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La legislación de la Unión Europea sobre sanidad animal

La legislación de la Unión Europea sobre sanidad animal

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2016/429 relativo a las enfermedades transmisibles de los animales

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

  • Tiene por objeto prevenir y controlar las enfermedades de los animales que pueden ser transmitidas a otros animales o a seres humanos.
  • La legislación sobre sanidad animal forma parte de un conjunto de medidas propuestas por la Comisión Europea en mayo de 2013 para reforzar la aplicación de las normas en materia de salud y seguridad en toda la cadena agroalimentaria.

PUNTOS CLAVE

Este Reglamento exhaustivo apoya los sectores ganadero y de producción de alimentos de la Unión Europea (UE), así como el mercado conexo de la UE en materia de sostenibilidad, competitividad, crecimiento y empleo. Sustituye y amplía las normas vigentes de la UE relativas a sanidad animal, agrupando la mayoría de ellas en una legislación más simple con un mayor énfasis en las prioridades fundamentales para hacer frente a la enfermedad. Entre dichas prioridades se encuentran:

  • unas responsabilidades más claras para los agricultores (explotaciones ganaderas y de pescados y mariscos) y otras personas implicadas (como los veterinarios) en la detección temprana a fin de evitar brotes importantes de enfermedades o de prevenir la propagación de enfermedades con el objetivo de limitar sus daños;
  • una administración simplificada del comercio internacional en cuanto a determinados animales vivos y productos animales (como esperma, óvulos y embriones);
  • una base jurídica más clara y mejores herramientas para las autoridades veterinarias con el fin de luchar contra enfermedades transmisibles potencialmente devastadoras, en especial en cuanto a su vigilancia, diagnóstico y notificación;
  • una mayor flexibilidad para ajustar las normas a las circunstancias y las cuestiones emergentes de ámbito local, como el cambio climático y social;
  • la reducción de los efectos adversos en la sanidad animal y humana, así como en el medio ambiente.

Establece requisitos para:

  • la prevención de enfermedades y la preparación ante posibles brotes (por ejemplo, medidas de bioprotección*) como la utilización de herramientas de diagnóstico, la vacunación y los tratamientos médicos;
  • la identificación y el registro de animales y de determinados productos animales (por ejemplo, esperma, óvulos y embriones), así como la certificación y la trazabilidad de sus partidas;
  • la entrada de animales y productos animales en la UE y su desplazamiento dentro de esta;
  • el control y la erradicación de enfermedades, incluidas las medidas de emergencia como las restricciones del desplazamiento de animales, la matanza y la vacunación.

Las normas abarcan las enfermedades animales de todos los animales en cautividad (incluidas las mascotas en algunos casos), los animales salvajes y los productos animales, tanto terrestres como acuáticos. No abarcan directamente el bienestar animal, aunque se reconoce y se tiene en cuenta la relación entre la salud de los animales y su bienestar al considerar el impacto de la enfermedad.

La legislación de la Unión Europea sobre sanidad animal se complementa en los siguientes aspectos:

  • la trazabilidad y los requisitos de sanidad animal para los desplazamientos dentro de la UE de productos reproductivos (esperma, óvulos y embriones) de determinados animales terrestres en cautividad y la autorización de establecimientos de productos reproductivos (establecimientos en los que se producen o transforman productos reproductivos);
  • la prevención y el control de determinadas enfermedades;
  • los requisitos de sanidad animal para desplazamientos dentro de la UE de animales terrestres y huevos para incubar;
  • la vigilancia, la erradicación y la declaración de estatus de libre de enfermedad en el caso de determinadas enfermedades;
  • las normas para piscifactorías y transportistas de animales acuáticos;
  • las normas para la entrada, el desplazamiento y la manipulación de las partidas de determinados animales, material reproductivo y productos de origen animal en la UE;
  • las normas sobre establecimientos que tengan animales terrestres y plantas de incubación, y sobre la trazabilidad de ciertos animales terrestres en cautividad y huevos para incubar;
  • las enfermedades sujetas a programas de vigilancia de la UE, su ámbito geográfico y las enfermedades para las que puedan declararse zonas libres de enfermedades;
  • los requisitos de sanidad animal para los desplazamientos dentro de la UE de animales acuáticos y productos de origen animal procedentes de animales acuáticos.

