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Programa europeo de vigilancia por satélite (Copernicus): aspectos climáticos

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Programa europeo de vigilancia por satélite (Copernicus): aspectos climáticos

Copernicus es un programa civil que utiliza tecnologías por satélite para vigilar la Tierra. Proporciona información fiable y actualizada sobre el estado del medio ambiente realizando un seguimiento regular de los cambios que se producen en la atmósfera, los océanos y la superficie terrestre. El valor de estos datos es inestimable para combatir el cambio climático, así como para sectores tan diversos como la salud humana y el turismo.

ACTO

Reglamento (UE) no 377/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, por el que se establece el Programa Copernicus y se deroga el Reglamento (UE) no 911/2010.

SÍNTESIS

¿QUÉ HACE ESTE REGLAMENTO?

Constituye un marco legal para el programa Copernicus para el período 2014-2020, fijando normas de funcionamiento y estableciendo sus objetivos principales. La vigilancia del cambio climático conforma uno de los seis ámbitos para los que se han diseñado específicamente los servicios de Copernicus. Los restantes son: la vigilancia terrestre, marina y atmosférica, la respuesta a emergencias y un servicio de seguridad.

PUNTOS CLAVE

  • El servicio relativo al cambio climático facilita información para apoyar las políticas de adaptación y mitigación con el fin de ajustarse al cambio climático y reducir su impacto.
  • Se centra en variables climáticas esenciales (VCE) o indicadores, como el incremento de la temperatura, el aumento del nivel del mar, la fusión de las capas de hielo y el calentamiento de los océanos.
  • Utiliza índices del clima (basándose en los registros de temperaturas, precipitaciones y sequías) para identificar factores climáticos, proyectar escenarios de cambio climático y evaluar el impacto sobre la sociedad.
  • El Centro Europeo de Previsiones Meteorológicas a Medio Plazo, en virtud de un acuerdo de noviembre de 2014 con la Comisión, realiza el servicio.
  • Se prevé que alcance toda su capacidad operativa tres años después de iniciar su actividad.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

A partir del 1 de enero de 2014.

ANTECEDENTES

Los responsables políticos y las autoridades públicas utilizan los datos proporcionados por Copernicus para desarrollar legislación y políticas ambientales, y para reaccionar ante catástrofes naturales y crisis humanitarias. Las conclusiones están disponibles de forma gratuita, abriendo las puertas a oportunidades empresariales para empresas europeas, especialmente para las pymes.

Para obtener más información, véase:

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (UE) no 377/2014

1.1.2014

-

DO L 122 de 24.4.2014, pp. 44-66

última actualización 23.04.2015

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