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Document 32021R0435

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/435 de la Comisión de 3 de marzo de 2021 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 288/2014 por lo que respecta a las modificaciones en los modelos para los programas operativos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y del objetivo de cooperación territorial europea para proporcionar asistencia en el marco del objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía»

C/2021/1341

OJ L 85, 12.3.2021, p. 1–72 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/435/oj

12.3.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 85/1


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/435 DE LA COMISIÓN

de 3 de marzo de 2021

por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 288/2014 por lo que respecta a las modificaciones en los modelos para los programas operativos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y del objetivo de cooperación territorial europea para proporcionar asistencia en el marco del objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía»

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (1), y en particular su artículo 96, apartado 9,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea (2),, y en particular su artículo 8, apartado 11,

Previa consulta al Comité Coordinador de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 288/2014 de la Comisión (3) establece los modelos para los programas operativos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y en el marco del objetivo de cooperación territorial europea.

(2)

El artículo 92 ter del Reglamento (UE) n.o 1303/2013, modificado por el Reglamento (UE) 2020/2221 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), establece disposiciones de ejecución específicas para los recursos adicionales disponibles procedentes del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y en el marco del objetivo de cooperación territorial europea. En particular, dispone que los Estados miembros podrán asignar los recursos adicionales al nuevo objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía» para los años 2021 y 2022.

(3)

El artículo 92 ter, apartado 8, párrafo segundo, dispone que los recursos adicionales podrán asignarse a nuevos ejes prioritarios de programas existentes en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y en el marco de programas de cooperación transfronteriza existentes en el marco del objetivo de cooperación territorial europea. Los recursos adicionales también podrán asignarse a nuevos programas específicos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo.

(4)

Debido a las disposiciones de ejecución específicas para facilitar las modificaciones en los programas operativos existentes en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y en los programas de cooperación transfronteriza existentes en el marco del objetivo de cooperación territorial europea, así como para facilitar la preparación de nuevos programas operativos específicos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo, de conformidad con el artículo 92 ter, apartados 9 y 10, los modelos para los programas operativos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 288/2014 y los modelos para los programas operativos en el marco del objetivo de cooperación territorial europea establecidos en su anexo II deben modificarse en consecuencia.

(5)

Debido a la posibilidad de aplicar temporalmente un porcentaje de cofinanciación del 100 % a los gastos declarados en las solicitudes de pago durante el ejercicio contable que va desde el 1 de julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021 para uno o más ejes prioritarios en un programa que reciba ayudas a cargo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo o el Fondo de Cohesión de conformidad con el artículo 25 bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013, los modelos para los programas operativos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) de Ejecución n.o 288/2014 y los modelos para los programas operativos en el marco del objetivo de cooperación territorial europea establecidos en su anexo II deben modificarse en consecuencia.

(6)

Con vistas a la rápida aplicación de las medidas dispuestas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1.   El anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 288/2014 se sustituye por el texto del anexo I del presente Reglamento.

2.   El anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 288/2014 se sustituye por el texto del anexo II del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de marzo de 2021.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 320.

(2)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 259.

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 288/2014 de la Comisión, de 25 de febrero de 2014, que establece normas con arreglo al Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, en relación con el modelo para los programas operativos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo, y con arreglo al Reglamento (UE) n.o 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea, en relación con el modelo para los programas de cooperación en el marco del objetivo de cooperación territorial europea (DO L 87 de 22.3.2014, p. 1).

(4)  Reglamento (UE) 2020/2221 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1303/2013 en lo que respecta a los recursos adicionales y las disposiciones de ejecución a fin de prestar asistencia para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y para preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT UE) (DO L 437 de 28.12.2020, p. 30).


ANEXO I

«ANEXO I

Modelo para los programas operativos en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo

CCI

<0.1 type="S" maxlength="15" input="S"“SME”>  (1)

Título

<0.2 type="S" maxlength="255" input="M"“SME >

Versión

<0.3 type="N" input="G"“SME >

Primer año

<0.4 type="N" maxlength="4" input="M"“SME >

Último año

<0.5 type="N" maxlength="4" input="M"“SME >

Subvencionable desde

<0.6 type="D" input="G"“SME >

Subvencionable hasta

<0.7 type="D" input="G"“SME >

Número de la decisión de la Comisión Europea

<0.8 type="S" input="G"“SME >

Fecha de la decisión de la Comisión Europea

<0.9 type="D" input="G"“SME >

Número de la decisión de modificación del Estado miembro

<0.10 type="S" maxlength="20" input="M"“SME >

Fecha de la decisión de modificación del Estado miembro

<0.11 type="D" input="M"“SME >

Fecha de entrada en vigor de la decisión de modificación del Estado miembro

<0.12 type="D" input="M"“SME >

Regiones NUTS que abarca el programa operativo

<0.12 type="S" input="S“SME >

SECCIÓN 1

Estrategia de contribución del programa operativo a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y al logro de la cohesión económica, social y territorial (2)

[Referencia: artículo 27, apartado 1, y artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo y, para los programas operativos específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», artículo 92 ter, apartado 9, párrafo segundo, y apartado 10] (3)

1.1.   Estrategia de contribución del programa operativo a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y al logro de la cohesión económica, social y territorial

1.1.1.

Descripción de la estrategia del programa para contribuir a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y al logro de la cohesión económica, social y territorial (4).

<1.1.1 type="S" maxlength="70 000 " input="M">

Por lo que se refiere a la adición de nuevos ejes prioritarios a un programa operativo existente, a fin de asignar los recursos adicionales al objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», la descripción del impacto previsto de favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía debe presentarse en una casilla específica como se indica a más adelante.

Por lo que se refiere a un nuevo programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», solo es necesario presentar la descripción y la casilla que figura más adelante.

1.1.1bis.

Descripción del impacto previsto del programa operativo en lo que se refiere a favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía

<1.1.1 type="S" maxlength="10 000 " input="M">

1.1.2.

Justificación de la selección de los objetivos temáticos y las prioridades de inversión correspondientes, tomando en consideración el acuerdo de asociación y sobre la base de la identificación de las necesidades regionales y, en su caso, nacionales, incluida la necesidad de abordar los problemas identificados en las recomendaciones pertinentes específicas de cada país adoptadas de conformidad con el artículo 121, apartado 2, del TFUE y en las recomendaciones pertinentes del Consejo adoptadas de conformidad con el artículo 148, apartado 4, del TFUE, teniendo en cuenta la evaluación ex ante (5).

Por lo que se refiere a la adición de nuevos ejes prioritarios a un programa operativo existente a fin de asignar los recursos adicionales al objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», debe añadirse la descripción en 1.1.2 bis.

Por lo que se refiere a un nuevo programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», solo debe presentarse la descripción en 1.1.2 bis.

1.1.2 bis.

Justificación en la que se determina el impacto previsto del programa operativo en lo que se refiere a favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía

Cuadro 1.

Justificación de la selección de los objetivos temáticos y las prioridades de inversión

Objetivo temático seleccionado

Prioridad de inversión seleccionada

Justificación para la selección o el impacto de favorecer la reparación de la crisis (en su caso)

<1.1.2 type="S" input="S" PA=Y TA=”NA”>

<1.1.3 type="S" input="S" PA=Y TA=”NA”>

<1.1.4 type="S" maxlength="1000" input="M" PA=Y TA=”NA”>

 

 

 

1.2.   Justificación de la asignación financiera

Justificación de la asignación financiera (ayuda de la Unión) a cada objetivo temático y, en su caso, a cada prioridad de inversión, de conformidad con los requisitos de concentración temática, teniendo en cuenta la evaluación ex ante.

<1.2.1 type="S" maxlength="7000" input="M" PA=Y TA=”NA”>

Por lo que se refiere a la adición de nuevos ejes prioritarios a un programa operativo existente a fin de asignar los recursos adicionales al objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», debe añadirse la descripción en 1.2 bis.

Por lo que se refiere a un nuevo programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», solo debe presentarse la siguiente descripción:

1.2 bis.

Justificación de la asignación financiera de los recursos adicionales al objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía» al FEDER o al FSE y forma en que estos recursos se dirigen a las zonas geográficas donde más se necesitan, habida cuenta de las distintas necesidades y niveles de desarrollo de cada región a fin de garantizar que el apoyo encuentre un equilibrio entre las necesidades de las regiones y ciudades más afectadas por las consecuencias de la pandemia de COVID-19 y la necesidad de prestar especial atención a las regiones menos desarrolladas, en consonancia con los objetivos de la cohesión económica, social y territorial establecidos en el artículo 174 del TFUE.

<1.2.1 type="S" maxlength="3000" input="M" PA=Y TA=”NA”>


Cuadro 2.

Presentación de la estrategia de inversión del programa operativo

Eje prioritario

Fondo (FEDER (6), Fondo de Cohesión, FSE (7), IEJ (8), FEDER REACT UE, FSE REACT UE o IEJ REACT UE)

Ayuda de la Unión (9)

(en EUR)

Porcentaje del total de la ayuda de la Unión al programa operativo (10)

Objetivo temático (11)

Prioridades de inversión (12)

Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión

Indicadores de resultado comunes y específicos del programa para los que se ha fijado un valor previsto

<1.2.1 type="S" input="G">

<1.2.2 type="S" input="G">

<1.2.3 type="N' " input="G">

<1.2.4 type="P' input="G">

<1.2.5 type="S" input="G">

<1.2.6 type="S" input="G">

<1.2.7 type="S" input="G">

<1.2.8 type="S" input="G">

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SECCIÓN 2.

EJES PRIORITARIOS

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letras b) y c), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

2.A.   Descripción de los ejes prioritarios distintos de la asistencia técnica

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

2.A.1.   Eje prioritario (repítase para cada eje prioritario)

Identificación del eje prioritario

<2A.1 type="N" input="G"“SME» >

Título del eje prioritario

<2A.2 type="S" maxlength="500" input="M"“SME” >


La totalidad del eje prioritario se ejecutará únicamente con instrumentos financieros

<2A.3 type="C" input="M">

La totalidad del eje prioritario se ejecutará únicamente con instrumentos financieros a escala de la Unión

<2A.4 type="C" input="M"“SME” >

La totalidad del eje prioritario se ejecutará con desarrollo local participativo

<2A.5 type="C" input="M">

En el caso del FSE: La totalidad del eje prioritario está dedicada a la innovación social, a la cooperación transnacional o a ambas

<2A.6 type="C" input="M">

La totalidad del eje prioritario está destinada a REACT UE

<2A.7 type="C" input="M">

2.A.2   Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de una categoría de región, objetivo temático o Fondo (cuando proceda) (13)

[Referencia: artículo 96, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

<2A.0 type="S" maxlength="3500" input="M">

2.A.3.   Fondo, categoría de región y base de cálculo de la ayuda de la Unión

(Repítase para cada combinación en el marco de un eje prioritario)

Fondo

<2A.7 type="S" input="S"“SME” >

Categoría de región  (14)

<2A.8 type="S" input="S"“SME “>

Base de cálculo (gasto total subvencionable o gasto público subvencionable)

<2A.9 type="S" input="S"“SME” >

Categoría de región para las regiones ultraperiféricas y las regiones escasamente pobladas del norte (cuando proceda)  (15)

<2A.9 type="S" input="S” >

2.A.4.   Prioridad de inversión

(Repítase para cada prioridad de inversión en el marco del eje prioritario)

Prioridad de inversión

<2A.10 type="S" input="S"“SME” >

2.A.5.   Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados esperados

(Repítase para cada objetivo específico en el marco de la prioridad de inversión)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), incisos i) y ii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

ID

<2A.1.1 type="N" input="G"“SME >

Objetivo específico

<2A.1.2 type="S" maxlength="500" input="M"“SME >

Resultados que el Estado miembro pretende conseguir con ayuda de la Unión

<2A.1.3 type="S" maxlength="3500" input="M“SME ">


Cuadro 3.

Indicadores de resultado específicos del programa, por objetivo específico

(para el FEDER, el Fondo de Cohesión y FEDER REACT UE)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

ID

Indicador

Unidad de medida

Categoría de región (cuando proceda)

Valor de referencia

Año de referencia

Valor previsto (16) (2023)

Fuente de datos

Frecuencia de los informes

<2A.1.4 type="S" maxlength="5" input="M"“SME” >

<2A.1.5 type="S" maxlength="255" input="M"“SME” >

<2A.1.6 type="S" input="M”” SME">

<2A.1.7 type="S" input="S"“SME” >

Cuantitativo<2A.1.8 type="N" input="M"“SME” >

Cualitativo<2A.1.8 type="S" maxlength="100" input="M"“SME”

<2A.1.9 type="N' input="M"“SME”>

Cuantitativo<2A.1.10 type="N" input="M">

Cualitativo<2A.1.10 type="S" maxlength="100" input="M"“SME” >

<2A.1.11 type="S" maxlength="200" input="M"“SME”>

<2A.1.12 type="S" maxlength="100" input="M"“SME” >

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Cuadro 4.

