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eu-LISA: gestión de sistemas informáticos en el ámbito de los controles fronterizos y de migración

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eu-LISA: gestión de sistemas informáticos en el ámbito de los controles fronterizos y de migración

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.o 1077/2011 por el que se establece una Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

  • Establece oficialmente eu-LISA, la agencia responsable de la gestión de sistemas informáticos de gran magnitud de la Unión Europea (UE) pertinentes para la libertad, la seguridad y la justicia.
  • Además, define el estatuto jurídico de la agencia, sus tareas y su estructura de gestión interna (gobernanza y organización interna).

PUNTOS CLAVE

La principal misión de eu-LISA es:

  • proporcionar a los países de la UE soluciones de alta calidad para los sistemas informáticos de gran magnitud existentes y para otros que puedan desarrollarse en el futuro;
  • reforzar la confianza entre todos los actores implicados y garantizar el uso de la mejor tecnología disponible, sujeta a un análisis coste-beneficio, para los sistemas en todo momento;
  • crecer como centro de excelencia.

Un servicio seguro e ininterrumpido para sistemas informáticos de gran magnitud

La principal función operativa de eu-LISA consiste en garantizar que estos sistemas informáticos funcionen las veinticuatro horas del día siete días por semana. Ofrece un entorno seguro para el funcionamiento continuo de los tres sistemas informáticos de la UE esenciales para salvaguardar el espacio Schengen y la gestión de fronteras y para la ejecución de las políticas de asilo y visado, a saber:

  • El Eurodac (base de datos dactiloscópica de los solicitantes de asilo) que ayuda a determinar la responsabilidad del examen de las solicitudes de asilo de la UE mediante la comparación de las impresiones dactilares. Los veintiocho países de la UE, además de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza como países asociados, usan el sistema.
  • El SIS II (Sistema de Información de Schengen de segunda generación) que permite intercambiar información entre las autoridades nacionales de control fronterizo, las autoridades aduaneras y las policiales para garantizar un alto nivel de seguridad en el espacio Schengen. Los países de la UE (excepto Irlanda, Croacia y Chipre) y los cuatro países asociados usan el sistema. El Reino Unido interviene únicamente en el aspecto relativo a la aplicación de la ley del SIS.
  • El VIS (sistema de información sobre visados) que contribuye a la aplicación de la política común de visados de la UE. Permite a los países del espacio Schengen intercambiar información sobre visados, es decir, decisiones relativas a las solicitudes de visados de estancia corta para para visitas o tránsitos en el espacio Schengen. Los países de la UE (excepto Bulgaria, Irlanda, Croacia, Chipre, Rumanía y el Reino Unido) y los cuatro países asociados usan el sistema.

eu-LISA también se encarga de:

  • el intercambio continuo y seguro de datos entre las autoridades nacionales y los operadores de eu-LISA, y de la cooperación entre los organismos de seguridad pertinentes de la UE;
  • el diseño, el desarrollo, el inicio y la aplicación de nuevos sistemas;
  • la ejecución de proyectos piloto a petición de la Comisión Europea;
  • salvaguardar la protección de los datos de los ciudadanos almacenados en los sistemas informáticos.

Estructura y gobernanza

eu-LISA es un sistema autónomo, tanto legal como financieramente. Tiene su sede en Tallin (Estonia). Su gestión operativa se lleva a cabo en Estrasburgo (Francia) y hay un emplazamiento de reserva en Sankt Johann im Pongau (Austria).

Su estructura administrativa y de gestión integra un consejo de administración, un director ejecutivo y grupos consultivos sobre el SIS II, el VIS y el Eurodac.

Sistema de Entradas y Salidas de la Unión Europea

En 2017, la UE adoptó el Reglamento (UE) 2017/2226 por el que se crea un nuevo sistema informático, el Sistema de Entradas y Salidas (SES), con el fin de mejorar los controles en las fronteras exteriores del espacio Schengen. A eu-LISA se le otorga la función de desarrollar el SES y garantizar su gestión operativa.

Informe

La Comisión presentó su informe en el que se evalúa el funcionamiento de eu-LISA desde su creación. Las conclusiones del informe fueron ampliamente positivas y mencionan que eu-LISA es eficiente, cada vez adquiere más importancia y se ha convertido en un proveedor fiable para la gestión operativa del SIS, VIS y Eurodac.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 21 de noviembre de 2011 y eu-LISA empezó a funcionar el 1 de diciembre de 2012.

ANTECEDENTES

Para obtener más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.o 1077/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, por el que se establece una Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (DO L 286 de 1.11.2011, pp. 1-17)

Las sucesivas modificaciones del Reglamento (UE) n.o 1077/2011 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el funcionamiento de la Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia («eu-LISA») [COM(2017)346 final de 29.6.2017]

Reglamento (UE) 2017/2226 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2017, por el que se establece un Sistema de Entradas y Salidas (EES) para registrar los datos de entrada y salida y de denegación de entrada relativos a nacionales de terceros países que crucen las fronteras exteriores de los Estados miembros, se determinan las condiciones de acceso al SES con fines policiales y se modifican el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen y los Reglamentos (CE) n.o 767/2008 y (UE) n.o 1077/2011 (DO L 327 de 9.12.2017, pp. 20-82)

última actualización 21.06.2018

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