EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32012L0027

La eficiencia energética

La eficiencia energética

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética

Directiva (UE) 2018/2002 por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

El objetivo de la Directiva 2012/27/UE, junto con su modificación, es adaptar la legislación de la Unión Europea (UE) en materia de energía a los objetivos de eficiencia energética y clima para 2030 y contribuir a la Estrategia de laUnión de la Energía con el fin de:

  • reducir la dependencia de la UE con respecto a las importaciones de energía,
  • disminuir las emisiones,
  • estimular el empleo y el crecimiento,
  • reforzar los derechos de los consumidores y
  • atenuar la pobreza energética.

PUNTOS CLAVE

El objetivo de la Directiva 2012/27/UE era mejorar la eficiencia energética en un 20 % para 2020 con respecto a los niveles de 1990 e incluía la obligación de que todos los países de la UE fijasen objetivos nacionales de eficiencia energética para lograrlo. Fomenta la eficiencia energética* a nivel de la UE a través de un marco común de medidas que cubre todas las fases de la cadena de la energía, desde la generación hasta la distribución y el consumo final.

Esta Directiva, modificada por la Directiva (UE) 2018/2002, junto con la Directiva sobre energía renovable y un nuevoReglamento sobre la Gobernanza, forman parte del paquete Energía limpia para todos los europeos.

Entre las principales modificaciones a la Directiva de 2012, se encuentran:

  • la consecución de un objetivo de eficiencia energética del 32,5 % para 2030 y la planificación de mejoras ulteriores más allá de dicha fecha;
  • la eliminación de obstáculos en el mercado de la energía que dificultan la eficiencia en el abastecimiento y el uso de la energía;
  • el establecimiento, por parte de los países de la UE, de sus propias contribuciones nacionales para 2020 y 2030;
  • a partir de 2020, los países de la UE exigirán a las empresas de servicios públicos que ayuden a sus clientes a utilizar un 0,8 % menos de energía al año (en el caso de Malta y Chipre un 0,24 %), lo que atraerá inversión privada y propiciará la participación de nuevos competidores en el mercado;
  • normas más claras sobre la medición y la facturación de la energía, reforzando los derechos de los consumidores, en particular de las personas que residen en edificios de apartamentos;
  • los países de la UE deben disponer de normas nacionales transparentes y a disposición del público relativas al reparto de los costes de los servicios de calefacción, refrigeración y agua caliente en edificios de apartamentos y edificios polivalentes donde se compartan estos servicios;
  • el refuerzo de los aspectos sociales de la eficiencia energética teniendo en cuenta la pobreza energética en el diseño de los programas de eficiencia energética y las medidas alternativas.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva 2012/27/UE está en vigor desde el 4 de diciembre de 2012 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 5 de junio de 2014.

La Directiva (UE) 2018/2002 está en vigor desde el 24 de diciembre de 2018 y, en su mayor parte, tiene que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 25 de junio de 2020, con la excepción de determinadas normas modificadas, cuyo plazo vence el 25 de octubre de 2020. Se trata de:

  • contadores de gas y electricidad;
  • contadores de calefacción, refrigeración y agua caliente para uso doméstico;
  • subcontaje y reparto de los costes de calefacción, refrigeración y agua caliente para uso doméstico;
  • requisito de lectura remota;
  • información sobre la facturación del gas y la electricidad;
  • información sobre la facturación y el consumo de calefacción, refrigeración y agua caliente para uso doméstico;
  • costes del acceso a la información sobre la medición y la facturación de la electricidad y del gas;
  • costes del acceso a la información sobre la medición, la facturación y el consumo de calefacción, refrigeración y agua caliente para uso doméstico;
  • requisitos mínimos de la facturación e información relativa a la facturación sobre la base del consumo real de electricidad y gas (en el anexo VII) y
  • un nuevo anexo VII bis sobre los requisitos mínimos de la información relativa a la facturación y el consumo de calefacción, refrigeración y agua caliente para uso doméstico.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Eficiencia energética: la relación entre un rendimiento, servicios, bienes o energía producidos y la cantidad de energía utilizada.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE (DO L 315 de 14.11.2012, pp. 1-56)

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2012/27/UE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Directiva (UE) 2018/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética (DO L 328 de 21.12.2018, pp. 210-230)

DOCUMENTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones: Energía limpia para todos los europeos [COM(2016) 860 final de 30.11.2016]

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones y al Banco Europeo de Inversiones: Estrategia Marco para una Unión de la Energía resiliente con una política climática prospectiva [COM(2015) 80 final de 25.2.2015]

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo: Aplicación de la Directiva de eficiencia energética — Orientaciones de la Comisión [COM(2013) 762 final de 6.11.2013]

última actualización 04.05.2023

Arriba