Indicadores de resultado comunes para los que se ha fijado un valor previsto e indicadores de resultado específicos del programa correspondientes al objetivo específico (por prioridad de inversión y categoría de región)

(para el FSE y el FSE REACT UE)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

ID

Indicador

Categoría de región (cuando proceda)

Unidad de medida para el indicador

Indicador de productividad común utilizado como base para la fijación de un valor previsto

Valor de referencia

Unidad de medida para el valor de referencia y el valor previsto

Año de referencia

Valor previsto (17) (2023)

Fuente de datos

Frecuencia de los informes

M

W

T

M

W

T

Específico del programa <2A.1.13 type="S" maxlength="5" input="M">

Común <2A.1.13 type="S" input="S">

Específico del programa <2A.1.14 type="S" maxlength="255" input="M">

Común <2A.1.14 type="S" input="S">

<2A.1.15 type="S" input="S">

Específico del programa <2A.1.16 type="S" input="M">

Común <2A.1.16 type="S" input="S">

Específico del programa <2A.1.17 type="S" input="M">

Común <2A.1.17 type="S" input="S">

Indicadores de productividad comunes <2A.1.18 type="S" input="S">

Cuantitativo <2A.1.19 type="S" input="M">

Común <2A.1.19 type="S" input="G">

<2A.1.20 type="N' input="M">

Cuantitativo <2A.1.21 type="N" input="M">

Cualitativo <2A.1.21 type="S" maxlength="100" input="M">

<2A.1.22 type="S" maxlength="200" input="M">

<2A.1.23 type="S" maxlength="100" input="M">

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Cuadro 4 bis.

Indicadores de resultado de la IEJ y la IEJ REACT UE e indicadores de resultado específicos del programa correspondientes al objetivo específico

(por eje prioritario o por partes de un eje prioritario)

[Referencia: artículo 19, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (18))

ID

Indicador

Unidad de medida para el indicador

Indicador de productividad común utilizado como base para la fijación de un valor previsto

Valor de referencia

Unidad de medida para el valor de referencia y el valor previsto

Año de referencia

Valor previsto (19) (2023)

Fuente de datos

Frecuencia de los informes

M

W

T

M

W

T

Específico del programa <2A.1.24 type="S" maxlength="5" input="M">

Común <2A.1.24 type="S" input="S">

Específico del programa <2A.1.25 type="S" maxlength="255" input="M">

Común <2A.1.25 type="S" input="S">

Específico del programa <2A.1.26 type="S" input="M">

Común <2A.1.26 type="S" input="S">

Específico del programa <2A.1.27 type="S" input="M">

Común <2A.1.27 type="S" input="S">

Indicadores de productividad comunes <2A.1.28 type="S" input="S">

Cuantitativo <2A.1.29 type="S" input="M">

Común <2A.1.29 type="S" input="G">

<2A.1.30 type="N' input="M">

Cuantitativo <2A.1.31 type="N" input="M">

Cualitativo <2A.1.31 type="S" maxlength="100" input="M">

<2A.1.32 type="S" maxlength="200" input="M">

<2A.1.33 type="S" maxlength="100" input="M">

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.A.6.   Acción que se va a financiar en el marco de la prioridad de inversión

(por prioridad de inversión)

2.A.6.1.    Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Prioridad de inversión

<2A.2.1.1 type="S" input="S">

<2A.2.1.2 type="S" maxlength="17500" input="M">

2.A.6.2.    Principios rectores para la selección de operaciones

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Prioridad de inversión

<2A.2.2.1 type="S" input="S">

<2A.2.2.2 type="S" maxlength="5000" input="M">

2.A.6.3.   Uso previsto de instrumentos financieros (cuando proceda)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Prioridad de inversión

<2A.2.3.1 type="S" input="S">

Uso previsto de instrumentos financieros

<2A.2.3.2 type="C" input="M">

<2A.2.3.3 type="S" maxlength="7000" input="M">

2.A.6.4.   Uso previsto de grandes proyectos (cuando proceda)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Prioridad de inversión

<2A.2.4.1 type="S" input="S">

<2A.2.4.2 type="S" maxlength="3500" input="M">

2.A.6.5.    Indicadores de productividad por prioridad de inversión y, cuando proceda, por categoría de región

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), inciso iv), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Cuadro 5.

Indicadores de productividad comunes y específicos del programa

(por prioridad de inversión, desglosados por categoría de región para el FSE y, cuando proceda, para el FEDER (20))

ID

Indicador

Unidad de medida

Fondo

Categoría de región (cuando proceda)

Valor previsto (2023) (21)

Fuente de datos

Frecuencia de los informes

M

W

T

 

 

<2A.2.5.1 type="S" input="S" SME >

<2A.2.5.2 type="S" input="S" SME >

<2A.2.5.3 type="S" input="S" SME >

<2A.2.5.4 type="S" input="S" SME >

<2A.2.5.5 type="S" input="S" SME >

<2A.2.5.6 type="N' input="M" SME >

<2A.2.5.7 type="S" maxlength="200" input="M" SME >

<2A.2.5.8 type="S" maxlength="100" input="M" SME >

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.A.7.   Innovación social, cooperación transnacional y contribución a los objetivos temáticos 1 a 7 y 13

Disposiciones específicas para el FSE y el FSE REACT UE (22), en su caso (por eje prioritario y, cuando proceda, por categoría de región): innovación social, cooperación transnacional y contribución del FSE a los objetivos temáticos 1 a 7 y 13.

Descripción de la contribución de las acciones previstas del eje prioritario en materia de:

innovación social (en caso de no estar cubierta por un eje prioritario específico);

cooperación transnacional (en caso de no estar cubierta por un eje prioritario específico);

los objetivos temáticos que figuran en el artículo 9, párrafo primero, puntos 1 a 7, y en el artículo 92 ter, apartado 9, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013.

Eje prioritario

<2A.3.1 type="S" input="S">

<2A.3.2 type="S" maxlength="7000" input="M">

2.A.8.   Marco de rendimiento (23)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra b), inciso v), y anexo II del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Cuadro 6.

Marco de rendimiento del eje prioritario

(por Fondo y, para el FEDER y el FSE, categoría de región) (24)

Eje prioritario

Tipo de indicador

(etapa clave de ejecución, indicador financiero, indicador de productividad o, en su caso, indicador de resultado)

ID

Indicador o etapa clave de ejecución

Unidad de medida, cuando proceda

Fondo

Categoría de región

Hitos para 2018 (25)

Meta final (2023) (26)

Fuente de datos

Explicación de la pertinencia del indicador, cuando proceda

M

W

T

M

W

T

<2A.4.1 type="S" input="S">

<2A.4.2 type="S" input="S">

Etapa de ejecución o indicador financiero <2A.4.3 type="S" maxlength="5" input="M">

Indicador de productividad o indicador de resultado <2A.4.3 type="S" input="S">

Etapa de ejecución o indicador financiero <2A.4.4 type="S" maxlength="255" input="M">

Indicador de productividad o indicador de resultado <2A.4.4 type="S" input="G" or “M”>

Etapa de ejecución o indicador financiero <2A.4.5 type="S" input="M">

Indicador de productividad o indicador de resultado <2A.4.5 type="S" input="G" or “M”>

<2A.4.6 type="S" input="S">

<2A.4.7 type="S" input="S">

<2A.4.8 type="S" maxlength="255" input="M">

Etapa de ejecución o indicador financiero <2A.4.9 type="S" input="M">

Indicador de productividad o indicador de resultado <2A.4.8 type="S" input="M">

Etapa de ejecución o indicador financiero <2A.4.10 type="S" maxlength="200" input="M">

Indicador de productividad o indicador de resultado <2A.4.10 type="S" input=“M”>

<2A.4.11 type="S" maxlength="500" input="M">

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Información cualitativa adicional sobre el establecimiento del marco de rendimiento (opcional)

<2A.4.12 type="S" maxlength="7000" input="M">

2.A.9.   Categorías de intervención

[Referencia: artículo 96, apartado 2, letra b), inciso vi), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Categorías de intervención correspondientes al contenido del eje prioritario, basadas en una nomenclatura adoptada por la Comisión, y desglose indicativo de la ayuda de la Unión.

Cuadros 7 a 11.

Categorías de intervención  (27)

(por Fondo y categoría de región, si el eje prioritario abarca más de uno)

Cuadro 7. Dimensión 1. Ámbito de intervención

Fondo

<2A.5.1.1 type="S" input="S" Decision=N >

Categoría de región (28)

<2A.5.1.2 type="S" input="S" Decision=N >

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2A.5.1.3 type="S" input="S" Decision=N>

<2A.5.1.4 type="S" input="S" Decision=N >

<2A.5.1.5 type="N" input="M" Decision=N >

 

 

 

 

 

 


Cuadro 8. Dimensión 2. Forma de financiación

Fondo

<2A.5.2.1 type="S" input="S" Decision=N >

Categoría de región (29)

<2A.5.2.2 type="S" input="S" Decision=N >

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2A.5.2.3 type="S" input="S" Decision=N>

<2A.5.2.4 type="S" input="S" Decision=N >

<2A.5.2.5 type="N" input="M" Decision=N >

 

 

 

 

 

 


Cuadro 9. Dimensión 3. Tipo de territorio

Fondo

<2A.5.3.1 type="S" input="S" Decision=N >

Categoría de región (30)

<2A.5.3.2 type="S" input="S" Decision=N >

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2A.5.3.3 type="S" input="S" Decision=N>

<2A.5.3.4 type="S" input="S" Decision=N >

<2A.5.3.5 type="N" input="M" Decision=N >

 

 

 

 

 

 


Cuadro 10. Dimensión 4. Mecanismos de intervención territorial

Fondo

<2A.5.4.1 type="S" input="S" Decision=N >

Categoría de región (31)

<2A.5.4.2 type="S" input="S" Decision=N >

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2A.5.4.2 type="S" input="S" Decision=N>

<2A.5.4.4 type="S" input="S" Decision=N >

<2A.5.4.5 type="N" input="M" Decision=N >

 

 

 

 

 

 


Cuadro 11. Dimensión 6. Tema secundario del FSE y el FSE REACT UE  (32) (solo FSE)

Fondo

<2A.5.5.1 type="S" input="S" Decision=N >

Categoría de región (33)

<2A.5.5.2 type="S" input="S" Decision=N >

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2A.5.5.3 type="S" input="S" Decision=N>

<2A.5.5.4 type="S" input="S" Decision=N >

<2A.5.5.5 type="N" input="M" Decision=N >

 

 

 

 

 

 

2.A.10.   Resumen del uso previsto de la asistencia técnica, incluidas, en su caso, las acciones destinadas a reforzar la capacidad administrativa de las autoridades que participan en la gestión y el control de los programas y los beneficiarios (cuando proceda) (34)

(por eje prioritario)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, letra b), inciso vii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Eje prioritario

<3A.6.1 type="S" input="S">

<2A.6.2 type="S" maxlength="2000" input="M">

2.B.   Descripción de los ejes prioritarios relativos a la asistencia técnica

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra c), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

2.B.1.   Eje prioritario (repítase para cada eje prioritario de la asistencia técnica)

ID del eje prioritario

<2B.0.2 type="N" maxlength="5" input="G">

Título del eje prioritario

<2B.0.3 type="S" maxlength="255" input="M">


La totalidad del eje prioritario está destinada a la asistencia técnica contemplada en el artículo 92 ter, apartado 6, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013.

<2B.0.1 type="C" input="M">

2.B.2.   Justificación para establecer un eje prioritario que abarque más de una categoría de región (cuando proceda)

[Referencia: artículo 96, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

<2B.0.1 type="S" maxlength="3500" input="M">

2.B.3.   Fondo y categoría de región (repítase para cada combinación en el marco del eje prioritario)

Fondo

<2B.0.4 type="S" input="S">

Categoría de región  (35)

<2B.0.5 type="S" input="S">

Base de cálculo (gasto total subvencionable o gasto público subvencionable)

<2B.0.6 type="S" input="S">

2.B.4.   Objetivos específicos y resultados esperados

(repítase para cada objetivo específico en el marco del eje prioritario)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra c), incisos i) y ii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

ID

<2B.1.1 type="N" maxlength="5" input="G">

Objetivo específico

<2B.1.2 type="S" maxlength="500" input="M">

Resultados que el Estado miembro pretende conseguir con ayuda de la Unión  (36)

<2B.1.3 type="S" maxlength="3500" input="M">

2.B.5.   Indicadores de resultados (37)

Cuadro 12.

