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Document 31991L0674

Compañías de seguros: cuentas anuales

Compañías de seguros: cuentas anuales

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 91/674/CEE relativa a las cuentas anuales y a las cuentas consolidadas de las empresas de seguros

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Esta Directiva tiene por objeto garantizar que los balances de todas las compañías de seguros de la Unión Europea (UE) tengan la misma estructura y la misma denominación de las partidas a fin de asegurar la comparabilidad.

PUNTOS CLAVE

Esta Directiva se aplica a todas las compañías de seguros, salvo las pequeñas asociaciones mutuas que no realicen operaciones de seguros.

Complementaba la Cuarta Directiva del Consejo (Directiva 78/660/CEE) relativa a las cuentas anuales de las sociedades de responsabilidad limitada que posteriormente fue derogada y reemplazada por la Directiva 2013/34/UE (estados financieros anuales y consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas).

Aunque las normas de contabilidad nacionales pueden variar entre los distintos países de la UE, esta Directiva establece cierta información básica para poder garantizar una mejor comparabilidad de las cuentas consolidadas. Para ello, se determina con exactitud el contenido de las diferentes partidas de balance.

Para que se pueda apreciar correctamente la situación financiera de una compañía de seguros debe indicarse el valor actual de las inversiones, así como su valor calculado de acuerdo con el principio del precio de adquisición o del coste de producción.

Por lo que respecta a las provisiones para seguros de vida, puede recurrirse a métodos actuariales previstos, en su caso, por el Derecho nacional y respetando los principios actuariales reconocidos.

Por último, para el cálculo de la provisión para siniestros se prohíbe cualquier deducción o descuento implícito. Por otra parte, por motivos de prudencia y transparencia, se definen unas condiciones precisas para recurrir a la deducción o descuento explícito.

Para adaptar la información contable a los modelos de operaciones de seguros, se prevén determinadas obligaciones en lo tocante a las notas relativas a las cuentas, por ejemplo las primas brutas desglosadas por categoría de actividad (accidente y enfermedad, automóvil, incendio, etc.) y por mercado geográfico.

Debe poder obtenerse una copia de las cuentas y los informes anuales, mediante simple solicitud, y su precio no debe superar su coste administrativo.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva está en vigor desde el 23 de diciembre de 1991 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 1 de enero de 1994.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 91/674/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1991, relativa a las cuentas anuales y a las cuentas consolidadas de las empresas de seguros (DO L 374 de 31.12.1991, pp.7-31)

Las modificaciones y correcciones sucesivas a la Directiva 91/674/CEE se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 2013/34/EU del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los estados financieros anuales, los estados financieros consolidados y otros informes afines de ciertos tipos de empresas, por la que se modifica la Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo (DO L 182 de 29.6.2013, pp. 19-76)

Véase la versión consolidada.

Directiva 2006/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,de 14 de junio de 2006 por la que se modifican las Directivas del Consejo 78/660/CEE relativa a las cuentas anuales de determinadas formas de sociedad, 83/349/CEE relativa a las cuentas consolidadas, 86/635/CEE relativa a las cuentas anuales y a las cuentas consolidadas de los bancos y otras entidades financieras y 91/674/CEE relativa a las cuentas anuales y a las cuentas consolidadas de las empresas de seguros (DO L 224 de 16.8.2006, pp. 1-7)

Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 84/253/CEE del Consejo (DO L 157 de 9.6.2006, pp. 87-107)

Véase la versión consolidada.

Directiva 2003/51/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2003, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE, 83/349/CEE, 86/635/CEE y 91/674/CEE del Consejo sobre las cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas de sociedades, bancos y otras entidades financieras y empresas de seguros (DO L 178 de 17.7.2003, pp. 16-22)

Recomendación de la Comisión, de 30 de mayo de 2001, relativa al reconocimiento, la medición y la publicación de las cuestiones medioambientales en las cuentas anuales y los informes anuales de las empresas (DO L 156 de 13.6.2001, pp. 33-42)

última actualización 24.09.2018

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