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Document 32008D0077
2008/77/EC: Commission Decision of 25 January 2008 approving the plans for 2008 for the eradication of classical swine fever in feral pigs and the emergency vaccination of those pigs against that disease in Bulgaria (notified under document number C(2008) 270)
2008/77/CE: Decisión de la Comisión, de 25 de enero de 2008 , por la que se aprueban los planes, correspondientes a 2008, de erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes y de la vacunación de urgencia de los mismos contra dicha enfermedad en Bulgaria [notificada con el número C(2008) 270]
2008/77/CE: Decisión de la Comisión, de 25 de enero de 2008 , por la que se aprueban los planes, correspondientes a 2008, de erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes y de la vacunación de urgencia de los mismos contra dicha enfermedad en Bulgaria [notificada con el número C(2008) 270]
OJ L 23, 26.1.2008, p. 28–29
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
No longer in force, Date of end of validity: 31/12/2008
26.1.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 23/28 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 25 de enero de 2008
por la que se aprueban los planes, correspondientes a 2008, de erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes y de la vacunación de urgencia de los mismos contra dicha enfermedad en Bulgaria
[notificada con el número C(2008) 270]
(El texto en lengua búlgara es el único auténtico)
(2008/77/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 2001/89/CE del Consejo, de 23 de octubre de 2001, relativa a medidas comunitarias de lucha contra la peste porcina clásica (1), y, en particular, su artículo 16, apartado 1, párrafo segundo, y su artículo 20, apartado 2, párrafo cuarto,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Directiva 2001/89/CE introduce medidas comunitarias mínimas de lucha contra la peste porcina clásica. Figura la disposición de que, cuando se haya confirmado un caso primario de peste porcina clásica en jabalíes, los Estados miembros presentarán a la Comisión un plan de medidas de erradicación de dicha enfermedad. La Directiva también contiene disposiciones para la vacunación de urgencia de los jabalíes. |
(2) |
En Bulgaria existe peste porcina clásica en jabalíes. |
(3) |
Bulgaria ha creado un programa de vigilancia y control de la fiebre porcina clásica en la totalidad de su territorio. Dicho programa sigue en curso. |
(4) |
La Decisión 2006/800/CE de la Comisión, de 23 de noviembre de 2006, por la que se aprueban los planes de erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes y de la vacunación de urgencia de los mismos contra dicha enfermedad en Bulgaria (2), se adoptó como una de las medidas para combatir la peste porcina clásica. La Decisión 2006/800/CE es aplicable hasta el 31 de diciembre de 2007. |
(5) |
El 15 de octubre de 2007, Bulgaria sometió a aprobación un plan, correspondiente a 2008, de erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes y de vacunación de urgencia de los jabalíes en la totalidad de su territorio. |
(6) |
La Comisión ha examinado los planes presentados por Bulgaria y considera que se ajustan a las disposiciones de la Directiva 2001/89/CE. En consecuencia, deben ser aprobados. |
(7) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Plan de erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes
Se aprueba el plan presentado por Bulgaria el 15 de octubre de 2007 para la erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes en la zona establecida en el punto 1 del anexo.
Artículo 2
Plan para la vacunación de urgencia de los jabalíes contra la peste porcina clásica
Se aprueba el plan presentado por Bulgaria el 15 de octubre de 2007 para la vacunación de urgencia contra la peste porcina clásica de los jabalíes en la zona establecida en el punto 2 del anexo.
Artículo 3
Cumplimiento
Bulgaria tomará inmediatamente las medidas necesarias para cumplir con la presente Decisión y las hará públicas. Informará inmediatamente de ello a la Comisión.
Artículo 4
Aplicabilidad
La presente Decisión será aplicable del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008.
Artículo 5
Destinatario
La destinataria de la presente Decisión será la República de Bulgaria.
Hecho en Bruselas, el 25 de enero de 2008.
Por la Comisión
Markos KYPRIANOU
Miembro de la Comisión
(1) DO L 316 de 1.12.2001, p. 5. Directiva modificada en último lugar por la Decisión 2007/729/CE de la Comisión (DO L 294 de 13.11.2007, p. 26).
(2) DO L 325 de 24.11.2006, p. 35. Decisión modificada por la Decisión 2007/624/CE (DO L 253 de 28.9.2007, p. 43).
ANEXO
1. |
Zonas en las que se aplicará el plan de erradicación de la peste porcina clásica de los jabalíes:
Todo el territorio de Bulgaria. |
2. |
Zonas en las que se aplicará el plan de vacunación de urgencia contra la peste porcina clásica de los jabalíes:
Todo el territorio de Bulgaria. |