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Una atmósfera más limpia en Europa

Una atmósfera más limpia en Europa

Con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente, el aire que respiramos debe ser lo más limpio posible. Esto significa que hay que adoptar medidas activas para controlar la pureza del aire ambiente (o exterior) y la eliminación de todos los contaminantes.

ACTO

Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa.

SÍNTESIS

Con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente, el aire que respiramos debe ser lo más limpio posible. Esto significa que hay que adoptar medidas activas para controlar la pureza del aire ambiente (o exterior) y la eliminación de todos los contaminantes.

¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?

Establece objetivos de calidad del aire, que incluyen unos objetivos ambiciosos y eficaces para la mejora de la salud humana y la calidad ambiental hasta 2020. Asimismo, especifica la forma de evaluarlos y de adoptar medidas correctoras en caso de que se incumplan las normas, y estipula que el público debe mantenerse informado.

PUNTOS CLAVE

La presente Directiva fusiona en una única Directiva la mayor parte de la legislación existente sobre calidad del aire e incluye los elementos clave siguientes:

  • establece umbrales, valores límite y valores objetivo para evaluar todos los contaminantes que se tratan en la Directiva: dióxido de sulfuro, dióxido de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono;
  • las autoridades nacionales designarán organismos específicos para llevar a cabo estas tareas utilizando los datos recabados en los puntos de muestreo elegidos;
  • cuando los niveles de contaminación de una determinada zona superen los umbrales, deberán introducirse planes de calidad del aire para corregir la situación. Estos planes pueden incluir medidas específicas para proteger grupos vulnerables, como los niños;
  • en caso de riesgo de que los niveles de contaminación superen los umbrales, deberán aplicarse planes de acción a corto plazo para reducir el tráfico de carreteras, las obras de construcción o determinadas actividades industriales, con el fin de eliminar el peligro;
  • las autoridades nacionales deben garantizar que se informa no solo al público, sino también a las organizaciones medioambientales, de consumidores y otras organizaciones pertinentes, como organismos sanitarios y federaciones profesionales sobre la calidad del aire ambiente (es decir, el aire exterior) de su zona;
  • los gobiernos de la UE deben publicar informes anuales sobre todos los contaminantes que cubre la legislación.

Para más información, véanse:

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Directiva 2008/50/CE

11.6.2008

10.6.2010

DO L 152 de 11.6.2008, pp. 1-44

Las distintas correcciones a la Directiva 2008/50/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Programa «Aire Puro» para Europa [COM(2013) 918 final de 18.12.2013].

última actualización 30.06.2015

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