Indicadores de resultado específicos del programa (por objetivo específico)

(para el FEDER, el FSE, el Fondo de Cohesión, FEDER REACT UE y FSE REACT UE)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra c), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

ID

Indicador

Unidad de medida

Valor de referencia

Año de referencia

Valor previsto (38) (2023)

Fuente de datos

Frecuencia de los informes

M

W

T

M

W

T

<2.B.2.1 type="S" maxlength="5" input="M">

<2.B.2.2 type="S" maxlength="255" input="M">

<2.B.2.3 type="S" input="M">

Cuantitativo <2.B.2.4 type="N" input="M">

<2.B.2.5 type="N' input="M">

Cuantitativo <2.B.2.6 type="N" input="M">

Cualitativo <2.B.2.6 type="S" maxlength="100" input="M">

<2.B.2.7 type="S" maxlength="200" input="M">

<2.B.2.8 type="S" maxlength="100" input="M">

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.B.6.   Acciones que van a ser objeto de ayuda y su contribución esperada a los objetivos específicos (por eje prioritario)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra c), incisos i) y iii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

2.B.6.1.    Descripción de las acciones que van a ser objeto de ayuda y su contribución esperada a los objetivos específicos

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra c), incisos i) y iii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Eje prioritario

<2.B.3.1.1 type="S" input="S">

<2.B.3.1.2 type="S" maxlength="7000" input="M">

2.B.6.2.    Indicadores de productividad que se espera que contribuyan a los resultados (por eje prioritario)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra c), inciso iv), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Cuadro 13

Indicadores de productividad (por eje prioritario)

(para el FEDER, el FSE, el Fondo de Cohesión, FEDER REACT UE y FSE REACT UE)

ID

Indicador

Unidad de medida

Valor previsto (2023)  (39)

(opcional)

Fuente de datos

M

W

T

<2.B.3.2.1 type="S" maxlength="5" input="M">

<2.B.2.2.2 type="S" maxlength="255" input="M">

<2.B.3.2.3 type="S" input="M">

<2.B.3.2.4 type="N' input="M">

<2.B.3.2.5 type="S" maxlength="200" input="M">

 

 

 

 

 

 

 

2.B.7.   Categorías de intervención (por eje prioritario)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra c), inciso v), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Categorías de intervención correspondientes, basadas en una nomenclatura adoptada por la Comisión, y desglose indicativo de la ayuda de la Unión.

Cuadros 14 a 16.

Categorías de intervención  (40)

Cuadro 14. Dimensión 1. Ámbito de intervención

Categoría de región  (41): <type="S" input="S">

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2B.4.1.1 type="S" input="S" > Decision=N>

<2B.4.1.2 type="S" input="S"> Decision=N>

<2B.4.1.3 type="N" input="M"> Decision=N>

 

 

 

 

 

 


Cuadro 15. Dimensión 2. Forma de financiación

Categoría de región  (42): <type="S" input="S">

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2B.4.2.1 type="S" input="S" > Decision=N>

<2B.4.2.2 type="S" input="S"> Decision=N>

<2B.4.2.3 type="N" input="M"> Decision=N>

 

 

 

 

 

 


Cuadro 16. Dimensión 3. Tipo de territorio

Categoría de región  (43): <type="S" input="S">

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2B.4.3.1 type="S" input="S" > Decision=N>

<2B.4.3.2 type="S" input="S"> Decision=N>

<2B.4.3.3 type="N" input="M"> Decision=N>

 

 

 

 

 

 

SECCIÓN 3.

PLAN DE FINANCIACIÓN

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra d), y artículo 92 ter, apartado 9, párrafo quinto, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

3.1.   Crédito financiero procedente de cada uno de los Fondos e importes para la reserva de rendimiento

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra d), inciso i), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Cuadro 17

 

Fondo

Categoría de región

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2021

2022

Total

 

 

 

Asignación principal (44)

Reserva de rendimiento

Asignación principal

Reserva de rendimiento

Asignación principal

Reserva de rendimiento

Asignación principal

Reserva de rendimiento

Asignación principal

Reserva de rendimiento

Asignación principal

Reserva de rendimiento

Asignación principal

Reserva de rendimiento

Asignación total (ayuda de la Unión)

Asignación total (ayuda de la Unión)

Asignación principal

Reserva de rendimiento

 

<3.1.1 type="S" input="G"“SME”>

<3.1.2 type="S" input="G"“SME” >

<3.1.3 type="N" input="M" SME” >

<3.1.4 type="N" input="M" TA - “NA” YEI –“NA”>

<3.1.5 type="N" input="M" SME” >

<3.1.6 type="N" input="M" TA - “NA” YEI –“NA”>

<3.1.7type="N" input="M" SME” >

<3.1.8 type="N" input="M " TA - “NA” YEI –“NA”>

<3.1.9 type="N" input="M" SME” >

<3.1.10 type="N" input="M"” TA - “NA” YEI –“NA”>

<3.1.11 type="N" input="M" SME” >

<3.1.12 type="N" input="M"” TA - “NA” YEI –“NA”>

<3.1.13 type="N" input="M" SME” >

<3.1.14 type="N" input="M" TA - “NA” YEI –“NA”>

<3.1.15 type="N" input="M" SME” >

<3.1.16 type="N" input="M" TA - “NA” YEI –“NA” REACT-EU - NA>

<3.1.17 type="N" input="M

<3.1.18 type="N" input="M

<3.1.19 type="N" input="G" SME” >

<3.1.20 type="N" input="G” TA - “NA” YEI –“NA”>

1.

FEDER

En las regiones menos desarrolladas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

2.

 

En las regiones en transición

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

3.

 

En las regiones más desarrolladas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

4.

 

Total sin REACT UE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

5.

FSE  (45)

En las regiones menos desarrolladas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

6.

 

En las regiones en transición

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

7.

 

En las regiones más desarrolladas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

8.

 

Total sin REACT UE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

9.

Asignación específica para la IEJ

No procede

 

No procede

 

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

10.

Fondo de Cohesión

No procede

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

11.

FEDER

Asignación especial a las regiones ultraperiféricas o regiones escasamente pobladas del norte

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

 

12.

FEDER REACT UE

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

 

 

 

No procede

13.

FSE REACT UE  (46)

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

 

 

 

No procede

14.

Asignación específica para la IEJ REACT UE

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

 

 

 

No procede

15.

REACT UE

Total

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

 

 

 

No procede

16.

Total general

Total

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.2.   Crédito financiero total por Fondo y cofinanciación nacional (en EUR)

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra d), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

1.

En el cuadro figura el plan financiero por eje prioritario.

2.

Cuando un eje prioritario abarca más de un Fondo, la ayuda de la Unión y la contrapartida nacional se desglosan por Fondo, con un porcentaje de cofinanciación independiente, en el marco del eje prioritario para cada Fondo.

3.

Cuando el eje prioritario abarca más de una categoría de región, la ayuda de la Unión y la contrapartida nacional se desglosan por categoría de región, con un porcentaje de cofinanciación independiente, en el marco del eje prioritario para cada categoría de región.

4.

La contribución del BEI se presenta a nivel del eje prioritario.

Cuadro 18a.

Plan de financiación

Eje prioritario

Fondo

Categoría de región

Base para el cálculo de la ayuda de la Unión

(coste total subvencionable o coste público subvencionable)

Ayuda de la Unión

Contrapartida nacional

Desglose indicativo de la contrapartida nacional

Financiación total

Porcentaje de cofinanciación (48)

Porcentaje de cofinanciación del 100 % para el año contable 2020-2021 (*1)

Con fines informativos

Contribución del BEI

Asignación principal (financiación total menos reserva de rendimiento)

Reserva de rendimiento

Importe de la reserva de rendimiento como porcentaje del total de la ayuda de la Unión

Financiación pública nacional

Financiación privada nacional (47)

Ayuda de la Unión

Contrapartida nacional

Ayuda de la Unión

Contrapartida nacional (50)

 

 

 

 

 

(a)

(b) = (c) + (d)

(c)

(d)

(e) = (a) + (b)

(f) = (a)/(e) (49)

 

(g)

(h) = (a)-(j)

(i) = (b) – (k)

(j)

(k) = (b) * [(j)/(a)]

(l) = (j)/(a) *100

<3.2.A.1 type="S" input="G"“SME” >

<3.2.A.2 type="S" input="G"“SME” >

<3.2.A.3 type="S" input="G"“SME” >

<3.2.A.4 type="S" input="G"“SME” >

<3.2.A.5 type="N" input="M"“SME” >

<3.2.A.6 type="N“SME”" input="G">

<3.2.A.7 type="N" input="M"“SME” >

<3.2.A.8 type="N" input="M"“SME” >

<3.2.A.9 type="N" input="G“SME”">

<3.2.A.10 type="P" input="G"“SME” >

En la nota a pie de página * encontrará más detalles (ejemplos a continuación)

<3.2.A.11 type="N" input="M"“SME” >

<3.2.A.12 type="N" input="M" TA - “NA” YEI –“NA”>

<3.2.A.13 type="N" input="M" TA - “NA” YEI –“NA”>>

<3.2.A.14 type="N" input="M" TA - “NA” YEI –“NA” REACT-EU „NA”>

<3.2.A.15 type="N" input="M"” TA - “NA” YEI –“NA” REACT-EU „NA”>>

<3.2.A.16 type="N" input="G” TA - “NA” YEI –“NA” REACT-EU “NA”>

Eje prioritario 1

FEDER

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Eje prioritario 2

FSE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Eje prioritario 3

IEJ (51)

NP

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

NP

NP

NP

Eje prioritario 4

FSE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IEJ (52)

NP

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

NP

NP

NP

Eje prioritario 5

Fondo de Cohesión

NP

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Eje prioritario 6

FEDER REACT UE

NP

 

 

 

 

 

 

 

NP

 

 

NP

NP

NP

Eje prioritario 7

FSE REACT UE

NP

 

 

 

 

 

 

 

NP

 

 

NP

NP

NP

Eje prioritario 8

IEJ REACT UE (53)

NP

 

 

 

 

 

 

 

NP

 

 

NP

NP

NP

Eje prioritario 9

FSE REACT UE

NP

 

 

 

 

 

 

 

NP

 

 

NP

NP

NP

IEJ REACT UE (54)

NP

 

 

 

 

 

 

 

NP

 

 

NP

NP

NP

Total

FEDER

Menos desarrolladas

 

Igual al total (1) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

FEDER

En transición

 

Igual al total (2) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

FEDER

Más desarrolladas

 

Igual al total (3) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

FEDER

Asignación especial a las regiones ultraperiféricas o regiones escasamente pobladas del norte

 

Igual al total (11) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

FEDER REACT UE

NP

 

Igual al total (12) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

NP

 

 

NP

NP

NP

Total

FSE (55)

Menos desarrolladas

 

No es igual al total (5) del cuadro 17, que incluye la ayuda correspondiente del FSE a la IEJ (56)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

FSE (57)

En transición

 

No es igual al total (6) del cuadro 17, que incluye la ayuda correspondiente del FSE a la IEJ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

FSE (58)

Más desarrolladas

 

No es igual al total (7) del cuadro 17, que incluye la ayuda correspondiente del FSE a la IEJ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

FSE REACT UE

NP

 

Igual al total (13) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

NP

 

 

NP

NP

NP

Total

IEJ (59)

NP

 

No es igual al total (9) del cuadro 17, que solo incluye la asignación específica a la IEJ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

IEJ REACT UE  (60)

NP

 

Igual al total (14) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

NP

 

 

NP

NP

NP

Total

Fondo de Cohesión

NP

 

Igual al total (10) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

REACT UE

NP

 

Igual al total (15) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

NP

 

 

NP

NP

NP

Total general

 

 

 

Igual al total (16) del cuadro 17

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Cuadro 18b.

Iniciativa sobre Empleo Juvenil: FSE, FSE REACT UE y asignaciones específicas para la IEJ  (61) (en su caso)

 

Fondo (62)

Categoría de región

Base para el cálculo de la ayuda de la Unión

(coste total subvencionable o coste público subvencionable)

Ayuda de la Unión (a)

Contrapartida nacional

(b) = (c) + (d)

Desglose indicativo de la contrapartida nacional

Financiación total

(e) = (a) + (b)

Porcentaje de cofinanciación

(f) = (a)/(e)  (64)

 

Financiación pública nacional

(c)

Financiación privada nacional

(d)  (63)

 

<3.2.B.1 type="S" input="G">

<3.2.B.2 type="S" input="G">

<3.2.B.3 type="S" input="G">

<3.2.B.1 type="N" input="M">

<3.2.B.4 type="N" input="G">

<3.2.B.5 type="N" input="M">

<3.2.B.6 type="N" input="M">

<3.2.B.7 type="N" input="G">

<3.2.B.8 type="P" input="G">

1.

Asignación específica para la IEJ

NP

 

 

0

 

 

 

100 %

2.

Apoyo correspondiente del FSE

Menos desarrolladas

 

 

 

 

 

 

 

3.

Apoyo correspondiente del FSE

En transición

 

 

 

 

 

 

 

4.

Apoyo correspondiente del FSE

Más desarrolladas

 

 

 

 

 

 

 

5.

Asignación específica para la IEJ REACT UE

NP

 

 

 

 

 

 

100 %

6.

Apoyo correspondiente de FSE REACT UE

NP

 

 

 

 

 

 

 

7.

TOTAL: eje prioritario [o parte] de la IEJ

[Debe ser igual al eje prioritario 3, o a parte de ese eje]

 

Suma (1:4)

Suma (1:4)

 

 

 

 

8.

TOTAL: [Parte de] la IEJ REACT UE

Eje prioritario

[Debe ser igual al eje prioritario 3, o a parte de ese eje]

 

 

 

 

 

 

 

9.

 

 

Ratio del FSE para las regiones menos desarrolladas

2/suma(2:4)

<3.2.c.11 type="P" input="G">

 

 

 

 

 

10.

 

 

Ratio del FSE para las regiones en transición

3/suma(2:4)

<3.2.c.13 type="P" input="G">

 

 

 

 

 

11.

 

 

Ratio del FSE para las regiones más desarrolladas

4/suma(2:4)

<3.2.c.14 type="P" input="G">

 

 

 

 

 


Cuadro 18c.

