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Estrategia «de la granja a la mesa» para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente

Estrategia «de la granja a la mesa» para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Comunicación: Estrategia «de la granja a la mesa» para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA COMUNICACIÓN?

Establece la estrategia «de la granja a la mesa», que pretende acelerar la transición de la Unión Europea (UE) a un sistema alimentario sostenible que:

  • tenga un impacto medioambiental neutro o positivo;
  • contribuya a mitigar el cambio climático y se adapte a sus impactos;
  • revierta la pérdida de biodiversidad;
  • garantice la seguridad alimentaria, la nutrición y la salud pública, velando por que todas las personas tengan acceso a alimentos nutritivos, sostenibles, seguros y en cantidad suficiente;
  • preserve la asequibilidad de los alimentos, al tiempo que se genera un rendimiento económico más justo, se fomenta la competitividad del sector de suministro de la UE y se promueve el comercio justo.

PUNTOS CLAVE

Pacto Verde Europeo

La estrategia «de la granja a la mesa» es un elemento esencial del Pacto Verde Europeo (véase la síntesis) y trabaja en colaboración con la Estrategia de la UE sobre biodiversidad de aquí a 2030 (véase la síntesis).

Sistema alimentario sostenible

La estrategia se ha diseñado para dar lugar a un sistema alimentario sostenible mediante la resolución de diversas cuestiones:

  • garantizar una producción alimentaria sostenible;
  • garantizar una seguridad alimentaria sostenible;
  • estimular prácticas sostenibles de transformación de alimentos, comercio mayorista y minorista, hostelería y servicios alimentarios;
  • promover el consumo sostenible de alimentos y facilitar la transición a dietas saludables y sostenibles;
  • reducir la pérdida y el desperdicio de alimentos;
  • combatir el fraude alimentario a lo largo de la cadena de suministro de alimentos.

Plan de acción

La comunicación incluye un anexo con el proyecto de plan de acción. Este contiene una serie de propuestas para una nueva legislación y una lista de las normas actuales que se deben revisar, así como otras revisiones e iniciativas. Entre las propuestas se incluyen:

  • una propuesta de revisión de la Directiva 2009/128/CE sobre el uso sostenible de plaguicidas (véase la síntesis) para reducir de forma significativa el uso y el riesgo de los plaguicidas, así como la dependencia de ellos, y mejorar la gestión integrada de plagas;
  • una propuesta sobre un etiquetado obligatorio armonizado en la parte frontal de los envases para que los ciudadanos puedan optar por alimentos saludables con conocimiento de causa, que sigue el informe de la Comisión Europea sobre el uso de etiquetado frontal en envases nutricionales, derivado del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 (véase la síntesis);
  • el establecimiento de perfiles nutricionales para restringir la promoción de alimentos con alto contenido en sal, azúcares o grasas, que sigue el documento de trabajo de la Comisión que evalúa el Reglamento (CE) n.o 1924/2006 sobre nutrición y declaraciones nutricionales (véase la síntesis);
  • la evaluación y la revisión de la legislación vigente en materia de bienestar animal, incluida la relativa al transporte y al sacrificio de animales, que enlaza con la hoja de ruta para el control de idoneidad de la legislación de la UE en materia de bienestar animal.

Objetivos para 2030

La estrategia establece una serie de objetivos concretos que alcanzar para 2030:

  • Plaguicidas. Reducir en un 50 % el uso y el riesgo de los plaguicidas químicos y el uso de más plaguicidas peligrosos.
  • Nutrientes. Reducir la pérdida de nutrientes al menos en un 50 % mientras se garantiza que no haya pérdida de fertilidad en el suelo y se reduce el uso de fertilizantes al menos en un 20 %.
  • Resistencia antimicrobiana. Reducir en un 50 % el uso de antimicrobianos como antibióticos para animales criados en granjas y acuicultura.
  • Agricultura ecológica. Que al menos el 25 % de la tierra cultivable se dedique a la agricultura ecológica.

La estrategia también tiene como objetivo la implantación de la banda ancha en todas las áreas rurales de aquí a 2025.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Estrategia «de la granja a la mesa» para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente [COM(2020) 381 final de 20.5.2020].

DOCUMENTOS CONEXOS

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la experiencia adquirida por los Estados miembros con la aplicación de los objetivos nacionales establecidos en sus planes de acción nacionales y sobre los avances conseguidos en la aplicación de la Directiva 2009/128/CE relativa al uso sostenible de los plaguicidas [COM(2020) 204 final de 20.5.2020].

Documento de trabajo de los servicios de la Comisión: Evaluación del Reglamento (CE) n.o 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos y a las declaraciones de propiedades saludables en las plantas y sus preparaciones y del marco reglamentario general para su uso en los alimentos [SWD(2020) 95 final de 20.5.2020].

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030: Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas [COM(2020) 380 final de 20.5.2020].

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — El Pacto Verde Europeo [COM(2019) 640 final de 11.12.2019].

Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1924/2006 y (CE) n.o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.o 608/2004 de la Comisión (DO L 304 de 22.11.2011, pp. 18-63).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas (DO L 309 de 24.11.2009, pp. 71-86).

Véase la versión consolidada.

última actualización 05.02.2021

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