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Document 22018D1180
Decision of the EEA Joint Committee No 242/2016 of 2 December 2016 amending Annex XI (Electronic communication, audiovisual services and information society) to the EEA Agreement [2018/1180]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 242/2016, de 2 de diciembre de 2016, por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE [2018/1180]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 242/2016, de 2 de diciembre de 2016, por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE [2018/1180]
OJ L 215, 23.8.2018, p. 41–41
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
23.8.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 215/41 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 242/2016
de 2 de diciembre de 2016
por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE [2018/1180]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución (UE) 2016/687 de la Comisión, de 28 de abril de 2016, relativa a la armonización de la banda de frecuencias de 694-790 MHz para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas de banda ancha y para un uso nacional flexible en la Unión (1). |
(2) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo XI del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 5czl [Decisión de Ejecución (UE) 2016/339 de la Comisión] del anexo XI del Acuerdo EEE, se inserta el siguiente punto:
«5czm. |
32016 D 0687: Decisión de Ejecución (UE) 2016/687 de la Comisión, de 28 de abril de 2016, relativa a la armonización de la banda de frecuencias de 694-790 MHz para los sistemas terrenales capaces de prestar servicios de comunicaciones electrónicas inalámbricas de banda ancha y para un uso nacional flexible en la Unión (DO L 118 de 4.5.2016, p. 4).». |
Artículo 2
El texto de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/687 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 3 de diciembre de 2016, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 2 de diciembre de 2016.
Por el Comité Mixto del EEE
La Presidenta
Bergdís ELLERTSDÓTTIR
(1) DO L 118 de 4.5.2016, p. 4.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.