Desglose del plan financiero por eje prioritario, Fondo, categoría de región y objetivo temático

[Referencia: artículo 96, apartado 2, párrafo primero, letra d), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Eje prioritario

Fondo (65)

Categoría de región (cuando proceda)

Objetivo temático

Ayuda de la Unión

Contrapartida nacional

Financiación total

<3.2.C.1 type="S" input="G">

<3.2.C.2 type="S" input="G">

<3.2.C.3 type="S" input="G">

<3.2.C.4 type="S" input="G">

<3.2.C.5 type="N" input="M">

<3.2.C.6 type="N" input="M">

<3.2.C.7 type="N" input="M">

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

 

 

 

 

 

 


Cuadro 19.

Importe indicativo de la ayuda que se va a destinar a los objetivos del cambio climático

[Referencia: artículo 27, apartado 6, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013] (66)

Eje prioritario

Importe indicativo de la ayuda que se va a destinar a los objetivos del cambio climático (en EUR)

Porcentaje de la asignación total para el programa operativo (%)

<3.2.C.8 type="S" input="G">

<3.2.C.9 type="N" input="G"> Decision=N>

<3.2.C.10 type="P" input="G"> Decision=N>

 

 

 

Total REACT UE

 

 

Total

 

 

SECCIÓN 4.

ENFOQUE INTEGRADO DEL DESARROLLO TERRITORIAL (67)

[Referencia: artículo 96, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Descripción del enfoque integrado del desarrollo territorial, tomando en consideración el contenido y los objetivos del programa operativo, teniendo en cuenta el acuerdo de asociación y mostrando cómo contribuye al logro de sus objetivos y los resultados previstos.

<4.0 type="S" maxlength="3500" input="M">

4.1.   Desarrollo local participativo (cuando proceda)

[Referencia: artículo 96, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

El planteamiento relativo a la utilización de instrumentos de desarrollo local participativo y principios para determinar las zonas en las que se aplicará.

<4.1 type="S" maxlength="7000" input="M" PA=Y>

4.2.   Acciones integradas de desarrollo urbano sostenible (cuando proceda)

[Referencia: artículo 96, apartado 3, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]; artículo 7, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) n.o 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (68))

Cuando proceda, importe indicativo de la ayuda del FEDER para acciones integradas de desarrollo urbano sostenible, que deben realizarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1301/2013, y asignación indicativa de la ayuda del FSE para acciones integradas.

<4.2.1 type=”S” maxlength=”3500” input=”M”>


Cuadro 20.

Acciones integradas para el desarrollo urbano sostenible: importes indicativos de la ayuda del FEDER y el FSE

Fondo

Ayuda (indicativa) del FEDER y el FSE

(en EUR)

Porcentaje de la asignación total del Fondo al programa

<4.2.2 type="S" input="G">

<4.2.3 type="N" input="M">

<4.2.3 type="P" input="G">

Total FEDER sin REACT UE

 

 

Total FSE sin REACT UE

 

 

Total FEDER + FSE sin REACT UE

 

 

4.3.   Inversión territorial integrada (ITI) (cuando proceda)

[Referencia: artículo 96, apartado 3, letra c), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

El planteamiento sobre la utilización de los instrumentos de inversión territorial integrada (ITI) [con arreglo a la definición del artículo 36 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013] en casos distintos de los contemplados en el punto 4.2, y su asignación financiera indicativa de cada eje prioritario.

<4.3.1 type="S" maxlength="5000" input="M PA=Y">


Cuadro 21.

Asignación financiera indicativa para el ITI en casos distintos de los mencionados en el punto 4.2

(importe agregado)

Eje prioritario

Fondo

Asignación financiera indicativa (ayuda de la Unión) (EUR)

<4.3.2 type="S" input="G" PA=Y>

<4.3.3 type="S" input="G" PA=Y >

<4.3.4 type="N" input="M" PA=Y >

 

 

 

Total FEDER [sin REACT UE]

 

 

Total FSE [sin REACT UE]

 

 

Total FEDER + FSE [sin REACT UE]

 

 

Total FEDER REACT UE

 

 

Total FSE REACT UE

 

 

Total FEDER REACT UE + FSE REACT UE

 

 

Total general

 

 

4.4.   Medidas en favor de acciones interregionales y transnacionales, en el marco del programa operativo, con beneficiarios situados en, por lo menos, otro Estado miembro (cuando proceda)

[Referencia: artículo 96, apartado 3, letra d), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

<4.4.1 type="S" maxlength="3500" input="M" PA=Y>

4.5.   Contribución de las acciones previstas en el marco del programa a las estrategias macrorregionales y de cuencas marítimas, sujetas a las necesidades de la zona del programa identificadas por el Estado miembro (cuando proceda)

(si el Estado miembro y las regiones participan en estrategias macrorregionales y de cuencas marítimas)

[Referencia: artículo 96, apartado 3, letra e), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

<4.4.2 type="S" maxlength="3500" input="M" >

SECCIÓN 5.

NECESIDADES ESPECÍFICAS DE LAS ZONAS GEOGRÁFICAS MÁS AFECTADAS POR LA POBREZA O DE LOS GRUPOS DESTINATARIOS QUE CORREN MAYOR RIESGO DE DISCRIMINACIÓN O EXCLUSIÓN SOCIAL (CUANDO PROCEDA) (69)

[Referencia: artículo 96, apartado 4, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

5.1.   Zonas geográficas más afectadas por la pobreza o grupos destinatarios que corren mayor riesgo de discriminación o exclusión social

<5.1.1 type="S" maxlength="7000" input="M" Decision= N PA=Y>

5.2.   Estrategia para abordar las necesidades específicas de las zonas geográficas más afectadas por la pobreza o de los grupos destinatarios que corren mayor riesgo de discriminación o exclusión social y, en su caso, contribución al enfoque integrado recogido en el acuerdo de asociación

<5.2.1 type="S" maxlength="7000" input="M" Decision= N PA=Y>


Cuadro 22.

Acciones para abordar las necesidades específicas de las zonas geográficas más afectadas por la pobreza o los grupos destinatarios que corren mayor riesgo de discriminación o exclusión social  (70)

Grupo destinatario/zona geográfica

Principales tipos de acciones previstas que forman parte del enfoque integrado

Eje prioritario

Fondo

Categoría de región (cuando proceda)

Prioridad de inversión

<5.2.2 type="S" maxlength="255" input="M" Decision=N PA=Y >

<5.2.3type="S" maxlength= "1500" input="M" Decision= N PA=Y >

<5.2.4 type="S" input="S" Decision= N PA=Y >

<5.2.6 type="S" input="S" Decision= N PA=Y >

<5.2.7 type="S" input="S" Decision= N PA=Y >

<5.2.5 type="S" input="S" PA=Y >

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SECCIÓN 6.

NECESIDADES ESPECÍFICAS DE LAS ZONAS GEOGRÁFICAS QUE PADECEN DESVENTAJAS NATURALES O DEMOGRÁFICAS GRAVES Y PERMANENTES (CUANDO PROCEDA) (71)

[Referencia: artículo 96, apartado 4, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

<6.1 type="S" maxlength="5000" input="M" Decisions=N PA=Y>

SECCIÓN 7.

AUTORIDADES Y ORGANISMOS RESPONSABLES DE LA GESTIÓN, EL CONTROL Y LA AUDITORÍA Y PAPEL DE LOS SOCIOS PERTINENTES

[Referencia: artículo 92 ter, apartado 10, párrafo tercero, y artículo 96, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

7.1   Autoridades y organismos pertinentes

[Referencia: artículo 96, apartado 5, letras a) y b), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Cuadro 23.

Autoridades y organismos pertinentes

Autoridad/organismo

Nombre de la autoridad / el organismo y departamento o unidad

Jefe de la autoridad / el organismo (puesto o función)

<7.1.1 type="S" input="S" Decision=N “SME” >

<7.1.2 type="S" maxlength= "255" input="M" Decision=N “SME” >

<7.1.3 type="S" maxlength= "255" input="M" Decision=N “SME” >

Autoridad de gestión

 

 

Autoridad de certificación, en su caso

 

 

Autoridad de auditoría

 

 

Organismo al que la Comisión debe hacer los pagos

 

 

7.2.   Participación de los socios pertinentes

[Referencia: artículo 96, apartado 5, letra c), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

7.2.1.    Acciones emprendidas para que los socios pertinentes participen en la preparación del programa operativo, y su papel en la ejecución, el seguimiento y la evaluación del mismo

<7.2.1 type="S" maxlength="14000" input="M" Decisions=N “SME”>

7.2.2.   Subvenciones globales (para el FSE y el FSE REACT UE, cuando proceda)

[Referencia: artículo 6, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1304/2013]

<7.2.2 type="S" maxlength="5000" input="M" Decisions=N>

7.2.3.   Asignación de una cantidad para el desarrollo de capacidades (para el FSE y el FSE REACT UE, cuando proceda)

[Referencia: artículo 6, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) n.o 1304/2013]

<7.2.3 type="S" maxlength="14000" input="M" Decisions=N>

SECCIÓN 8.

COORDINACIÓN ENTRE LOS FONDOS, EL FEADER, EL FEMP Y OTROS INSTRUMENTOS DE FINANCIACIÓN DE LA UNIÓN Y NACIONALES, ASÍ COMO CON EL BEI

[Referencia: artículo 96, apartado 6, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Mecanismos para garantizar la coordinación entre los Fondos, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) y otros instrumentos de financiación de la Unión y nacionales, así como con el Banco Europeo de Inversiones (BEI), teniendo en cuenta las disposiciones pertinentes contempladas en el marco estratégico común.

<8.1 type="S" maxlength="14000" input="M" Decisions=N PA=Y>

SECCIÓN 9.

CONDICIONES EX ANTE (72)

[Referencia: artículo 96, apartado 6, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

9.1.   Condiciones ex ante

Información relativa a la evaluación de la aplicabilidad y el cumplimiento de las condiciones ex ante (opcional)

<9.0 type="S" maxlength="14000" input="M" PA=Y>


Cuadro 24.

Condiciones ex ante aplicables y evaluación de su cumplimiento

Condición ex ante

Ejes prioritarios a los que se aplica la condición

Cumplimiento de la condición ex ante (sí/no/parcialmente)

Criterios

Cumplimiento de los criterios (sí/no)

Referencia:

(referencia a estrategias, actos jurídicos u otros documentos pertinentes, incluidas las referencias a las secciones, artículos o apartados pertinentes, junto con los enlaces o el acceso al texto completo)

Explicaciones

<9.1.1 type="S" maxlength="500" input="S" PA=Y“SME” >

<9.1.2 type="S" maxlength="100" input="S" PA=Y “SME” >

<9.1.3 type="C" input="G" PA=Y “SME” >

<9.1.4 type="S" maxlength="500" input="S" PA=Y “SME” >

<9.1.5 type="B" input="S" PA=Y “SME” >

<9.1.6 type="S" maxlength="500" input="M" PA=Y “SME” >

<9.1.7 type="S" maxlength="1000" input="M" PA=Y “SME” >

 

 

 

 

 

 

 

9.2.   Descripción de las acciones para cumplir las condiciones ex ante, organismos responsables y plazos (73)

Cuadro 25.

Acciones para cumplir las condiciones ex ante generales aplicables

Condición ex ante general

Criterios no cumplidos

Acciones necesarias

Plazo (fecha)

Organismos responsables

<9.2.1 type="S" maxlength="500" input="G" PA=Y “SME” >

<9.2.2 type="S" maxlength="500" input="G" PA=Y “SME” >

<9.2.3 type="S" maxlength="1000" input="M" PA=Y “SME” >

<9.2.4 type="D" input="M" PA=Y “SME” >

<9.2.5 type="S" maxlength="500" input="M" PA=Y “SME” >

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Cuadro 26.

Acciones para cumplir las condiciones ex ante temáticas aplicables

Condición ex ante temática

Criterios no cumplidos

Acciones necesarias

Plazo (fecha)

Organismos responsables

<9.2.1 type="S" maxlength="500" input="G" PA=Y “SME” TA- “NA”>

<9.2.2 type="S" maxlength="500" input="G” PA=Y “SME”

TA- “NA” >

<9.2.3 type="S" maxlength="1000" input="M" PA=Y “SME”

TA- “NA” >

<9.2.4 type="D" input="M " PA=Y “SME”

TA- “NA” >

<9.2.5 type="S" maxlength="500" input="M" PA=Y “SME”

TA- “NA“>

1. X

 

Acción 1

Plazo de la acción 1

 

 

Acción 2

Plazo de la acción 2

 

SECCIÓN 10.

REDUCCIÓN DE LA CARGA ADMINISTRATIVA PARA LOS BENEFICIARIOS (74)

[Referencia: artículo 96, apartado 6, letra c), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Resumen de la evaluación de la carga administrativa para los beneficiarios y, cuando sea necesario, acciones previstas, junto con un calendario indicativo para la reducción de dicha carga.

<10.0 type="S" maxlength="7000" input="M" decision=N PA=Y>

SECCIÓN 11.

PRINCIPIOS HORIZONTALES (75)

[Referencia: artículo 96, apartado 7, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

11.1.   Desarrollo sostenible

Descripción de las medidas específicas para tener en cuenta los requisitos de protección del medio ambiente, la eficiencia de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, la capacidad de recuperación tras las catástrofes y la prevención y gestión de riesgos en la selección de las operaciones.

