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Programa plurianual «Energía inteligente - Europa» (2003-2006)

La presente Decisión establece un nuevo programa plurianual de acciones en el ámbito de la energía. Este programa refleja los objetivos actuales de la Unión Europea (UE) al respecto, es decir, el desarrollo sostenible y la seguridad del abastecimiento.

ACTO

Decisión nº 1230/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, por la que se adopta un programa plurianual de acciones en el ámbito de la energía: «Energía inteligente - Europa» (2003-2006) [Diario Oficial L 176 de 15.7.2003].

SÍNTESIS

Los sectores de la energía y de los transportes contribuyen de manera importante al cambio climático por ser los principales responsables de las emisiones de gases de efecto invernadero y por eso la política energética reviste una importancia especial en la estrategia comunitaria de desarrollo sostenible. Además, la Unión Europea depende cada vez más de las importaciones de energía procedente de terceros países, lo que conlleva riesgos económicos, sociales, políticos y de otro tipo para la Unión.

La UE desea reducir esta dependencia y mejorar la seguridad del abastecimiento mediante el fomento de otras formas de energía y la reducción de la demanda energética. En consecuencia, se hace hincapié sobre todo en la mejora de la eficiencia energética y en la promoción de las energías renovables.

Este programa garantiza la continuidad de la acción europea tal como se aplicó en el programa marco de energía (1998-2002) anterior.

Objetivos

Este nuevo programa tiene por objeto apoyar financieramente las iniciativas locales, regionales y nacionales en el ámbito de las energías renovables, de la eficiencia energética, de los aspectos energéticos del transporte y de la promoción internacional. El presupuesto asciende a 200 millones de euros en el período comprendido entre 2003 y 2006.

Sus objetivos específicos son:

  • Proporcionar los elementos necesarios para la promoción de la eficiencia energética y la mayor utilización de las fuentes de energía renovables con miras a reducir el consumo de energía y las emisiones de CO2.
  • Desarrollar instrumentos y medios, que podrán usar la Comisión y los Estados miembros, para realizar la supervisión y evaluación del impacto de las medidas adoptadas por los Estados miembros.
  • Promover modelos eficientes e inteligentes de producción y consumo de energía fundamentados en bases sólidas y sostenibles, fomentando la sensibilización a través, sobre todo, del sistema educativo.

Para cumplir estos objetivos, el programa debe procurar que haya un cambio real del comportamiento energético en la UE tanto por parte de los particulares como por parte de la industria y las empresas. Es necesario también desarrollar instrumentos con el fin de garantizar un seguimiento, un control y una evaluación eficaces.

Ámbitos de acción

La estructura del programa consiste en cuatro ámbitos de acción que corresponden en parte a programas anteriores y que garantizan y refuerzan la continuidad de las acciones:

Acciones clave

El programa se estructura en acciones clave para cada ámbito de acción y la financiación se destina a las acciones o proyectos relativos a:

  • La promoción del desarrollo sostenible, la seguridad del abastecimiento de energía, la competitividad y la protección del medio ambiente. Los proyectos pueden incluir la elaboración de normas, sistemas de etiquetado y métodos de certificación, así como el seguimiento de la evolución de los mercados y de las tendencias energéticas.
  • La creación, la ampliación y el fomento de estructuras e instrumentos destinados al desarrollo de sistemas energéticos sostenibles, tales como la gestión energética local y regional, así como la creación de productos financieros adecuados.
  • La promoción de sistemas y equipos para acelerar la penetración en los mercados de las mejores tecnologías disponibles.
  • El desarrollo de estructuras de información, educación y formación que faciliten la concienciación de los ciudadanos y la difusión de conocimientos técnicos y mejores prácticas.
  • El control de la aplicación y el impacto de la política de energía sostenible en la UE.
  • El análisis del impacto de los proyectos financiados en el marco del programa.

Financiación

La contribución financiera de la Comunidad no puede ser superior al 50% del coste del proyecto; el resto pueden sufragarlos fondos públicos o privados o una combinación de ambos. Sin embargo, se contemplan algunas excepciones: las subvenciones comunitarias pueden sufragar la totalidad de los gastos si se trata, por ejemplo, de acciones de evaluación del impacto y de mejora de la coordinación de las iniciativas.

