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Document 32024R0903

Reglamento sobre la Europa Interoperable

Reglamento sobre la Europa Interoperable

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2024/903 por el que se establecen medidas a fin de garantizar un alto nivel de interoperabilidad del sector público en toda la Unión

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento (UE) 2024/903 tiene por objeto facilitar la interacción entre las instituciones y las agencias de la Unión Europea (UE) y los organismos del sector público de los Estados miembros de la UE mediante el intercambio de datos, información y conocimientos a través de procesos digitales (interoperabilidad transfronteriza), el fomento de una mayor cooperación y la facilitación de flujos transfronterizos de datos sin interrupciones.

PUNTOS CLAVE

Objetivos

El Reglamento:

  • establece un marco jurídico claro para apoyar la interoperabilidad de los servicios públicos digitales transeuropeos entre los distintos niveles y sectores administrativos;
  • promueve la transformación digital de las administraciones públicas y aspira a lograr unos servicios públicos plenamente interoperables de aquí a 2030;
  • mejora la conectividad e inclusión, con el objetivo de garantizar que los beneficios de la transformación digital lleguen a las zonas rurales y remotas.

Evaluación de la interoperabilidad e intercambio de soluciones

Las entidades de la Unión y los organismos del sector público se encargan de:

  • llevar a cabo evaluaciones de interoperabilidad antes de implantar sistemas digitales nuevos o modificados;
  • evaluar los efectos de tales sistemas digitales nuevos o modificados en la interoperabilidad transfronteriza;
  • identificar y consultar a las partes interesadas afectadas/en cuestión;
  • identificar obstáculos y proponer soluciones para los servicios públicos digitales transfronterizos; y
  • compartir soluciones de interoperabilidad, es decir, activos reutilizables que permitan la interoperabilidad transfronteriza, como marcos, directrices, arquitecturas de referencia, especificaciones técnicas, normas, servicios y aplicaciones, y códigos fuente.

Alcanzar la Europa Interoperable

La Comisión Europea:

  • establece el portal de la Europa Interoperable para proporcionar acceso a soluciones de interoperabilidad, fomentar el intercambio de conocimientos y apoyar la transformación digital del sector público;
  • publica soluciones de la Europa Interoperable y el Marco Europeo de Interoperabilidad en el portal, garantizando que sean accesibles, legibles por máquina y reutilizables.

Apoyo y formación en materia de gobernanza de la Europa Interoperable

El Comité de la Europa Interoperable creado por el Reglamento:

  • está formado por representantes de cada Estado miembro y de la Comisión;
  • desarrolla el Marco Europeo de Interoperabilidad, que ofrece recomendaciones para la interoperabilidad jurídica, organizativa, semántica y técnica;
  • recomienda soluciones de la Europa Interoperable, que se publican posteriormente en el portal;
  • facilita la cooperación estratégica y proporciona asesoramiento sobre la aplicación del Reglamento;
  • adopta directrices y propone medidas para mejorar la interoperabilidad del sector público.

El Comité puede proponer a la Comisión lo siguiente:

  • proyectos de apoyo a la ejecución para ayudar a los organismos del sector público en la aplicación de la política digital y garantizar la interoperabilidad transfronteriza;
  • medidas de innovación para apoyar el desarrollo y la adopción de soluciones innovadoras de interoperabilidad;
  • espacios controlados de pruebas de interoperabilidad para fomentar la innovación, facilitar la cooperación transfronteriza y apoyar ecosistemas «GovTech» europeos, con directrices estrictas para el tratamiento de datos y la responsabilidad de los participantes.

Formación y revisión

  • La Comisión, asistida por el Comité, proporciona cursos y material de formación sobre la interoperabilidad, incluidos los programas de certificación para promover las mejores prácticas y las cualificaciones.
  • Un mecanismo voluntario de revisión por pares apoya a los organismos del sector público en la aplicación de soluciones de la Europa Interoperable y en la realización de evaluaciones.

La Comunidad de la Europa Interoperable

  • Compuesta por partes interesadas públicas y privadas, proporciona conocimientos especializados y asesoramiento al Comité.
  • Cada Estado miembro designa las autoridades competentes y un punto de contacto único responsable de la aplicación y coordinación del Reglamento.
  • Las entidades de la UE que participan en los servicios públicos digitales transeuropeos designan un coordinador de interoperabilidad para garantizar el cumplimiento y el apoyo.

Planificación y seguimiento

  • El Comité adopta un Programa de la Europa Interoperable anual para coordinar las prioridades para desarrollar la interoperabilidad transfronteriza.
  • La Comisión supervisa e informa sobre los avances de los servicios públicos digitales transeuropeos, centrándose en la interoperabilidad transfronteriza, la aplicación del Marco Europeo de Interoperabilidad y el desarrollo de soluciones de código abierto.
  • Se presentan informes anuales al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea.

Presupuesto

El presupuesto general de la UE cubre los costes relacionados con el desarrollo y el mantenimiento del portal de la Europa Interoperable y las medidas de apoyo.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Se aplica a partir de . Las normas sobre las evaluaciones de interoperabilidad, el intercambio de soluciones entre los organismos de la UE y los organismos del sector público y la designación de las autoridades nacionales competentes y los puntos de contacto únicos se aplican a partir del .

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2024/903 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , por el que se establecen medidas a fin de garantizar un alto nivel de interoperabilidad del sector público en toda la Unión (Reglamento sobre la Europa Interoperable) (DO L, 2024/903, ).

última actualización

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