<13.1 type="S" maxlength="5500" input="M" decision=N>

11.2.   Igualdad de oportunidades y no discriminación

Descripción de las medidas específicas para promover la igualdad de oportunidades y prevenir la discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual en la preparación, el diseño y la ejecución del programa operativo y, en particular, en relación con el acceso a la financiación, teniendo en cuenta las necesidades de los diversos grupos destinatarios que corren el riesgo de tal discriminación y en especial el requisito de garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad.

<13.2 type="S" maxlength="5500" input="M" decision=N>

11.3.   Igualdad entre hombres y mujeres

Descripción de la contribución del programa operativo a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y, cuando proceda, de las medidas para garantizar la integración de la perspectiva de género en el nivel del programa operativo y en el nivel operativo.

<13.2 type="S" maxlength="5500" input="M" decision=N>

SECCIÓN 12.

ELEMENTOS INDEPENDIENTES

12.1.   Grandes proyectos que se van a ejecutar durante el período de programación

[Referencia: artículo 96, apartado 2, letra e), del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Cuadro 27.

Lista de grandes proyectos

Proyecto

Fecha prevista de notificación/presentación

(año, trimestre)

Fecha prevista para el inicio de la ejecución

(año, trimestre)

Fecha prevista de finalización

(año, trimestre)

Ejes prioritarios/prioridades de inversión

<12.1.1 type="S" maxlength="500" input="S" decision=N>

<12.1.2 type="D" input="M" decision=N >

<12.1.3 type="D" input="M" decision=N >

<12.1.4 type="D" input="M" decision=N >

<12.1.5 type="S" " input="S" decision=N >

 

 

 

 

 

12.2.   Marco de rendimiento del programa operativo (76)

Cuadro 28.

Marco de rendimiento por Fondo y categoría de región (cuadro recapitulativo)

Eje prioritario

Fondo

Categoría de región

Indicador o etapa clave de ejecución

Unidad de medida, cuando proceda

Hitos para 2018

Meta final (2023)  (77)

M

W

T

<12.2.1 type="S" input="G">

<12.2.2 type="S" input="G">

<12.2.3 type="S" input="G">

<12.2.4 type="S" input="G">

<12.2.5 type="S" input="G">

<12.2.6 type="S" input="G">

<12.2.7 type="S"

input="G">

 

 

 

 

 

 

 

 

 

12.3.   Socios pertinentes que participan en la preparación del programa

<12.3 type="S" maxlength="10500" input="M" decision=N>

ANEXOS (cargados en el sistema de intercambio electrónico de datos como archivos independientes):

Proyecto de informe de la evaluación ex ante, junto con un resumen ejecutivo (obligatorio)

[Referencia: artículo 55, apartado 2, y artículo 92 ter, apartado 10, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013] (78)

Documentación relativa a la evaluación de la aplicabilidad y el cumplimiento de las condiciones ex ante (según proceda) (79)

Dictamen de los organismos nacionales responsables de la igualdad en las secciones 11.2 y 11.3 (según proceda) [Referencia: artículo 96, apartado 7, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013] (80)

Resumen para el ciudadano del programa operativo (cuando proceda)

».

(1)  Leyenda de las características de los campos

 

tipo: N = número, D = fecha, S = secuencia, C = casilla, P = porcentaje, B = booleano

 

decisión: N = no es parte de la decisión de la Comisión por la que se aprueba el programa operativo

 

introducción de datos: M = manual, S = selección, G = generados por el sistema

 

Maxlength = número máximo de caracteres, espacios incluidos

 

PA - Y = el elemento puede estar amparado únicamente por el acuerdo de asociación

 

TA - NA = no es aplicable en el caso de los programas operativos que abordan exclusivamente la asistencia técnica

 

YEI - NA = no es aplicable en el caso de los programas operativos que abordan exclusivamente la Iniciativa sobre Empleo Juvenil

 

PYME = aplicable también a los programas relativos a instrumentos financieros conjuntos para garantías ilimitadas e instrumentos financieros titulizados en favor de las PYME, ejecutados por el BEI.

(2)  Los cuadros del presente anexo prevén la separación de los recursos de REACT-UE (artículo 92 bis del Reglamento (UE) n.o 1303/2013) en caso necesario, es decir, FEDER REACT-UE, FSE REACT-UE e IEJ REACT-UE.

(3)  Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

(4)  Esta sección no es aplicable en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(5)  Esta sección no es aplicable en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(6)  Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

(7)  Fondo Social Europeo.

(8)  Iniciativa de Empleo Juvenil.

(9)  Total de la ayuda de la Unión (incluida la asignación principal y la reserva de rendimiento).

(10)  Información por Fondo y por eje prioritario.

(11)  Título del objetivo temático (no es aplicable a la asistencia técnica).

(12)  Título de la prioridad de inversión (no es aplicable a la asistencia técnica).

(13)  Esta sección no es aplicable en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(14)  Esta sección no es aplicable en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(15)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(16)  Respecto del FEDER, el Fondo de Cohesión y el FEDER REACT UE, los valores previstos pueden ser cualitativos o cuantitativos.

(17)  Esta lista incluye indicadores de resultado comunes para los que se ha fijado un valor previsto y todos los indicadores de resultado específicos del programa. Los valores previstos para los indicadores de resultado comunes deben cuantificarse; para los indicadores de resultado específicos del programa, dichos valores pueden ser cualitativos o cuantitativos. Los valores previstos pueden presentarse en forma de total (hombres + mujeres) o desglosados por género; los valores de referencia pueden adaptarse en consecuencia. «M» = hombres, «W» = mujeres, «T» = total.

(18)  Reglamento (UE) n.o 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1081/2006 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 470).

(19)  Esta lista incluye indicadores de resultado comunes para los que se ha fijado un valor previsto y todos los indicadores de resultado específicos del programa. Los valores previstos para los indicadores de resultado comunes deben cuantificarse; para los indicadores de resultado específicos del programa, dichos valores pueden ser cualitativos o cuantitativos. Todos los indicadores de resultado que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 1304/2013 utilizados para hacer un seguimiento de la ejecución de la IEJ deben estar asociados a un valor previsto cuantificado. Los valores previstos pueden presentarse en forma de total (hombres + mujeres) o desglosados por género; los valores de referencia pueden adaptarse en consecuencia. «M» = hombres, «W» = mujeres, «T» = total.

(20)  El desglose por categoría de región no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(21)  En el caso del FSE, esta lista incluye indicadores de productividad comunes para los que se ha fijado un valor previsto. Los valores previstos se pueden presentar en forma de total (hombres + mujeres) o desglosados por género. Para el FEDER REACT UE, en la mayoría de los casos el desglose por género no es pertinente. «M» = hombres, «W» = mujeres, «T» = total.

(22)  En el caso del FSE y el FSE REACT UE, esta lista incluye indicadores de productividad comunes para los que se ha fijado un valor previsto y todos los indicadores de productividad específicos del programa.

(23)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(24)  Cuando la IEJ se ejecuta como parte de un eje prioritario, sus hitos y metas deben distinguirse de los demás hitos y metas del eje prioritario, de conformidad con los actos de ejecución a los que se refiere el artículo 22, apartado 7, párrafo quinto, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013, al excluirse de la reserva de rendimiento los recursos asignados a la IEJ (asignación específica y ayuda correspondiente del FSE).

(25)  Los hitos pueden presentarse en forma de total (hombres + mujeres) o desglosados por género. «M» = hombres, «W» = mujeres, «T» = total.

(26)  Los valores previstos se pueden presentar en forma de total (hombres + mujeres) o desglosados por género. «M» = hombres, «W» = mujeres, «T» = total.

(27)  Los importes incluyen el total de la ayuda de la Unión (la asignación principal y la asignación procedente de la reserva de rendimiento).

(28)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(29)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(30)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(31)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(32)  Incluye, en su caso, la información cuantificada sobre la contribución del FSE a los objetivos temáticos que figuran en el artículo 9, párrafo primero, puntos 1 a 7, y en el artículo 92 ter, apartado 9, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013.

(33)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(34)  Esta sección no es necesaria en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(35)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(36)  Necesario cuando la ayuda de la Unión para asistencia técnica en el programa exceda de 15 millones EUR.

(37)  Necesario cuando esté justificado objetivamente por el contenido de la acción y cuando la ayuda de la Unión para asistencia técnica en el programa exceda de 15 millones EUR.

(38)  Los valores previstos pueden ser cualitativos o cuantitativos. Los valores previstos pueden presentarse en forma de total (hombres + mujeres) o desglosados por género; los valores de referencia pueden adaptarse en consecuencia. «M» = hombres, «W» = mujeres, «T» = total.

(39)  Los valores previstos para los indicadores de productividad en el marco de la asistencia técnica son opcionales; los valores previstos pueden presentarse en forma de total (hombres + mujeres) o desglosados por género. «M» = hombres, «W» = mujeres, «T» = total.

(40)  Los importes incluyen el total de la ayuda de la Unión (la asignación principal y la asignación procedente de la reserva de rendimiento).

(41)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(42)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(43)  Esta sección no es aplicable en el caso de programas operativos o ejes prioritarios específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(44)  Asignación total (ayuda de la Unión) menos asignación para la reserva de rendimiento.

(45)  Asignación total procedente del FSE, incluida la ayuda correspondiente del FSE para la IEJ. Las columnas relativas a la reserva de rendimiento no incluyen la ayuda correspondiente del FSE para la IEJ, que está excluida de la reserva de rendimiento.

(46)  Asignación total procedente del FSE, incluida la ayuda correspondiente del FSE para la IEJ. Las columnas relativas a la reserva de rendimiento no incluyen la ayuda correspondiente del FSE para la IEJ, que está excluida de la reserva de rendimiento.

(*1)  Al marcar la casilla, el Estado miembro solicita, de conformidad con el artículo 25 bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013, un porcentaje de cofinanciación del 100 % de los gastos declarados en las solicitudes de pago durante el ejercicio contable que empezó el 1 de julio de 2020 y terminará el 30 de junio de 2021 para [todos los ejes prioritarios] [algunos de los ejes prioritarios] del programa operativo.

(47)  Debe cumplimentarse únicamente cuando los ejes prioritarios se expresen en costes totales.

(48)  La excepción al artículo 120, apartado 3, párrafos primero y segundo, del RDC (prevista en el artículo 92 ter, apartado 11, del RDC) no es aplicable a los recursos adicionales de REACT UE asignados a la asistencia técnica. En los casos en que el eje prioritario de asistencia técnica prevea ayuda para más de una categoría de regiones, el porcentaje de cofinanciación de este eje prioritario se determinará reflejando proporcionalmente, dentro de los límites previstos en el artículo 120, apartado 3, del RDC, la distribución de los recursos de REACT UE entre las categorías de regiones en este eje prioritario.

(49)  Este porcentaje puede redondearse al número entero más próximo en el cuadro. El porcentaje exacto utilizado para el reembolso de los pagos es la ratio (f).

(50)  La contrapartida nacional se divide proporcionalmente entre la asignación principal y la reserva de rendimiento.

(51)  Este eje prioritario comprende la asignación específica a la IEJ y la ayuda correspondiente del FSE.

(52)  Esta parte de un eje prioritario comprende la asignación específica a la IEJ y la ayuda correspondiente del FSE.

(53)  Este eje prioritario comprende la asignación específica a la IEJ y la ayuda correspondiente del FSE.

(54)  Esta parte de un eje prioritario comprende la asignación específica a la IEJ y la ayuda correspondiente del FSE.

(55)  Asignación del FSE sin la ayuda correspondiente para la IEJ.

(56)  La suma de la ayuda total del FSE en las regiones menos desarrolladas, regiones en transición y regiones más desarrolladas y los recursos asignados a la IEJ en el cuadro 18a es igual a la suma de la ayuda total del FSE en dichas regiones y la asignación específica a la IEJ del cuadro 17.

(57)  Asignación del FSE sin la ayuda correspondiente para la IEJ.

(58)  Asignación del FSE sin la ayuda correspondiente para la IEJ.

(59)  Incluye la asignación especial a la IEJ y la ayuda correspondiente del FSE.

(60)  Incluye la asignación especial a la IEJ REACT UE y la ayuda correspondiente del FSE REACT UE.

(61)  Debe cumplimentarse para cada eje prioritario (o parte de un eje prioritario) que ejecute la IEJ.

(62)  La IEJ (asignación específica y ayuda correspondiente del FSE) se considera un Fondo y figura en una línea separada, incluso si es parte de un eje prioritario.

(63)  Debe cumplimentarse únicamente cuando los ejes prioritarios se expresen en costes totales.

(64)  Este porcentaje puede redondearse al número entero más próximo en el cuadro. El porcentaje exacto utilizado para el reembolso de los pagos es la ratio (f).

(65)  A los fines del presente cuadro, la IEJ (asignación específica y ayuda correspondiente del FSE) se considera un Fondo.

(66)  Este cuadro se genera automáticamente a partir de los cuadros sobre categorías de intervención en el marco de cada eje prioritario.

(67)  En caso de un programa operativo o de revisión del programa para establecer uno o más ejes prioritarios independientes específicos para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», esta parte solo será necesaria si se concede la ayuda correspondiente.

