)

Las modificaciones sucesivas a la Directiva 2011/92/UE se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 23.07.2018

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