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Fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables

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Fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2009/28/CE: fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

  • Esta Directiva, que enmienda y deroga las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE anteriores, establece un conjunto común de normas para el uso de energías renovables en la UE con el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y promover un transporte más limpio.
  • Establece objetivos nacionales vinculantes para todos los países de la UE con el propósito general de lograr que las fuentes de energía renovable representen para 2020 el 20 % de la energía de la UE y el 10 % de la energía específicamente en el sector del transporte (en ambos casos, se calcula en términos de consumo final bruto de energía, es decir, el consumo total de energía procedente de todas las fuentes, incluidas las renovables).

PUNTOS CLAVE

  • Cada país de la UE debe elaborar un plan de acción nacional para 2020 en el que se exponga cómo alcanzar el objetivo nacional de energías renovables en el consumo final bruto de energía, así como el objetivo del 10 % para las fuentes de energía renovable en el transporte.
  • Los países de la UE pueden intercambiar energía procedente de fuentes renovables* para facilitar que se cumplan los objetivos de forma eficaz con respecto a los costes. En el marco de estos planes de acción, los países de la UE también pueden recibir energía renovable de países de fuera de la UE, siempre y cuando la energía se consuma en la UE y haya sido producida mediante instalaciones modernas y eficientes.
  • Por otra parte, todos los países de la UE deben ser capaces de garantizar el origen de la electricidad, la calefacción y la refrigeración producida a partir de fuentes de energía renovable.
  • Los países de la UE deben construir las infraestructuras necesarias para el uso de fuentes de energía renovable en el sector del transporte.

La Directiva (UE) 2015/1513 modifica las Directivas 2009/28/CE y 98/70/CE, la ley de la UE relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo. Entre otras cosas, tiene por objeto iniciar la transición de los biocarburantes convencionales* (primera generación) hacia los biocarburantes avanzados* (segunda generación) que emiten muchos menos GEI. Introduce un límite del 7 % sobre los biocarburantes convencionales que debe tenerse en cuenta para los objetivos de la Directiva sobre fuentes energía renovables para el consumo final de energía en transporte hasta 2020.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 25 de junio de 2009. Los países de la UE debían incorporarla al Derecho nacional a más tardar el 5 de diciembre de 2010.

ANTECEDENTES

  • Con esta Directiva, se aplica uno de los objetivos 20-20-20 del Paquete de medidas sobre clima y energía hasta 2020. Los otros dos objetivos son:
    • reducir hasta 2020 las emisiones de gases de efecto invernadero en un 20 % respecto a los niveles de 1990, y
    • mejorar la eficiencia energética en un 20 %.

Par más información, véase:

* TÉRMINOS CLAVE

Energía procedente de fuentes renovables: energía procedente de fuentes no fósiles, como la energía eólica, solar, geotérmica o hidráulica, la biomasa y gases de plantas de depuración (por ejemplo, metano).

Biocarburantes convencionales: se elaboran a partir de cultivos para alimentos, como el azúcar, el almidón y los aceites vegetales. Se producen a partir de materias primas que utilizan tierra, la cual también puede utilizarse para el cultivo de alimentos y piensos.

Biocarburantes avanzados: se elaboran a partir de materias primas que no compiten directamente con los cultivos para alimentos y piensos, como residuos y residuos agrícolas.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE (DO L 140 de 5.6.2009, pp. 16-62)

Las modificaciones y correcciones sucesivas a la Directiva 2009/28/CE se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 1998, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo y por la que se modifica la Directiva 93/12/CEE del Consejo (DO L 350 de 28.12.1998, pp. 58-68)

Véase la versión consolidada.

última actualización 21.02.2017

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