(68)  Reglamento (UE) n.o 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1080/2006 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 289).

(69)  Esta sección no es necesaria en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(70)  Si el programa abarca más de una categoría de región, puede ser necesario un desglose por categoría.

(71)  Esta sección no es necesaria en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(72)  Esta sección no es aplicable en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(73)  Los cuadros 25 y 26 solo se refieren a las condiciones ex ante generales y temáticas aplicables que, en el momento de la presentación del programa, se hayan incumplido totalmente o se hayan cumplido parcialmente (véase el cuadro 24).

(74)  Esta sección no es necesaria en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(75)  Esta sección no es necesaria en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(76)  Esta sección no es aplicable en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(77)  Los valores previstos pueden presentarse en forma de total (hombres + mujeres) o desglosados por género.

(78)  Esta sección no es aplicable en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(79)  Esta sección no es aplicable en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(80)  Esta sección no es aplicable en el caso de un programa operativo específico para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».


ANEXO II

El anexo II se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO II

Modelo para programas de cooperación en el marco del objetivo de cooperación territorial europea

CCI

<0.1 type=‘S’ maxlength=‘15’ input=‘S’>  (1)

Título

<0.2 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’>

Versión

<0.3 type=‘N’ input=‘G’>

Primer año

<0.4 type=‘N’ maxlength=‘4’ input=‘M’>

Último año

<0.5 type=‘N’ maxlength=‘4’ input=‘M’>>

Subvencionable desde

<0.6 type=‘D’ input=‘G’>

Subvencionable hasta

<0.7 type=‘D’ input=‘G’>>

Número de la decisión de la Comisión Europea

<0.8 type=‘S’ input=‘G’>>

Fecha de la decisión de la Comisión Europea

<0.9 type=‘D’ input=‘G’>>

Número de la decisión de modificación del Estado miembro

<0.10 type=‘S’ maxlength=‘20’ input=‘M’>>

Fecha de la decisión de modificación del Estado miembro

<0.11 type=‘D’ input=‘M’>>

Fecha de entrada en vigor de la decisión de modificación del Estado miembro

<0.12 type=‘D’ input=‘M’>>

Regiones NUTS que abarca el programa de cooperación

<0.13 type=‘S’ input=‘S’>>

SECCIÓN 1.

ESTRATEGIA DE CONTRIBUCIÓN DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN A LA ESTRATEGIA DE LA UNIÓN PARA UN CRECIMIENTO INTELIGENTE, SOSTENIBLE E INTEGRADOR Y AL LOGRO DE LA COHESIÓN ECONÓMICA, SOCIAL Y TERRITORIAL (2)

[Referencia: artículo 27, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) y artículo 28, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4)]

1.1.   Estrategia de la contribución del programa de cooperación a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y al logro de la cohesión económica, social y territorial

1.1.1.   Descripción de la estrategia del programa de cooperación para contribuir a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y al logro de la cohesión económica, social y territorial.

<1.1.1 type=‘S’ maxlength=‘70000’ input=‘M’>

En caso de revisión de un programa de cooperación existente, a fin de asignar los recursos complementarios de REACT UE, la descripción del impacto previsto de en lo que se refiere a favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía» se presentarán en una casilla específica como se indica a continuación.

1.1.1 bis.   Descripción del impacto previsto del programa de cooperación en lo que se refiere a favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía.

<1.1.1 type="S" maxlength="10 000 " input="M">

1.1.2.   Justificación de la selección de los objetivos temáticos y las prioridades de inversión correspondientes, tomando en consideración el Marco Estratégico Común, sobre la base del análisis de las necesidades en la zona del programa en su conjunto y de la estrategia adoptada en respuesta a esas necesidades, incluyendo, en su caso, los enlaces que faltan en las infraestructuras transfronterizas, teniendo en cuenta la evaluación ex ante.

En caso de revisión de un programa de cooperación existente a fin de asignar los recursos complementarios de REACT UE, se añadirá la siguiente descripción.

1.1.2 bis.   Justificación en la que se determina el impacto previsto del programa de cooperación en lo que se refiere a favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía.

[Referencia: artículo 92 ter, apartado 9, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Cuadro 1.

Justificación de la selección de los objetivos temáticos y las prioridades de inversión

Objetivo temático seleccionado

Prioridad de inversión seleccionada

Justificación para la selección o el impacto en relación con favorecer la reparación de la crisis (en su caso)

<1.1.2 type=‘S’ input=‘S’ >

<1.1.3 type=‘S’ input=‘S’>

<1.1.4 type=‘S’ maxlength=‘1000’ input=‘M’>

 

 

 

1.2.   Justificación de la asignación financiera

Justificación de la asignación financiera (ayuda de la Unión) a cada objetivo temático y, en su caso, a cada prioridad de inversión, de conformidad con los requisitos de concentración temática, teniendo en cuenta la evaluación ex ante.

<1.2.1 type=‘S’ maxlength=‘7000’ input=‘M’ >

En caso de revisión de un programa de cooperación existente a fin de asignar los recursos complementarios de REACT UE, se añadirá la siguiente descripción:

1.2 bis.   Justificación de la asignación financiera de los recursos complementarios de REACT UE al programa y manera en que estos recursos se dirigen a las zonas geográficas donde más se necesitan, habida cuenta de las distintas necesidades y niveles de desarrollo a escala regional para garantizar que el énfasis sigue estando en las regiones menos desarrolladas, de conformidad con los objetivos de cohesión económica, social y territorial establecidos en el artículo 174 del TFUE.

<1.2.1 type=‘S’ maxlength=‘3000’ input=‘M’ >


Cuadro 2.

Presentación de la estrategia de inversión del programa de cooperación

Eje prioritario

Ayuda del FEDER (en EUR)

Porcentaje (%) del total de la ayuda de la Unión al programa de cooperación (por Fondo) (5)

Objetivo temático (6)

Prioridades de inversión (7)

Objetivos específicos correspondientes a las prioridades de inversión

Indicadores de resultado correspondientes al objetivo específico

FEDER (8)

IEV  (9)(cuando proceda)

IAP  (10)(cuando proceda)

<1.2.1 type=‘S’ input=‘G’>

<1.2.2 type=‘S’ input=‘G’>

<1.2.3type=‘N’ ‘ input=‘G’>

<1.2.4 type=‘S’ input=‘G’><1.2.9 type=‘P’ input=‘G’>

<1.2.5 type=‘S’ input=‘G’><1.2.1 0type=‘P’ input=‘G’>

<1.2.6 type=‘S’ input=‘G’>

<1.2.7 type=‘S’ input=‘G’>

<1.2.8 type=‘S’ input=‘G’>

<1.2.9 type=‘S’ input=‘G’>

REACT UE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SECCIÓN 2.

EJES PRIORITARIOS

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letras b) y c), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Sección 2.A.

DESCRIPCIÓN DE LOS EJES PRIORITARIOS DISTINTOS DE LA ASISTENCIA TÉCNICA

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

2.A.1.   Eje prioritario (repítase para cada eje prioritario)

ID del eje prioritario

<2A.1 type=‘N’ input=‘G’>

Título del eje prioritario

<2A.2 type=‘S’ maxlength=‘500’ input=‘M’>


La totalidad del eje prioritario se ejecutará únicamente con instrumentos financieros

<2A.3 type=‘C’ input=‘M’>

La totalidad del eje prioritario se ejecutará únicamente con instrumentos financieros establecidos a escala de la Unión

<2A.4 type=‘C’ input=‘M’>

La totalidad del eje prioritario se ejecutará con desarrollo local participativo

<2A.5 type=‘C’ input=‘M’>

La totalidad del eje prioritario está destinada a REACT UE

<2A.6 type="C" input="M">

2.A.2.   Justificación del establecimiento de un eje prioritario que abarque más de un objetivo temático (cuando proceda) (11)

[Referencia: artículo 8, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

<2.A.0 type=‘S’ maxlength=‘3 500 ’ input=‘M’>

2.A.3.   Fondo y base de cálculo de la ayuda de la Unión

(repítase para cada fondo en el marco del eje prioritario)

Fondo

<0.13 type=‘S’ input=‘S’>>

Base de cálculo (gasto total subvencionable o gasto público subvencionable)

<2A.8 type=‘S’ input=‘S’>

2.A.4.   Prioridad de inversión (repítase para cada prioridad de inversión en el marco del eje prioritario)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso i), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Prioridad de inversión

<2A.7 type=‘S’ input=‘S’>

2.A.5.   Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados previstos

(repítase para cada objetivo específico en el marco de la prioridad de inversión)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), incisos i) y ii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

ID

<2A.1.1 type=‘N’ input=‘G’>

Objetivo específico

<2A.1.2 type=‘S’ maxlength=‘500’ input=‘M’>

Resultados que los Estados miembros pretenden conseguir con la ayuda de la Unión

<2A.1.3 type=‘S’ maxlength=‘3500’ input=‘M’>


Cuadro 3.

Indicadores de resultado específicos del programa (por objetivo específico)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

ID

Indicador

Unidad de medida

Valor de referencia

Año de referencia

Valor previsto (2023) (12)

Fuente de datos

Frecuencia de los informes

<2A.1.4 type=‘S’ maxlength=‘5’ input=‘M’>

<2A.1.5 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’>

<2A.1.6 type=‘S’ input=‘M’>

Quantitative <2A.1.8 type=‘N’ input=‘M’>

Qualitative <2A.1.8 type=‘S’ maxlength=‘100’ input=‘M’

<2A.1.9 type=‘N’ input=‘M’>

Quantitative <2A.1.10 type=‘N’ input=‘M’>

Qualitative <2A.1.10 type=‘S’ maxlength=‘100’ input=‘M’>

<2A.1.11 type=‘S’ maxlength=‘200’ input=‘M’>

<2A.1.12 type=‘S’ maxlength=‘100’ input=‘M’>

2.A.6.   Acciones que se van a financiar en el marco de la prioridad de inversión (por prioridad de inversión)

2.A.6.1.    Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su contribución prevista a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios.

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Prioridad de inversión

<2A.2.1.1 type=‘S’ input=‘S’>

<2A.2.1.2 type=‘S’ maxlength=‘14000’ input=‘M’>

2.A.6.2.    Principios rectores para la selección de operaciones

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Prioridad de inversión

<2A.2.2.1 type=‘S’ input=‘S’>

<2A.2.2.2 type=‘S’ maxlength=‘3500’ input=‘M’>

2.A.6.3.   Uso previsto de instrumentos financieros (cuando proceda)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Prioridad de inversión

<2A.2.3.1 type=‘S’ input=‘S’>

Uso previsto de instrumentos financieros

<2A.2.3.2 type=‘C’ input=‘M’>

<2A.2.3.3 type=‘S’ maxlength=‘7000’ input=‘M’>

2.A.6.4.   Uso previsto de grandes proyectos (cuando proceda)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Prioridad de inversión

<2A.2.4.1 type=‘S’ input=‘S’>

<2A.2.4.2 type=‘S’ maxlength=‘3500’ input=‘M’>

2.A.6.5.   Indicadores de productividad (por prioridad de inversión)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso iv), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Cuadro 4.

Indicadores de productividad comunes y específicos del programa

ID

Indicador (nombre del indicador)

Unidad de medida

Valor previsto (2023)

Fuente de datos

Frecuencia de los informes

<2A.2.5.1 type=‘S’ input=‘S’>

<2A.2.5.2 type=‘S’ input=‘S’>

<2A.2.5.3 type=‘S’ input=‘S’>

<2A.2.5.6 type=‘N’ input=‘M’>

<2A.2.5.7 type=‘S’ maxlength=‘200’ input=‘M’>

<2A.2.5.8 type=‘S’ maxlength=‘100’ input=‘M’>

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.A.7.   Marco de rendimiento (13)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso v), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013 y anexo II del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Cuadro 5

Marco de rendimiento del eje prioritario

Eje prioritario

Tipo de indicador

(etapa clave de ejecución, indicador financiero, indicador de productividad o, en su caso, indicador de resultado)

ID

Indicador o etapa clave de ejecución

Unidad de medida, cuando proceda

Hitos para 2018

Meta final (2023)

Fuente de datos

Explicación de la pertinencia del indicador, cuando proceda

<2A.3.1 type=‘S’ input=‘S’>

<2A.3.2 type=‘S’ input=‘S’>

Implementation Step or Financial <2A.3.3 type=‘S’ maxlength=‘5’ input=‘M’>

Output or result<2A.3.3 type=‘S’ input=‘S’>

Implementation Step or Financial <2A.3.4 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’>

Output or Result <2A.4.4 type=‘S’ input=‘G’ or ‘M’>

Implementation Step or Financial <2A.3.5 type=‘S’ input=‘M’>

Output or Result <2A.3.5 type=‘S’ input=‘G’ or ‘M’>

<2A.3.7 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’>

<2A.3.8 type=‘S’ input=‘M’>

Output or Result <2A.3.8 type=‘S’ input=‘M’>

<2A.3.9 type=‘S’ maxlength=‘200’ input=‘M’>

Output or Result <2A.3.9 type=‘S’ input=‘M’>

<2A.3.10 type=‘S’ maxlength=‘500’ input=‘M’>

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Información cualitativa adicional sobre el establecimiento del marco de rendimiento (opcional)

<2A.3.11 type=‘S’ maxlength=‘7000’ input=‘M’>

2.A.8.   Categorías de intervención

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso vii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Categorías de intervención correspondientes al contenido del eje prioritario, basadas en una nomenclatura adoptada por la Comisión, y desglose indicativo de la ayuda de la Unión.

