This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Reduction of pollution caused by waste from the titanium dioxide industry
Reducción de la contaminación producida por los residuos de la industria del dióxido de titanio
Reducción de la contaminación producida por los residuos de la industria del dióxido de titanio
This summary has been archived and will not be updated, because the summarised document is no longer in force or does not reflect the current situation.
Reducción de la contaminación producida por los residuos de la industria del dióxido de titanio
La legislación de la Unión Europea (UE) relativa a la contaminación producida por los residuos de la industria del dióxido de titanio se rige actualmente por la Directiva 2010/75/UE sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación).
ACTO
Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación).
SÍNTESIS
Los residuos del dióxido de titanio pueden dar lugar a niveles graves de contaminación de la atmósfera y el agua. Por este motivo, la Directiva 2010/75/UE dedica un capítulo específico a los residuos del dióxido de titanio y establece valores límite rigurosos para las emisiones.
Prohibición de la eliminación de residuos
No deben emitirse los tipos de residuos siguientes a ninguna masa de agua, mar u océano:
Control de las emisiones al agua
Se han establecido valores límite de emisiones al agua (anexo VIII, parte 1).
Prevención y control de las emisiones a la atmósfera
Debe evitarse la emisión de gotitas ácidas procedentes de las instalaciones.
Se han establecido valores límite de emisiones a la atmósfera (anexo VIII, parte 2).
Monitorización de las emisiones
Los Estados miembros de la UE deben velar por que se controlen las emisiones al agua y a la atmósfera y por el pleno cumplimiento de las condiciones establecidas en el permiso de funcionamiento de la instalación (por ejemplo, adopción de medidas preventivas contra la contaminación; aplicación de las mejores técnicas disponibles [MTD]; reducción, reciclaje o eliminación de los residuos de la forma que menos contamine; maximización de la eficiencia energética, etc.).
La monitorización debe llevarse a cabo de conformidad con las normas CEN (u otras normas reconocidas que garanticen la obtención de datos de calidad científica equivalente). Las especificaciones relativas al proceso de monitorización se incluyen en el anexo VIII, parte 3.
REFERENCIAS
Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial de la Unión Europea |
Directiva 2010/75/UE |
6.1.2011 |
7.1.2013 |
DO L 334 de 17.12.2010 |
Última modificación: 11.08.2014