Los reglamentos que complementan la legislación de la Unión Europea sobre sanidad animal son:

  • Reglamento Delegado (UE) 2018/1629 relativo a la lista de enfermedades;
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 relativo a las categorías de enfermedades enumeradas en la lista (véase la versión consolidad);
  • Reglamento Delegado (UE) 2019/2035 relativo a los establecimientos de cría de animales terrestres y de incubación, y a la trazabilidad (véase la versión consolidada);
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/686 sobre los desplazamientos dentro de la UE de productos reproductivos de determinados animales terrestres en cautividad (véase la versión consolidada);
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/687 sobre las normas relativas a la prevención y el control de determinadas enfermedades (véase la versión consolidada);
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/688 sobre los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la UE de animales terrestres y de huevos para incubar (véase la versión consolidada);
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/689 sobre las normas de vigilancia y los programas de erradicación con respecto a determinadas enfermedades emergentes (véase la versión consolidada);
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/690 sobre las enfermedades de la lista objeto de programas de vigilancia de la UE;
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/691 sobre las normas para los establecimientos de acuicultura;
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/692 sobre las normas para la entrada en la UE, y para el desplazamiento y la manipulación tras la entrada, de las partidas de determinados animales, productos reproductivos y productos de origen animal (véase la versión consolidada);
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/990 sobre los requisitos zoosanitarios y de certificación para los desplazamientos dentro de la UE de animales acuáticos y productos de origen animal;
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2020/999 sobre la autorización de establecimientos de productos reproductivos y la trazabilidad de los productos reproductivos de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y equinos;
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2002 relativo a los informes sobre las enfermedades enumeradas en la lista (véase la versión consolidad);
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/2154 sobre los requisitos zoosanitarios, de certificación y de notificación para los desplazamientos dentro de la UE de productos de origen animal procedentes de animales terrestres;
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2235 sobre los modelos de certificados zoosanitarios para la entrada en la UE y los desplazamientos dentro de la UE de las partidas de determinadas categorías de animales y mercancías (véase la versión consolidada);
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2020/2236 sobre los modelos de certificados zoosanitarios para la entrada en la UE y los desplazamientos dentro de la UE de las partidas de animales acuáticos (véase la versión consolidada);
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 sobre los modelos de certificados zoosanitarios para la entrada en la UE y los desplazamientos dentro de la UE de las partidas de animales terrestres (véase la versión consolidada);
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 relativo a las listas de terceros países, territorios, o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la UE de animales, productos reproductivos y productos de origen animal (véase la versión consolidada);
  • Reglamento Delegado (UE) 2021/520 en lo que respecta a la trazabilidad de determinados animales terrestres en cautividad (véase la versión consolidada);
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2021/963 sobre la identificación y el registro de equinos y por el que se establecen modelos de documentos de identificación para esos animales;
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2037 relativo a las exenciones de las obligaciones de registro de los establecimientos de acuicultura y de conservación de documentos de los operadores;
  • Reglamento Delegado (UE) 2022/139 relativo a la gestión, el almacenamiento y la reposición de las existencias de los bancos de antígenos, vacunas y reactivos de diagnóstico de la UE y a los requisitos de bioprotección, bioseguridad y biocontención para el funcionamiento de dichos bancos;
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2022/140 relativo a los bancos de antígenos, vacunas y reactivos de diagnóstico;
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1345 relativo al registro y la autorización de establecimientos que tengan animales terrestres en cautividad y donde se recojan, elaboren, transformen o almacenen productos reproductivos.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

El Reglamento está en vigor desde el 21 de abril de 2021. No obstante, incluye algunas medidas transitorias y derogaciones de la legislación anterior que se aplican desde el 21 de abril de 2016.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Bioprotección. Procedimientos de gestión, acciones e instalaciones destinadas a reducir el riesgo de enfermedades en animales.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (DO L 84 de 31.3.2016, pp. 1-208).

Las modificaciones sucesivas al Reglamento (UE) 2016/429 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 22.03.2023

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