Emisiones procedentes de los sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor
SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:
Directiva 2006/40/CE relativa a las emisiones procedentes de los sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?
- Determina las normas de la Unión Europea (UE) para reducir las emisiones procedentes de los sistemas de aire acondicionado* y contempla la prohibición progresiva de los sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados con un potencial de calentamiento atmosférico (PCA)* superior a 150.
- Previene, así, los posibles obstáculos que podrían darse en el mercado interior de la UE como resultado del establecimiento de diferentes requisitos técnicos al respecto por parte de los países de la UE.
- Forma parte del procedimiento de homologación de tipo UE de los vehículos.
- Complementa la legislación de la UE relativa a la reducción de los gases fluorados de efecto invernadero en línea con los objetivos del Protocolo de Kyoto.
PUNTOS CLAVE
Normas técnicas
- La Directiva establece normas para controlar las fugas de los sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases de efecto invernadero con un PCA superior a 150. Así, una medida transitoria prohíbe la instalación de dichos sistemas, a menos que su índice de fuga no supere los límites máximos tolerados. Esta medida se aplica a todos los nuevos tipos de vehículos a partir del 21 de junio de 2008 y, a los vehículos nuevos a partir del 21 de junio de 2009.
- En una segunda etapa, la Directiva introduce la prohibición total de los sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un PCA superior a 150. La prohibición abarca a todos los nuevos tipos de vehículos desde el 1 de enero de 2011 y se aplica a todos los vehículos nuevos desde el 1 de enero de 2017.
- Establece también disposiciones sobre la retroadaptación y recarga de los sistemas de aire acondicionado.
Ámbito de aplicación
- La Directiva se aplica a automóviles de pasajeros (vehículos de categoría M1) y vehículos comerciales ligeros (vehículos de categoría N1, clase 1).
- Se trata de la primera fase de un conjunto de medidas legislativas relativo a los sistemas de aire acondicionado. El Reglamento (CE) n.o 706/2007 establece las normas administrativas respecto al procedimiento de homologación de tipo UE y un ensayo armonizado de detección de fugas para medir el índice de fuga de los gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?
Está en vigor desde el 4 de julio de 2006 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 3 de enero de 2008.
ANTECEDENTES
Para más información, véase:
TÉRMINOS CLAVE
Sistema de aire acondicionado: cualquier sistema cuya finalidad principal consiste en reducir la temperatura del aire y la humedad del compartimento de pasajeros de un vehículo.
Potencial de calentamiento atmosférico (PCA): el potencial de calentamiento climático de un gas fluorado de efecto invernadero en relación con el del dióxido de carbono. Se obtiene a partir del calentamiento de un kilogramo de gas en relación con un kilogramo de CO2 sobre un período de 100 años. Las cifras pertinentes del PCA son las publicadas en el Tercer Informe de Evaluación adoptado por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático («valores de PCA para 2001 del IPCC»).
DOCUMENTO PRINCIPAL
Directiva 2006/40/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo (DO L 161 de 14.6.2006, pp. 12-18).
DOCUMENTOS CONEXOS
Reglamento (UE) n.o 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 842/2006 (DO L 150 de 20.5.2014, pp. 195-230).
Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos (Directiva marco) (DO L 263 de 9.10.2007, pp. 1-160).
Las modificaciones y correcciones sucesivas de la Directiva 2007/46/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Reglamento (CE) n.o 706/2007 de la Comisión, de 21 de junio de 2007, por el que se establecen, con arreglo a la Directiva 2006/40/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, disposiciones administrativas para la homologación CE de tipo de vehículos y un ensayo armonizado para medir las fugas de determinados sistemas de aire acondicionado (DO L 161 de 22.6.2007, pp. 33-52).
Véase la versión consolidada.
última actualización 14.05.2019