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Marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud

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Marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud

Esta Resolución busca crear un marco europeo de cooperación para fomentar, en particular, la participación de los jóvenes en la vida ciudadana y en la sociedad civil.

ACTO

Resolución del Consejo y de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud [Diario Oficial C 168 de 13.7.2002].

SÍNTESIS

Al adoptar el Libro Blanco «Un nuevo impulso para la juventud europea», la Comisión propuso un nuevo marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud, que comprende dos apartados: por una parte, la aplicación del método abierto de coordinación y, por otra, una mejor inclusión de la dimensión de la juventud en la elaboración de las otras políticas. La presente Resolución es una continuación de dicho Libro Blanco, ya que establece las prioridades y el calendario de los trabajos de la Unión Europea hasta 2004 en el ámbito de la juventud.

Por una cooperación basada en el método abierto de coordinación

En el marco renovado de cooperación, basado en particular en el método abierto de coordinación, el Consejo propone cuatro temas prioritarios que serán objeto de la cooperación:

  • Fomentar la participación de los jóvenes en la vida ciudadana y en la sociedad civil. Esto significa apoyar el trabajo de las asociaciones de jóvenes y otras formas de participación activa a fin de mejorar la participación de los jóvenes y la cohesión social, para lo cual el intercambio de buenas prácticas es fundamental.
  • Mejorar la información dirigida a los jóvenes y los servicios de información existentes destinados a los jóvenes (los informes sucesivos tratan conjuntamente los temas de la participación y de la información).
  • Fomentar el voluntariado de los jóvenes . Facilitar el compromiso voluntario de los jóvenes les permite desarrollar su sentido del compromiso y de la ciudadanía activa, así como una participación activa en la sociedad. Los poderes públicos, las empresas y la sociedad civil deben fomentar el reconocimiento y la valorización de las actividades voluntarias para incrementar, entre otras cosas, las oportunidades de los jóvenes en el mercado de trabajo.
  • Facilitar un mayor entendimiento y conocimiento de la juventud . Para ello es necesaria la puesta en red de las estructuras existentes y de los estudios e investigaciones sobre la juventud.

A partir de estas cuatro prioridades, la Comisión enviará cuestionarios a los Estados miembros a partir de julio de 2002. Las respuestas de los Estados miembros a estos cuestionarios deberán ser el resultado de una consulta a los jóvenes, las asociaciones juveniles y, en su caso, los Consejos Nacionales de la Juventud u organismos similares. Después, la Comisión redactará informes a fin de determinar las buenas prácticas de interés común para los Estados miembros, así como propuestas de objetivos comunes que deberán ser adoptadas por el Consejo.

Por lo que respecta a los Estados miembros, éstos deberán poner en práctica las medidas que consideren oportunas a fin de alcanzar los objetivos comunes decididos por el Consejo.

Para que se tenga más en cuenta la dimensión «juventud» en las demás políticas

El Consejo pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan más en cuenta la dimensión «juventud» en otras políticas y otros programas. El Consejo, en cooperación con la Comisión, podrá añadir otros ámbitos además de los establecidos en el Libro Blanco (a saber, la educación y la formación permanente, la movilidad, el empleo y la integración social, la lucha contra el racismo y la xenofobia y otras prioridades).

LA ACTUALIZACIÓN DEL MARCO DE COOPERACIÓN

El marco de cooperación renovado queda actualizado mediante la Resolución adoptada por el Consejo el 24 de noviembre de 2005. Este marco de cooperación presenta tres aspectos:

El fomento de la ciudadanía activa de los jóvenes

El método abierto de coordinación en el ámbito de la juventud permite a los Estados miembros, respetando las competencias previstas por los tratados, cooperar para intercambiar las buenas prácticas en lo relativo a la participación de los jóvenes, la información destinada a los mismos, las actividades de voluntariado y un mejor conocimiento del ámbito de la juventud.

Pacto europeo para la juventud

El Pacto europeo resalta aspectos relativos a la juventud en ámbitos clave de la asociación de Lisboa para el crecimiento y el empleo; en particular en lo referente al acceso de los jóvenes al mercado laboral, el desarrollo de su creatividad y la adquisición de competencias empresariales. Además, el Pacto europeo insiste en las competencias adquiridas en el marco de la educación, en la formación y las experiencias de movilidad adecuadas y de calidad, tanto en el sector oficial como en el no oficial, así como en el equilibrio entre vida profesional y vida familiar.

La integración de una dimensión «juvenil»

La integración de una dimensión «juvenil» en otras políticas europeas se centrará especialmente en la «lucha contra la discriminación», los «modos de vida sanos», incluido el deporte, y la «investigación en las cuestiones relacionadas con la juventud».

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Consejo, de 25 de octubre de 2004 - Seguimiento del Libro Blanco «Nuevo impulso para la juventud europea»: balance de las acciones llevadas a cabo en el marco de la cooperación europea en el ámbito de la juventud [COM/2004/0694 final - no publicada en el Diario Oficial].

Última modificación: 26.11.2010

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