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Document 32019R0947

Aeronaves no tripuladas: normas y procedimientos de utilización

Aeronaves no tripuladas: normas y procedimientos de utilización

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Su objetivo es garantizar que el creciente tráfico de drones por toda la Unión Europea (UE) sea seguro para las personas en tierra y en el aire.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento de Ejecución establece normas para la utilización de drones (que se refieren a una aeronave no tripulada y el equipo para controlarla) y para el personal, incluidos los pilotos a distancia y las organizaciones que participen en dichas operaciones.

Autorización operacional

El Reglamento define tres categorías de operaciones de drones.

  • Operaciones abiertas. Estas no requieren ninguna autorización ni declaración del operador antes del vuelo.
  • Operaciones específicas. Estas requieren una autorización operacional expedida por la autoridad nacional competente, con algunas excepciones.
  • Operaciones certificadas. Estas requieren la certificación del dron de conformidad con un acto delegado adoptado por la Comisión Europea, el Reglamento Delegado (UE) 2019/945 (véase la síntesis). Requieren asimismo la certificación del operador y, en su caso, la obtención de una licencia por parte del piloto a distancia.

El Reglamento establece los requisitos aplicables a las operaciones en cada categoría; las normas y procedimientos aplicables a las operaciones de las categorías abierta y específica se establecen en el anexo A.

Pilotos a distancia

  • Las normas de competencia para los pilotos a distancia en las categorías abierta y específica se fijan en el anexo A.
  • Se exige una edad mínima de 16 años para las operaciones en las categorías abierta y específica, aunque existen algunas excepciones.
  • Los Estados miembros de la UE pueden reducir la edad mínima en hasta cuatro años en el caso de la categoría abierta y en dos años en el caso de la categoría específica.

Normas y procedimientos operativos

El Reglamento incluye normas y procedimientos relativos a una serie de aspectos, como:

  • la aeronavegabilidad de los drones;
  • las evaluaciones del riesgo operacional;
  • las operaciones de autorización en la categoría específica;
  • las operaciones de la categoría «específica» que cruzan las fronteras de la UE o que se realizan total o parcialmente en un Estado miembro distinto del de registro;
  • el registro de operadores y la certificación de los drones;
  • la definición de las zonas geográficas*;
  • las normas aplicables a los clubes y asociaciones de aeromodelismo.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 31 de diciembre de 2020.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

Zona geográfica. Parte del espacio aéreo establecida por la autoridad competente que facilita, restringe o excluye operaciones de sistemas de aeronaves no tripuladas con el fin de gestionar los riesgos para la seguridad, la protección, la privacidad, la protección de datos personales o el medio ambiente.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, de 24 de mayo de 2019, relativo a las normas y los procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas (DO L 152 de 11.6.2019, pp. 45-71).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2019/947 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento Delegado (UE) 2019/945 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, sobre los sistemas de aeronaves no tripuladas y los operadores de terceros países de sistemas de aeronaves no tripuladas (DO L 152 de 11.6.2019, pp. 1-40).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2018, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 2111/2005, (CE) n.o 1008/2008, (UE) n.o 996/2010, (CE) n.o 376/2014 y las Directivas 2014/30/UE y 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 552/2004 y (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CEE) n.o 3922/91 del Consejo (DO L 212 de 22.8.2018, pp. 1-122).

Véase la versión consolidada.

última actualización 02.12.2021

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