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Máximo aprovechamiento de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

Máximo aprovechamiento de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Directiva 2012/19/UE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Esta Directiva tiene como objetivo proteger el medio ambiente y la salud humana fomentando una producción y un consumo sostenibles. Para ello:

  • previniendo la creación de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE)1;
  • promoviendo la reutilización, el reciclaje y otras formas de valorizar residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE)2;
  • apoyando el uso eficaz de los recursos y la recuperación de materias primas secundarias valiosas.

Una Directiva de modificación, la Directiva (UE) 2024/884, aclara la responsabilidad de pagar determinados costes de gestión y eliminación de residuos, ajustando la Directiva a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asimismo, introduce una cláusula de revisión en la que se exige a la Comisión Europea que evalúe la necesidad de revisar la Directiva antes de finales de 2026.

PUNTOS CLAVE

La legislación:

  • refunde y deroga la directiva RAEE original (Directiva 2002/96/CE) que ha sido sustancialmente modificada desde su adopción;
  • agrupa los RAEE en diferentes categorías, como grandes y pequeños aparatos, aparatos de intercambio de temperatura, pantallas, lámparas y equipos informáticos y de telecomunicaciones pequeños;
  • no es aplicable a determinados tipos de AEE, especialmente a aquel material con fines militares o espaciales, bombillas de filamentos o productos sanitarios implantables activos o medios de transporte.

Los Estados miembros de la Unión Europea (UE) deben hacer lo siguiente.

  • Fomentar la cooperación entre productores y responsables del reciclaje para diseñar aparatos que se puedan reutilizar, desarmar y valorizar en consonancia con la directiva de diseño ecológico (Directiva 2009/125/CE);
  • Reducir al mínimo la eliminación de RAEE como residuos urbanos no seleccionados;
  • Permitir que los hogares particulares y los distribuidores devuelvan sus RAEE de forma gratuita;
  • Prohibir la eliminación de RAEE recogidos por separado que no se hayan tratado adecuadamente;
  • Asegurar un índice mínimo anual de recogida de RAEE. A partir de 2016, fue el 45 % del peso total de los AEE que se vendieron durante los tres últimos años. A partir de 2019, este objetivo se elevó al 65 %, lo cual equivale al objetivo de recogida del 85 % de los RAEE generados. En un futuro próximo podrán fijarse objetivos más ambiciosos.

Bulgaria, República Checa, Letonia, Lituania, Hungría; Malta, Polonia, Rumanía, Eslovenia y Eslovaquia pudieron retrasar la consecución del índice de recogida de 2019 hasta 2021 por la ausencia de infraestructura necesaria y sus bajos niveles de uso de AEE.

Los Estados miembros deben, asimismo:

  • verificar que todas las plantas de tratamiento de RAEE tengan licencia oficial;
  • establecer un registro de todas las empresas que produzcan o importen AEE;
  • llevar a cabo inspecciones que garanticen el cumplimiento de la legislación y establecer sanciones penales en caso de ilegalidad;
  • exigir a los productores que:
    • cumplan los objetivos mínimos de tratamiento para las diferentes categorías de RAEE,
    • financien el coste de recogida, tratamiento, valorización y eliminación respetuosa con el medio ambiente por parte de todos los usuarios, aparte de los procedentes de hogares particulares, de los productos puestos en venta desde el ,
    • proporcionen información al público sobre cómo se pueden recoger y devolver los RAEE.

A raíz de la sentencia del Tribunal, para mantener el principio de seguridad jurídica, la Directiva modificativa (UE) 2024/884 aclara que:

  • los costes correspondientes a la gestión y eliminación de residuos de los paneles fotovoltaicos comercializados después del siguen correspondiendo al productor de AEE; y
  • la responsabilidad ampliada del productor para los productos AEE que hayan entrado en el ámbito de aplicación de la Directiva a partir del debe aplicarse a los productos comercializados después de esa fecha.

Actos de ejecución

En abril de 2017, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/699. Este define los métodos para calcular:

  • el peso de los AEE vendidos en cada uno de los mercados de cada Estado miembro;
  • la cantidad de RAEE generada por unidad de peso en cada Estado miembro.

En febrero de 2019, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/290, que establece el formato para la inscripción en el registro y para la presentación de informes de los productores de AEE al registro.

En diciembre de 2019, la Comisión adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2019/2193, que establece normas relativas al cálculo, la verificación y la comunicación sobre los objetivos mínimos de recuperación de RAEE y establece formatos para la comunicación de datos.

Revisión

La Comisión debe evaluar si es necesario revisar la Directiva 2012/19/UE y, en caso afirmativo, presentará una propuesta legislativa a este respecto a más tardar el , acompañada de una evaluación detallada de las repercusiones socioeconómicas y medioambientales.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTAS NORMAS?

La Directiva 2012/19/UE refundió y sustituyó la Directiva 2002/96/CEE existente y sus modificaciones posteriores. La Directiva debía transponerse a la legislación nacional a más tardar el .

La Directiva de modificación (UE) 2024/884 debe incorporarse a la legislación nacional a más tardar el .

ANTECEDENTES

  • Los residuos de AEE, como ordenadores, televisiones, frigoríficos y teléfonos móviles aumentan cada año. En 2005, los AEE generaron aproximadamente 9 millones de toneladas de residuos. En 2021 se alcanzaron unas 13,5 millones de toneladas.
  • Los residuos no solo contienen recursos escasos y caros que pueden reutilizarse, sino que también presentan material peligroso que debe gestionarse adecuadamente para evitar problemas medioambientales y de salud.
  • Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Todos los aparatos eléctricos y electrónicos, objetos o sustancias sobre los que hay, de hecho, intención u obligación de desprenderse.
  2. Aparatos eléctricos y electrónicos. Aparatos que necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos para funcionar adecuadamente.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) (refundición) (DO L 197 de , pp. 38-71).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2012/19/UE se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización

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