Cuadros 6 a 9.

Categorías de intervención

Cuadro 6. Dimensión 1. Ámbito de intervención

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2A.4.1.1 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N>

<2A.4.1.1 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N >

<2A.4.1.3 type=‘N’ input=‘M’ Decision=N >

 

 

 

 

 

 


Cuadro 7. Dimensión 2. Forma de financiación

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2A.4.1.4 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N>

<2A.4.1.5 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N >

<2A.4.1.6 type=‘N’ input=‘M’ Decision=N >

 

 

 

 

 

 


Cuadro 8. Dimensión 3. Tipo de territorio

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2A.4.1.7 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N>

<2A.4.1.8 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N >

<2A.4.1.9 type=‘N’ input=‘M’ Decision=N >

 

 

 

 

 

 


Cuadro 9. Dimensión 6. Mecanismos de intervención territorial

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2A.4.1.10 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N>

<2A.4.1.11 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N >

<2A.4.1.12 type=‘N’ input=‘M’ Decision=N >

 

 

 

 

 

 

2.A.9.   Resumen del uso previsto de la asistencia técnica que incluya, cuando sea necesario, las acciones destinadas a reforzar la capacidad administrativa de las autoridades implicadas en la gestión y el control de los programas y los beneficiarios y, si es preciso, las acciones destinadas a aumentar la capacidad administrativa de los socios pertinentes para participar en la ejecución de los programas (cuando proceda) (14).

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra b), inciso vi), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Eje prioritario

<3A.5.1 type=‘S’ input=‘S’>

<2A.5.2 type=‘S’ maxlength=‘2000’ input=‘M’>

SECCIÓN 2.B.

DESCRIPCIÓN DE LOS EJES PRIORITARIOS RELATIVOS A LA ASISTENCIA TÉCNICA

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

2.B.1.   Eje prioritario

ID

<2B.0.1 type=‘N’ maxlength=‘5’ input=‘G’>

Título

<2B.0.2 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’>


La totalidad del eje prioritario está destinada a REACT UE

<2B.1 type="C" input="M">

2.B.2.   Fondo y base de cálculo de la ayuda de la Unión (repítase para cada Fondo en el marco del eje prioritario)

Fondo

<2B.0.3 type=‘S’ input=‘S’>

Base de cálculo (gasto total subvencionable o gasto público subvencionable)

<2B.0.4 type=‘S’ input=‘S’>

2.B.3.   Objetivos específicos y resultados esperados

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra c), incisos i) y ii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Objetivo específico (repítase para cada objetivo específico)

ID

<2B.1.1 type=‘N’ maxlength=‘5’ input=‘G’>

Objetivo específico

<2B.1.2 type=‘S’ maxlength=‘500’ input=‘M’>

Resultados que los Estados miembros pretenden conseguir con la ayuda de la Unión  (15)

<2B.1.3 type=‘S’ maxlength=‘3500’ input=‘M’>

2.B.4.   Indicadores de resultado (16)

Cuadro 10.

Indicadores de resultado específicos del programa (por objetivo específico)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra c), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

ID

Indicador

Unidad de medida

Valor de referencia

Año de referencia

Valor previsto (17) (2023)

Fuente de datos

Frecuencia de los informes

<2.B.2.1 type=‘S’ maxlength=‘5’ input=‘M’>

<2.B.2.2 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’>

<2.B.2.3 type=‘S’ input=‘M’>

Quantitative <2.B.2.4 type=‘N’ input=‘M’>

<2.B.2.5 type=‘N’ input=‘M’>

Quantitative <2.B.2.6 type=‘N’ input=‘M’>

Qualitative <2A.1.10 type=‘S’ maxlength=‘100’ input=‘M’>

<2.B.2.7 type=‘S’ maxlength=‘100’ input=‘M’>

<2.B.2.8 type=‘S’ maxlength=‘100’ input=‘M’>

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.B.5.   Acciones que van a ser objeto de ayuda y su contribución esperada a los objetivos específicos (por eje prioritario)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra c), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

2.B.5.1.    Descripción de las acciones que van a ser objeto de ayuda y su contribución esperada a los objetivos específicos

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra c), inciso iii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Eje prioritario

<2.B.3.1.1 type=‘S’ input=‘S’>

<2.B.3.1.2 type=‘S’ maxlength=‘7000’ input=‘M’>

2.B.5.2.   Indicadores de productividad que se espera que contribuyan a los resultados (por eje prioritario)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra c), inciso iv), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Cuadro 11.

Indicadores de productividad

ID

Indicador

Unidad de medida

Valor previsto (2023)

(opcional)

Fuente de datos

<2.B.3.2.1 type=‘S’ maxlength=‘5’ input=‘M’>

<2.B.2.2.2 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’>

<2.B.3.2.3 type=‘S’ input=‘M’>

<2.B.3.2.4 type=‘N’ input=‘M’>

<2.B.3.2.5 type=‘S’ maxlength=‘100’ input=‘M’>

 

 

 

 

 

2.B.6.   Categorías de intervención

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra c), inciso v), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Categorías de intervención correspondientes, sobre la base de una nomenclatura adoptada por la Comisión, y desglose indicativo de la ayuda de la Unión.

Cuadros 12 a 14.

Categorías de intervención

Cuadro 12. Dimensión 1. Ámbito de intervención

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2B.4.1.1 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N >

<2B.4.1.2 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N >

<2B.4.1.3 type=‘N’ input=‘M Decision=N ‘>

 

 

 

 

 

 


Cuadro 13. Dimensión 2. Forma de financiación

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2B.4.2.1 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N >

<2B.4.2.2 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N >

<2B.4.2.3 type=‘N’ input=‘M’ Decision=N >

 

 

 

 

 

 


Cuadro 14. Dimensión 3. Tipo de territorio

Eje prioritario

Código

Importe (en EUR)

<2B.4.3.1 type=‘S’ input=‘S’ Decision=N >

<2B.4.3.2 type=‘S’ input=’ Decision=N S’>

<2B.4.3.3 type=‘N’ input=‘M Decision=N ‘>

 

 

 

 

 

 

SECCIÓN 3.

PLAN DE FINANCIACIÓN

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra d), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

3.1.   Crédito financiero del FEDER (en EUR)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra d), inciso i), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Cuadro 15

Fondo

<3.1.1 type=‘S’ input=‘G’>

2014

2015

2016

2017

2018

2019

2020

2021

2022

Total

FEDER sin REACT UE

<3.1.3 type=‘N’ input=‘M’>

<3.1.4 type=‘N’ input=‘M’>

<3.1.5 type=‘N’ input=‘M’>

<3.1.6 type=‘N’ input=‘M’>

<3.1.7 type=‘N’ input=‘M’>

<3.1.8 type=‘N’ input=‘M’>

<3.1.9 type=‘N’ input=‘M’>

No procede

No procede

<3.1.10 type=‘N’ input=‘G’>

FEDER REACT UE

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

No procede

<3.1.10 type=‘N’ input=‘M’>

<3.1.11 type=‘N’ input=‘M’>

 

Importes IAP (cuando proceda)

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

Importes IEV (cuando proceda)

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

 

Total general

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.2.A.   Crédito financiero total del FEDER y cofinanciación nacional (en EUR)

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra d), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

1.

El cuadro financiero establece el plan de financiación del programa de cooperación por eje prioritario. Cuando los programas de las regiones ultraperiféricas combinen asignaciones transfronterizas y transnacionales, se establecerán ejes prioritarios para cada una de ellas.

2.

El cuadro financiero mostrará, a título informativo, las contribuciones de terceros países que participen en el programa de cooperación (distintas de las contribuciones del IAP y el IEV).

3.

La contribución del BEI (18) se presenta a nivel del eje prioritario.

Cuadro 16.

Plan de financiación

Eje prioritario

Fondo

Base para el cálculo de la ayuda de la Unión

(coste total subvencionable o coste público subvencionable)

Ayuda de la Unión (a)

Contrapartida nacional

(b) = (c) + (d)

Desglose indicativo de la contrapartida nacional

Financiación total

(e) = (a) + (b)

Porcentaje de cofinanciación (20)

(f) = (a)/(e) (21)

Porcentaje de cofinanciación del 100 % para el año fiscal 2020-2021 (*1)

A título informativo

 

 

 

 

Financiación pública nacional (c)

Financiación privada nacional (d)  (19)

 

 

 

Contribución de terceros países

Contribución del BEI

<3.2.A.1 type=‘S’ input=‘G’>

<3.2.A.2 type=‘S’ input=‘G’>

<3.2.A.3 type=‘S’ input=‘G’>

<3.2.A.4 type=‘N’ input=‘M’>

<3.2.A.5 type=‘N’ input=‘G’>

<3.2.A.6 type=‘N’ input=‘M’>

<3.2.A.7 type=‘N’ input=‘M’>

<3.2.A.8 type=‘N’ input=‘G’>

<3.2.A.9 type=‘P’ input=‘G’>

En la nota a pie de página  (*1) encontará más detalles (ejemplos a continuación)

<3.2.A.10 type=‘N’ input=‘M’>

<3.2.A.11 type=‘N’ input=‘M’>

Eje prioritario 1

FEDER (si es posible, inclúyanse los importes transferidos del IAP y el IEV) (22)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IAP

 

 

 

 

 

 

 

IEV

 

 

 

 

 

 

 

Eje prioritario N

FEDER (si es posible, inclúyanse los importes transferidos del IAP y el IEV)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IAP

 

 

 

 

 

 

 

IEV

 

 

 

 

 

 

 

Eje prioritario N

FEDER REACT UE

 

 

 

 

 

 

 

No procede

No procede

Total

FEDER

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

IAP

 

 

 

 

 

 

 

 

IEV

 

 

 

 

 

 

 

 

FEDER REACT UE

 

 

 

 

 

 

 

 

Total

Total todos los Fondos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.2.B.   Desglose por eje prioritario y objetivo temático

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra d), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Cuadro 17

Eje prioritario

Objetivo temático

Ayuda de la Unión

Contrapartida nacional

Financiación total

<3.2.B.1 type=‘S’ input=‘G’>

<3.2.B.2 type=‘S’ input=‘G’>

<3.2.B.3 type=‘N’ input=‘M’>

<3.2.B.4 type=‘N’ input=‘M’>

<3.2.B.5 type=‘N’ input=‘M’>

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Total FEDER sin REACT UE

 

 

 

 

Total FEDER REACT UE

 

 

 

 

Total general

 

 

 

 


Cuadro 18.

Importe indicativo de la ayuda que se va a destinar a los objetivos del cambio climático

[Referencia: artículo 27, apartado 6, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013] (23)

Eje prioritario

Importe indicativo de la ayuda que se va a destinar a los objetivos del cambio climático (en EUR)

Porcentaje de la asignación total al programa (%)

<3.2.B.8 type=‘S’ input=‘G’>

<3.2.B.9 type=‘N’ input=‘G’ Decision=N >

<3.2.B.10 type=‘P’ input=‘G’ Decision=N >

 

 

 

Total FEDER REACT UE

 

 

Total

 

 

SECCIÓN 4.

ENFOQUE INTEGRADO DEL DESARROLLO TERRITORIAL (24)

[Referencia: artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Descripción del enfoque integrado del desarrollo territorial, tomando en consideración el contenido y los objetivos del programa de cooperación, incluso por lo que respecta a las regiones y zonas a las que se hace referencia en el artículo 174, apartado 3, del TFUE, teniendo en cuenta el acuerdo de asociación de los Estados miembros participantes y mostrando cómo ese programa de cooperación contribuye al logro de sus objetivos y de los resultados previstos.

<4.0 type=‘S’ maxlength=‘3500’ input=‘M’>

4.1.   Desarrollo local participativo (cuando proceda)

Enfoque relativo al uso de instrumentos de desarrollo local participativo y principios para identificar las zonas en las que se aplicará.

[Referencia: artículo 8, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

<4.1 type=‘S’ maxlength=‘7000’ input=‘M’ >

4.2.   Acciones integradas de desarrollo urbano sostenible (cuando proceda)

Principios para identificar las zonas urbanas en las que se van a llevar a cabo las acciones integradas de desarrollo urbano sostenible y asignación indicativa de la ayuda del FEDER para dichas acciones.

[Referencia: artículo 8, apartado 3, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

<4.2.1 type=‘S’ maxlength=‘3500’ input=‘M’>


Cuadro 19.

Acciones integradas de desarrollo urbano sostenible: importes indicativos de la ayuda del FEDER

Fondo

Importe indicativo de la ayuda del FEDER (en EUR)

<4.2.2 type=‘S’ input=‘G’>

<4.2.3 type=‘N’ input=‘M’>

FEDER sin REACT UE

 

4.3.   Inversión Territorial Integrada (ITI) (cuando proceda)

Enfoque relativo al uso de los instrumentos de inversión territorial integrada (ITI) [con arreglo a la definición del artículo 36 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013] en casos distintos de los mencionados en el punto 4.2 y su dotación financiera indicativa de cada eje prioritario.

