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Document 32013R0139
Condiciones de importación y requisitos de cuarentena para aves
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Condiciones de importación y requisitos de cuarentena para aves
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO
SÍNTESIS
¿QUÉ HACE ESTE REGLAMENTO?
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Especifica los pájaros que se pueden importar a la Unión Europea (UE) y las condiciones que han de cumplir.
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Tiene por objeto garantizar que determinadas aves no traigan consigo enfermedades, como por ejemplo la influenza aviar o la enfermedad de Newcastle.
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PUNTOS CLAVE
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Solamente se pueden importar aves de centros de reproducción autorizados de países de fuera de la UE.
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Las aves deben haber sido criadas en cautividad, sometidas a pruebas de detección de virus una o dos semanas antes de su envío y no haber sido vacunadas contra la influenza aviar.
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Deben disponer de su propio certificado zoosanitario y un número de identificación individual que figure en una anilla o en un microchip.
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Cada país de la UE tiene centros de cuarentena autorizados a los que se transportan las aves en vehículos precintados durante las nueve horas posteriores a su inspección en la frontera.
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Las aves deben permanecer en cuarentena al menos treinta días y, como precaución mínima, deben ser examinadas al inicio y al final de su estancia.
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Durante la cuarentena, se toman muestras de las aves para detectar la influenza aviar y la enfermedad de Newcastle.
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En caso de confirmarse una enfermedad, se matarán y destruirán todas las aves afectadas, se limpiará y desinfectará el centro y ninguna otra ave podrá salir de la cuarentena hasta que los resultados de sus pruebas de virus sean negativos.
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Si están infectados loros, papagayos y cacatúas, estos pueden ser tratados y deben permanecer en cuarentena al menos durante los dos meses siguientes al último caso registrado.
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Las autoridades nacionales deben informar a la Comisión Europea en un plazo de veinticuatro horas de todo brote de influenza aviar o enfermedad de Newcastle.
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Asimismo, deben presentar un informe anual a la Comisión sobre el número de aves importadas, su tasa de mortalidad y todos los casos de enfermedades detectadas durante la cuarentena.
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Esta legislación no es aplicable a las aves de corral, animales de compañía, palomas de carreras, aves para programas de conservación, parques zoológicos, circos, parques de atracciones o experimentos ni a las importadas de Andorra, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Suiza y el Estado de la Ciudad del Vaticano.
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¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?
Entró en vigor el 12 de marzo de 2013.
ACTO
Reglamento de Ejecución (UE) no 139/2013 de la Comisión, de 7 de enero de 2013, por el que se establecen condiciones zoosanitarias para la importación de determinadas aves en la Unión y las correspondientes condiciones de cuarentena (DO L 47 de 20.2.2013, pp. 1-17).
última actualización 05.01.2016