Los importes presupuestarios se establecen con carácter indicativo para cada ámbito específico. La asignación presupuestaria entre los distintos ámbitos es flexible a fin de responder mejor a la evolución de las necesidades del sector.

Ejecución

La Comisión, asistida por un Comité, se encarga de la ejecución del programa. Fija los objetivos, las directrices y se responsabiliza de la selección de los proyectos, entre otras cosas.

La ejecución del programa requerirá un aumento importante de la plantilla porque el alcance de las intervenciones es más amplio que el del programa anterior. En el contexto actual y en vista de la naturaleza de las acciones previstas, la Comisión considera que una de las opciones posibles de gestión del programa sería la creación de una agencia de ejecución, bajo el control de la Comisión, que podría ocuparse de algunas tareas vinculadas a la gestión y al seguimiento del programa, tales como la elaboración de las recomendaciones relativas a la ejecución del programa y la gestión de la totalidad o de una parte de las fases de ejecución de los proyectos.

Participación

El programa está abierto a la participación de cualquier persona jurídica, de derecho público o privado, establecida en el territorio de la UE, así como a los Estados candidatos y a los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (la AELC) y el Espacio Económico Europeo (EEE).

Evaluación

La Comisión examina cada año el grado de realización del programa. El segundo año del período de ejecución del programa y antes de que la Comisión proponga uno nuevo, el programa será objeto de una evaluación externa por parte de expertos independientes.

Contexto

El programa plurianual de acciones en el ámbito de la energía denominado «Energía inteligente - Europa» aplica las líneas principales de actuación que esbozó el Libro Verde «Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura». El objetivo de este Libro Verde es reforzar la seguridad del abastecimiento energético, luchar contra el cambio climático y estimular la competitividad de las empresas de la UE.

Continuación del programa

El nuevo programa « Energía inteligente - Europa » para el período 2007-2013, subprograma específico del programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013), garantizará la continuidad del programa «Energía inteligente - Europa» (2003-2006).

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión n° 1230/2003/CE

4.8.2003

-

DO L 176 de 15.7.2003

ACTOS CONEXOS

Programa « Energía inteligente - Europa » - Decisión nº 1639/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se establece un programa marco para la innovación y la competitividad (2007 a 2013) [Diario Oficial L 310 de 9.11.2006].

Libro Verde de la Comisión, de 8 de marzo de 2006, «Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura» [COM (2006) 105 final - no publicado en el Diario Oficial].

Este Libro Verde perfila la nueva política energética europea, cuyos objetivos son una energía segura, competitiva y sostenible, y toma el relevo del programa actual sobre «Energía inteligente - Europa» (2003-2006).

Decisión de la Comisión 2004/20/CE, de 23 de diciembre de 2003, por la que se establece una agencia ejecutiva, denominada «Agencia ejecutiva de energía inteligente», encargada de la gestión de la acción comunitaria en el ámbito de la energía en aplicación del Reglamento (CE) n° 58/2003 del Consejo.

La Agencia se encargará de la ejecución de las tareas relacionadas con el apoyo comunitario en virtud del programa, con exclusión de la evaluación del programa, del control legislativo y de los estudios estratégicos o de cualquier otra medida que podría ser competencia exclusiva de la Comisión.

Se encargará sobre todo de las tareas siguientes:

  • la gestión de todas las fases del ciclo del programa «Energía Inteligente - Europa», en relación con proyectos específicos y con el programa de trabajo;
  • la adopción de los actos de ejecución presupuestaria en ingresos y gastos y de la ejecución de todas las operaciones necesarias para la gestión del programa comunitario y, en particular, las relacionadas con la adjudicación de los contratos y subvenciones;
  • la recogida, el análisis y la transmisión a la Comisión de toda la información necesaria para orientar la ejecución del programa comunitario.

See also

Para más información sobre el proyecto de programa «Energía inteligente - Europa», consúltese el sitio web de la Dirección General de Transportes y Energía (EN).

Última modificación: 10.05.2007

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