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Ecodesign requirements — electric motors and variable speed drives
Requisitos de diseño ecológico: motores eléctricos y variadores de velocidad
Requisitos de diseño ecológico: motores eléctricos y variadores de velocidad
El Reglamento establece requisitos de diseño ecológico* para la introducción en el mercado o la puesta en servicio de motores eléctricos* y los variadores de velocidad (VSD)*, incluidos los casos en que estén integrados en otros productos.
El Reglamento se aplica a:
Algunos tipos de equipos diseñados para funcionar en ciertas condiciones están exentos de algunos de los requisitos en materia de rendimiento energético e información sobre los productos; es el caso de:
El Reglamento:
Las autoridades nacionales deben aplicar los procedimientos de verificación recogidos en el anexo III cuando efectúen los controles de vigilancia del mercado.
El anexo IV establece índices de referencia basados en la mejor tecnología disponible en el mercado para motores y VSD para los aspectos ambientales considerados significativos y que son cuantificables. En el caso de los motores, se ha determinado que el nivel IE4 es la mejor tecnología disponible.
La Comisión deberá revisar el Reglamento a la luz del progreso tecnológico y presentar los resultados de dicha evaluación, incluyendo, en caso necesario, un proyecto de propuesta de revisión ante el Foro Consultivo a más tardar el 14 de noviembre de 2023.
El Reglamento modifica el Reglamento (CE) n.o 641/2009 y deroga el Reglamento (CE) n.o 640/2009.
Está en vigor desde el 1 de julio de 2021. Algunas obligaciones de antielusión y relativas a actualizaciones de software, así como las modificaciones al Reglamento (CE) n.o 641/2009, han estado en vigor desde el 14 de noviembre de 2019.
La Directiva 2009/125/CE establece un marco para la definición de requisitos de diseño ecológico para los productos relacionados con la energía. La Comisión debe definir dichos requisitos para los productos que se vendan y comercialicen ampliamente en la Unión Europea (UE) y tengan un impacto medioambiental importante.
La Directiva RAEE establece requisitos acerca de la reutilización, el desarmado y la valorización de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) para reducir el impacto medioambiental negativo de la generación y la gestión de RAEE, así como del uso de los recursos.
Para más información, véase:
Reglamento (UE) 2019/1781 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para los motores eléctricos y los variadores de velocidad de conformidad con la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, se modifica el Reglamento (CE) n.o 641/2009 en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los circuladores sin prensaestopas independientes y a los circuladores sin prensaestopas integrados en productos y se deroga el Reglamento (CE) n.o 640/2009 de la Comisión (DO L 272 de 25.10.2019, pp. 74-94).
Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2019/1781 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía (DO L 285 de 31.10.2009, pp. 10-35).
Véase la versión consolidada.
Reglamento (CE) n.o 641/2009 de la Comisión, de 22 de julio de 2009, por el que se desarrolla la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los circuladores sin prensaestopas independientes y a los circuladores sin prensaestopas integrados en productos (DO L 191 de 23.7.2009, pp. 35-41).
Véase la versión consolidada.
Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación del Reglamento (CE) n.° 640/2009 de la Comisión por el que se aplica la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para los motores eléctricos (publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la directiva) (DO L 394 de 20.12.2012, pp. 20-21).
última actualización 08.06.2021