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Document 32016D1218

Decisión (UE) 2016/1218 del Consejo, de 18 de julio de 2016, relativa a la celebración de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Libanesa, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea

OJ L 201, 27.7.2016, p. 1–1 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2016/1218/oj

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27.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 201/1


DECISIÓN (UE) 2016/1218 DEL CONSEJO

de 18 de julio de 2016

relativa a la celebración de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Libanesa, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 217, en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a), y apartado 8,

Vista el Acta de adhesión de 2005, y en particular su artículo 6, apartado 2,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo de Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Libanesa, por otra («el Protocolo»), se firmó en nombre de la Unión y de sus Estados miembros el 18 de junio de 2015.

(2)

Procede aprobar el Protocolo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado en nombre de la Unión y de sus Estados miembros el Protocolo del Acuerdo de Asociación Euromediterráneo por el que se establece una Asociación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República Libanesa, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión (1).

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 18 de julio de 2016.

Por el Consejo

La Presidenta

F. MOGHERINI


(1)  El Protocolo se ha publicado junto con la Decisión relativa a su firma.


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