[Referencia: artículo 8, apartado 3, letra c), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

<4.3.1 type=‘S’ maxlength=‘5000’ input=‘M ‘>


Cuadro 20.

Dotación financiera indicativa al ITI en casos distintos de los mencionados en el punto 4.2 (importe agregado)

Eje prioritario

Asignación financiera indicativa (ayuda de la Unión) (EUR)

<4.3.2 type=‘S’ input=‘G’ >

<4.3.3 type=‘N’ input=‘M’>

Total FEDER sin REACT UE

 

Total FEDER REACT UE

 

TOTAL

 

4.4.   Contribución de las intervenciones planificadas en estrategias macrorregionales y de las cuencas marítimas, sujetas a las necesidades de la zona del programa identificadas por los correspondientes Estados miembros y teniendo en cuenta, en su caso, los proyectos estratégicamente importantes establecidos en dichas estrategias (cuando proceda).

(Si los Estados miembros y las regiones participan en estrategias macrorregionales y de las cuencas marítimas).

[Referencia: artículo 8, apartado 3, letra d), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

<4.4.1.2 type=‘S’ maxlength=‘7000’ input=‘M’ >

SECCIÓN 5.

DISPOSICIONES DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN

[Referencia: artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

5.1.   Autoridades y organismos pertinentes

[Referencia: artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Cuadro 21.

Autoridades del programa

[Referencia: artículo 8, apartado 4, letra a), inciso i), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Autoridad/organismo

Nombre de la autoridad / el organismo y departamento o unidad

Jefe de la autoridad / el organismo (puesto o función)

Autoridad de gestión

<5.1.1 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ decision=’N’ >

<5.1.2 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ decision=’N’ >

Autoridad de certificación, en su caso

<5.1.3 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ decision=’N’ >

<5.1.4 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ decision=’N’ >

Autoridad de auditoría

<5.1.5 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ decision=’N’ >

<5.1.6 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ decision=’N’ >

El organismo al que hará los pagos la Comisión es:

[Referencia: artículo 8, apartado 4, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

la autoridad de certificación

<5.1.8 type type=‘C’ input=‘M’>


Cuadro 22.

Organismo u organismos que desempeñan tareas de control y auditoría

[Referencia: artículo 8, apartado 4, letra a), incisos ii) y iii), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Autoridad/organismo

Nombre de la autoridad / el organismo y departamento o unidad

Jefe de la autoridad / el organismo (puesto o función)

Organismo u organismos designados para llevar a cabo tareas de control

<5.1.9 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ >

<5.1.10 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ >

Organismo u organismos designados para llevar a cabo tareas de auditoría

<5.1.11 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ >

<5.1.12 type=‘S’ maxlength=‘255’ input=‘M’ >

5.2.   Procedimiento para crear la secretaría conjunta

[Referencia: artículo 8, apartado 4, letra a), inciso iv), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

<5.2 type=‘S’ maxlength=‘3500’ input=‘M’ >

5.3.   Descripción sucinta de las modalidades de gestión y control

[Referencia: artículo 8, apartado 4, letra a), inciso v), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

<5.3. type=‘S’ maxlength=‘35000’ input=‘M’ >

5.4.   Reparto de responsabilidades entre los Estados miembros participantes en caso de que la autoridad de gestión o la Comisión impongan correcciones financieras

[Referencia: artículo 8, apartado 4, letra a), inciso vi), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

<5.4 type=‘S’ maxlength=‘10500’ input=‘M’ >

5.5.   Utilización del euro (en su caso)

[Referencia: artículo 28 del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Método elegido para la conversión de los gastos efectuados en una moneda distinta del euro

<5.5. type=‘S’ maxlength=‘2000’ input=‘M’ >

5.6.   Participación de los socios

[Referencia: artículo 8, apartado 4, letra c), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Acciones emprendidas para que los socios a los que se hace referencia en el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 participen en la preparación del programa de cooperación, y papel de estos socios en la preparación y ejecución del mismo, así como su participación en el Comité de seguimiento.

<5.6 type=‘S’ maxlength=‘14000’ input=‘M’ Decisions=N>

SECCIÓN 6.

COORDINACIÓN

[Referencia: artículo 8, apartado 5, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Mecanismos que garantizan una coordinación efectiva entre el FEDER, el Fondo Social Europeo, el Fondo de Cohesión, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, así como otros instrumentos de financiación nacionales y de la Unión, incluida la coordinación y posible combinación con el Mecanismo «Conectar Europa», el IEV, el Fondo Europeo de Desarrollo (FED) y el IPA, así como con el BEI, teniendo en cuenta las disposiciones del Marco Estratégico Común con arreglo al anexo I del Reglamento (UE) n.o 1303/2013. En caso de que los Estados miembros y los terceros países participen en programas de cooperación que incluyan la utilización de créditos del FEDER para regiones ultraperiféricas y recursos procedentes del FED, mecanismos de coordinación en el nivel adecuado para facilitar una coordinación efectiva en la utilización de tales recursos.

<6.1 type=‘S’ maxlength=‘14000’ input=‘M’ Decisions=N >

SECCIÓN 7.

REDUCCIÓN DE LA CARGA ADMINISTRATIVA PARA LOS BENEFICIARIOS

[Referencia: artículo 8, apartado 5, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013 (25)]

Resumen de la evaluación de la carga administrativa para los beneficiarios y, cuando sea necesario, acciones previstas, junto con un calendario indicativo para la reducción de dicha carga.

<7..0 type=‘S’ maxlength=‘7000’ input=‘M’ decision=N >

SECCIÓN 8.

PRINCIPIOS HORIZONTALES

[Referencia: artículo 8, apartado 7, del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

8.1.   Desarrollo sostenible (26)

Descripción de las medidas específicas para tener en cuenta los requisitos de protección del medio ambiente, la eficiencia de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, la capacidad de recuperación tras las catástrofes y la prevención y gestión de riesgos en la selección de las operaciones.

<7.1 type=‘S’ maxlength=‘5500’ input=‘M’ decision=N>

8.2.   Igualdad de oportunidades y no discriminación (27)

Descripción de las medidas específicas para promover la igualdad de oportunidades y prevenir la discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual en la preparación, el diseño y la ejecución del programa de cooperación y, en particular, en relación con el acceso a la financiación, teniendo en cuenta las necesidades de los diversos grupos destinatarios que corren el riesgo de tal discriminación y en especial el requisito de garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad.

<7.2 type=‘S’ maxlength=‘5500’ input=‘M’ decision=N>

8.3.   Igualdad entre hombres y mujeres

Descripción de la contribución del programa de cooperación a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y, cuando proceda, de las medidas para garantizar la integración de la perspectiva de género en el nivel del programa de cooperación y en el nivel operativo.

<7.3 type=‘S’ maxlength=‘5500’ input=‘M’ decision=N>

SECCIÓN 9.

ELEMENTOS INDEPENDIENTES

9.1.   Grandes proyectos que se van a ejecutar durante el período de programación

[Referencia: artículo 8, apartado 2, letra e), del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Cuadro 23.

Lista de grandes proyectos  (28)

Proyecto

Fecha prevista de notificación/presentación

(año, trimestre)

Fecha prevista para el inicio de la ejecución

(año, trimestre)

Fecha prevista de finalización

(año, trimestre)

Ejes prioritarios/prioridades de inversión

<9.1.1 type=‘S’ maxlength=‘500’ input=‘S’ decision=N>

<9.1.2 type=‘D’ input=‘M’ decision=’N’ >

<9.1.3 type=‘D’ input=‘M’ decision=’N’ >

<9.1.4 type=‘D’ input=‘M’ decision=’N’ >

<9.1.5 type=‘S’ input=‘S decision=’N’‘>

 

 

 

 

 

9.2.   Marco de rendimiento del programa de cooperación (29)

Cuadro 24.

Marco de rendimiento (cuadro recapitulativo)

Eje prioritario

Indicador o etapa clave de ejecución

Unidad de medida, cuando proceda

Hitos para 2018

Meta final (2023)

<9.2.1 type=‘S’‘ input=‘G’>

<9.2.3 type=‘S’ input=‘G’>

<9.2.4 type=‘S’ input=‘G’>

<9.2.5 type=‘S’ input=‘G’>

<9.2.6 type=‘S’ input=‘G’>

 

 

 

 

 

9.3.   Socios pertinentes que participan en la preparación del programa de cooperación

<9.3 type=‘S’ maxlength=‘15000’ input=‘M’ decision=N>

9.4.   Condiciones de ejecución del programa aplicables que rigen la gestión financiera, la programación, el seguimiento, la evaluación y el control de la participación de terceros países en programas transnacionales e interregionales mediante una contribución de recursos del IEV y el IAP

[Referencia: artículo 26 del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

<9.4 type=‘S’ maxlength=‘14000’ input=‘S’>

ANEXOS (cargados en el sistema de intercambio electrónico de datos como archivos independientes):

Proyecto de informe de la evaluación ex ante, junto con un resumen ejecutivo (obligatorio)

[Referencia: artículo 55, apartado 2, y artículo 92 ter, apartado 10, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013]

Confirmación por escrito de la conformidad con el contenido del programa de cooperación (obligatorio)

[Referencia: artículo 8, apartado 9, del Reglamento (UE) n.o 1299/2013]

Mapa de la zona cubierta por el programa de cooperación (cuando proceda)

Resumen para el ciudadano del programa de cooperación (cuando proceda)

»

(1)  Leyenda:

 

tipo: N = número, D = fecha, S = secuencia, C = casilla, P = porcentaje, B = booleano

 

decisión: N = no es parte de la Decisión de la Comisión por la que se aprueba el programa de cooperación

 

introducción de datos: M = manual, S = selección, G = generados por el sistema

 

Maxlength = número máximo de caracteres, espacios incluidos.

(2)  Los recursos de «REACT UE» hacen referencia a los recursos complementarios puestos a disposición para la programación en el marco del FEDER con objeto de proporcionar asistencia en el marco del objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT UE)» y asistencia técnica (artículos 92 bis y 92 ter del Reglamento (UE) n.o 1303/2013). En caso necesario, los cuadros en el presente anexo prevén la separación de los recursos complementarios de REACT UE.

(3)  Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).

(4)  Reglamento (UE) n.o 1299/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea (DO L 347 de 20.12.2013, p. 259).

(5)  La presentación de las cuotas correspondientes a los importes del IEV y el IAP depende de la opción de gestión elegida.

(6)  Título del objetivo temático (no aplicable a la asistencia técnica).

(7)  Título de la prioridad de inversión (no aplicable a la asistencia técnica).

(8)  Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

(9)  Instrumento Europeo de Vecindad.

(10)  Instrumento de Ayuda de Preadhesión.

(11)  Este campo no es aplicable en el caso de ejes prioritarios específicos del objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(12)  Los valores previstos pueden ser cualitativos o cuantitativos.

(13)  Esta sección no es aplicable en el caso de ejes prioritarios específicos del objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(14)  Este campo no es necesario en el caso de ejes prioritarios específicos del objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».

(15)  Necesario cuando la ayuda de la Unión a la asistencia técnica en el marco del programa de cooperación exceda de 15 millones EUR.

(16)  Necesario cuando esté justificado objetivamente por el contenido concreto de las acciones y cuando la ayuda de la Unión para asistencia técnica en el marco del programa de cooperación exceda de 15 millones EUR.

(17)  Los valores previstos pueden ser cualitativos o cuantitativos.

(18)  Banco Europeo de Inversiones.

(*1)  Marcando la casilla, los Estados miembros solicitan, de conformidad con el artículo 25 bis, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013, un porcentaje de cofinanciación del 100 % de los gastos declarados en las solicitudes de pago durante el ejercicio contable que empezó el 1 de julio de 2020 y terminará el 30 de junio de 2021 para [todos los ejes prioritarios] [algunos de los ejes prioritarios] del programa operativo.

(19)  Debe cumplimentarse únicamente cuando los ejes prioritarios se expresen en costes totales.

(20)  La excepción al artículo 120, apartado 3, párrafos primero y segundo, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 (prevista en el artículo 92 ter, apartado 11, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013) no es aplicable a los recursos adicionales de REACT UE asignados a la asistencia técnica. El porcentaje de cofinanciación de este eje prioritario de asistencia técnica debe ser igual al porcentaje de cofinanciación del eje prioritario de asistencia técnica que no pertenece a REACT UE.

(21)  Este porcentaje puede redondearse al número entero más próximo en el cuadro. El porcentaje exacto utilizado para el reembolso de los pagos es la ratio (f).

(22)  La presentación de los importes transferidos del IEV y el IAP depende de la opción de gestión elegida.

(23)  Este cuadro se genera automáticamente a partir de los cuadros sobre categorías de intervención en el marco de cada eje prioritario.

(24)  En caso de revisión del programa para establecer uno o más ejes prioritarios independientes para el objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», esta parte solo será necesaria si se concede la ayuda correspondiente.

(25)  No es necesario para Interact ni ESPON.

(26)  No es aplicable a Urbact, Interact ni ESPON.

(27)  No es aplicable a Urbact, Interact ni ESPON.

(28)  No es aplicable a Interact ni ESPON.

(29)  No es aplicable al objetivo temático «Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía».


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