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Recursos propios de la Unión Europea

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Recursos propios de la Unión Europea

La Unión Europea (UE) ha adoptado normas para la asignación de lo que se conoce como sus «recursos propios» , es decir, sus ingresos. La UE funciona sobre la base de un presupuesto equilibrado. El gasto de la UE debe, por lo tanto, estar totalmente financiado por sus recursos propios.

ACTO

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea

SÍNTESIS

La Unión Europea (UE) ha adoptado normas para la asignación de lo que se conoce como sus «recursos propios» , es decir, sus ingresos. La UE funciona sobre la base de un presupuesto equilibrado. El gasto de la UE debe, por lo tanto, estar totalmente financiado por sus recursos propios.

¿QUÉ HACE ESTA DECISIÓN?

Define los «recursos propios» , que consisten en:

  • los derechos de aduana percibidos por las importaciones de fuera de la UE y los impuestos sobre la producción de azúcar dentro de la UE (conocidos como recursos propios «tradicionales»);
  • los ingresos basados en una cuota del impuesto sobre el valor añadido (IVA), un impuesto sobre el consumo recaudado por los países de la UE;
  • los ingresos basados en la renta nacional bruta* (RNB) de cada país de la UE.

PUNTOS CLAVE

  • Existe un límite máximo global de recursos propios asignados para financiar los créditos para pagos anuales de la UE (es decir, las asignaciones de pagos que se deben efectuar con cargo al presupuesto de la UE), que no deberán rebasar el 1,23 % de la suma de la RNB de todos los países de la UE. Este límite garantiza una disciplina presupuestaria estricta.
  • De los recursos propios tradicionales, los países de la UE podrán retener un 20 % de los importes que recauden en concepto de gastos de recaudación (es decir, los gastos de recaudación de los derechos o impuestos).
  • Del IVA, se recauda un tipo estándar sobre la base del IVA armonizada de cada país de la UE. La base imponible que ha tenerse en cuenta a estos efectos no excederá del 50 % de la RNB de cada país. Como el consumo (y, por tanto, el IVA) de los países menos prósperos representa un porcentaje mayor de la RNB que en los países ricos, esto garantiza que los primeros no paguen un importe demasiado elevado.
  • En cuanto al recurso propio basado en la RNB, se recauda un porcentaje uniforme de la RNB de cada país de la UE. Este recurso propio es la mayor fuente de ingresos del presupuesto de la UE y sirve para financiar la parte del presupuesto que no cubren las otras fuentes de ingresos.
  • Se aplica un mecanismo de corrección en el caso de algunos países que se considera que contribuyen más al presupuesto de la UE de lo que deberían teniendo en cuenta su prosperidad relativa. Alemania, Países Bajos, Austria, Suecia y el Reino Unido (1) entran en esta categoría y pagan unas contribuciones reducidas.

ANTECEDENTES

La Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo es uno de los tres actos jurídicos que conforman lo que se conoce como el paquete de «recursos propios» vinculado al marco financiero plurianual de la UE, esto es, el plan de gastos de la UE para el período 2014-2020. Los dos otros actos del paquete son:

  • el Reglamento (EU, Euratom) no 609/2014 sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de los recursos propios tradicionales y basados en el IVA y en la RNB, y sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería;
  • el Reglamento (UE, Euratom) no 608/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, por el que se establecen medidas de ejecución del sistema de recursos propios de la Unión Europea.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA DECISIÓN?

A partir del 1 de enero de 2014.

Para obtener más información, véase la página web de la Comisión Europea ¿De dónde viene el dinero?

TÉRMINOS CLAVE

*Renta nacional bruta (RNB): la suma de los ingresos de los residentes de una economía durante un período determinado.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Fecha de aplicación

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo

El primer día del mes siguiente a la conclusión de su ratificación por todos los Estados miembros

1.1.2014

-

DO L 168 de 7.6.2014, pp. 105-111

ACTOS CONEXOS

Reglamento (UE, Euratom) no 608/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, por el que se establecen medidas de ejecución del sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, pp. 29-38)

Reglamento (UE, Euratom) no 609/2014 del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre los métodos y el procedimiento de puesta a disposición de los recursos propios tradicionales y basados en el IVA y en la RNB y sobre las medidas para hacer frente a las necesidades de tesorería (Refundición) (DO L 168 de 7.6.2014, pp. 39-52)

última actualización 23.08.2015



(1) El Reino Unido se retira de la Unión Europea y se convierte en un tercer país (no perteneciente a la UE) a partir del 1 de febrero de 2020.

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