Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32015L0720

    Reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras en la Unión Europea

    Reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras en la Unión Europea

    La actual legislación de la Unión Europea sobre residuos de envases no contiene medidas específicas para las bolsas de plástico ligeras. Estas pueden tener un impacto perjudicial sobre el medio ambiente y debe reducirse su consumo.

    ACTO

    Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras

    SÍNTESIS

    La actual legislación de la Unión Europea sobre residuos de envases no contiene medidas específicas para las bolsas de plástico ligeras. Estas pueden tener un impacto perjudicial sobre el medio ambiente y debe reducirse su consumo.

    ¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?

    Modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases. Establece los medios y objetivos para reducir el consumo de bolsas de plástico ligeras, como la imposición de tasas o el establecimiento de objetivos nacionales de consumo máximo.

    PUNTOS CLAVE

    Los países de la UE deben adoptar medidas para reducir el consumo de bolsas de plástico ligeras*. Estas pueden incluir objetivos nacionales de reducción, restricciones de uso o medidas financieras, tales como el pago por las bolsas.

    Las medidas deben incluir una, o ambas, de las siguientes:

    • 1.
      la definición de un nivel de consumo máximo anual de:
      • noventa bolsas de plástico ligeras por persona a finales de 2019 (una reducción del 50 % respecto a 2010), y
      • cuarenta bolsas de plástico ligeras por persona a finales de 2025 (una reducción del 80 % respecto a 2010);
    • 2.

      la garantía de que, a finales de 2018, las bolsas de plástico ligeras no se proporcionen de forma gratuita en el punto de venta de mercancías o productos.

    Las bolsas de plástico muy ligeras* se pueden excluir de ambas medidas anteriores.

    A partir del 27 de mayo 2018, los países de la UE deben informar sobre su consumo anual de bolsas de plástico ligeras a la Comisión Europea.

    Antes de mayo de 2017, la Comisión trabajará en los detalles sobre las etiquetas o marcas de identificación de las bolsas de plástico biodegradables y compostables. Estas deberán utilizarse, a más tardar, dieciocho meses después de su aprobación.

    Los gobiernos de la UE y la Comisión fomentarán campañas de información y concienciación del público, sobre todo durante los doce meses posteriores al 27 de noviembre 2016.

    TÉRMINOS CLAVE

    * Bolsa de plástico ligera: espesor inferior a cincuenta micras.

    * Bolsa de plástico muy ligera: espesor inferior a quince micras, que se utiliza con fines higiénicos o como envase primario para alimentos a granel cuando su uso contribuye a prevenir el desperdicio.

    ANTECEDENTES

    Las bolsas de plástico ligeras son una fuente importante de basura, dañan el medio ambiente y representan un uso ineficaz de los recursos. Algunos países de la UE han logrado reducir significativamente su consumo: en los siete mejores, los niveles de consumo son una quinta parte de la media de la UE.

    Para obtener más información, véase Envases y residuos de envases en el sitio web de la Comisión Europea.

    REFERENCIAS

    Acto

    Entrada en vigor

    Plazo de transposición en los Estados miembros

    Diario Oficial de la Unión Europea

    Directiva (UE) 2015/720

    26.5.2015

    27.11.2016

    DO L 115 de 6.5.2015, pp. 11-15

    ACTOS CONEXOS

    Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, relativa a los envases y residuos de envases (DO L 365 de 31.12.1994, pp. 10-23). Véase la versión consolidada.

    última actualización 24.09.2015

    Arriba